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Licitación Pública LPU 140/2025
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Renglones
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Renglón |
Descripción del renglón |
Entrega muestra |
Permite prórroga |
Cantidad |
Unidad medida |
Rubro |
Catálogo bienes y servicios |
Tipo |
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1 |
Concesión del Espacio Verde ubicado en Av. Concepción Arenales s/n Ciudad Universitaria por el periodo de cuarenta y ocho (48) meses, dependiente de la Dirección de Deportes de la Secretaria de Bienestar Universitario y Modernización.
El oferente deberá especificar en su propuesta:
a) Las características generales del servicio, con el mayor grado de detalle posible, y toda la información complementaria y pertinente.
b) El valor locativo mensual que ofrece abonar a la Dirección de Deportes de la Secretaria de Bienestar Universitario y Modernización-UNC; el cual deberá estar expresado en pesos y ajustado a la cotización de las UVAs ofertadas. Deberá considerarse que la UNC es sujeto exento de IVA.
c) Además, deberá presentar, junto con su propuesta económica, un proyecto técnico-económico de obras de mantenimiento, remodelación de baños y vestuarios, mejora y/o puesta en valor del predio, que formará parte integrante de la oferta. Especificaciones técnicas: Tolerancia: Plazo entrega: Áreas destinatarias: SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO Y
MODERNIZACIÓN. (48,00) Lugar de entrega: CIUDAD UNIVERSITARIA (5000) CORDOBA |
NO |
NO |
48,00 |
UNIDAD |
CONCESION |
SERVICIO DE CONCESION (3.2.9.07264) |
Servicio |
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Artículos del pliego
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Número |
Tipo de artículo |
Título |
Descripción |
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1 |
NORMATIVA APLICABLE |
NORMATIVA APLICABLE |
El procedimiento de selección de ofertas se regirá por las disposiciones legales vigentes, Decreto Nº 1023/2001 y sus modificatorios y complementarios, por el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UNC aprobado por OCHS-2025-4-E- UNC-REC y las normas que se dicten en consecuencia, Manual de Procedimientos del Régimen de Contrataciones de la UNC, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y sus modificaciones, el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Resolución SPGI 159/2012 o las que en el futuro las reemplacen.
Las mismas podrán ser consultadas en infoleg.gob.ar y en el sitio de Internet https://www.unc.edu.ar consultando las pestañas tituladas “Gestión” “Dirección General de Contrataciones” “Procedimientos Licitatorios” “Normativa” Normativa https://www.unc.edu.ar/gestion-direccion-general-de-contrataciones/normativa-licitaciones
En ningún caso podrá alegarse su desconocimiento. |
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2 |
REGISTRO DE USUARIOS |
REGISTRO DE USUARIOS |
Aquellos interesados en ofertar, deberán completar el formulario de Pre - Inscripción del Portal del Proveedor de la UNC (SIU Huarpe - Proveedores) , cuyo sitio de internet es https://proveedores.huarpe.unc.edu.ar/proveedor/servicios/proveedores/inscripci on por cuanto con la inscripción se realiza la asignación de usuarios para que puedan participar en los procedimientos de selección que se efectúan a través del Sistema SIU Diaguita Compras, Contrataciones y Patrimonio.
Para mayor información se sugiere consultar los instructivos disponibles en el sitio
https://www.unc.edu.ar/gestion/portal-de-proveedores
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3 |
CÓMPUTO DE PLAZOS – NOTIFICACIONES |
CÓMPUTO DE PLAZOS – NOTIFICACIONES |
En los procedimientos de selección de compras y contrataciones de la UNC, para la notificación de sus distintas instancias, se aplicarán las pautas establecidas en la normativa citada al Artículo 1 y las estipuladas en el presente pliego, no siendo de aplicación cualquier norma que en el ámbito universitario se oponga a las mismas, por tratarse éste de un procedimiento especial.
Todos los plazos establecidos en el presente pliego se computarán en días hábiles
administrativos, salvo que en el mismo se disponga expresamente lo contrario.
Las notificaciones que realice esta entidad contratante por correo electrónico serán realizadas desde la/s dirección/es uoc.deportes@estudiantiles.unc.edu.ar al domicilio electrónico especial declarado por los postulantes.
Dicha notificación se considerará realizada el mismo día en que conste realizado su envío.
Cuando se trate de un acto de alcance general, entendiendo por tal aquel que va dirigido a sujetos indeterminados, su notificación se entenderá realizada el día de su difusión en el sitio de internet del Sistema SIU Diaguita Compras, Contrataciones y Patrimonio.
Se recomienda a los interesados revisar periódicamente el Portal de Proveedores de la UNC y Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA) para informarse de las novedades vinculadas a las etapas, desarrollo del proceso de contratación electrónica y demás información relevante.
El domicilio electrónico especial declarado al realizar la preinscripción será válido para la notificación de dichas etapas.
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4 |
VISTA Y DESCARGA DE PLIEGOS |
VISTA Y DESCARGA DE PLIEGOS |
Cualquier persona podrá tomar vista y descargar el pliego en el Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), a través del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES. https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8.543 05 056&ai=diaguita||110000003. Los documentos de licitación podrán descargarse del aludido sitio de Internet y se encontrarán disponibles hasta la fecha de apertura de la misma. La Dirección de Deportes de la Secretaría de Bienestar Universitario y Modernización no entregará documentación en soporte físico.
Asimismo podrá tomar vista y descargar el pliego a través del Portal del Proveedor de la UNC (SIU Huarpe - Proveedores) https://proveedores.huarpe.unc.edu.ar/proveedor/servicios/proveedores/inscripci on ingresando con el usuario y contraseña generado al registrarse como usuario, al Proceso de compra que corresponda, a partir de la difusión de la Convocatoria y hasta la fecha y hora del Acto de Apertura de las ofertas establecido para el presente procedimiento.
No será requisito para presentar ofertas, ni para la admisibilidad de las mismas, ni para contratar, haber descargado el pliego. No obstante quienes no lo hubiesen descargado, no podrán alegar el desconocimiento de sus cláusulas ni las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
Los interesados deberán revisar periódicamente el mencionado portal para informarse de las novedades vinculadas a las etapas, desarrollo del proceso de contratación y demás información relevante.
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CONSULTAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES |
CONSULTAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES |
Las consultas al pliego de bases y condiciones particulares deberán efectuarse por escrito a la dirección de correo electrónico: uoc.deportes@estudiantiles.unc.edu.ar
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término.
Los Oferentes deberán realizar consultas previas a la presentación de las ofertas a fin de aclarar todos los detalles técnicos que pudieren no estar incluidos en el presente pliego.
El plazo para la solicitud de aclaraciones o consultas caducará tres (3) días antes de la fecha fijada para la apertura. |
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CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS |
CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS |
La Secretaria de Bienestar Universitario y Modernización podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al pliego de bases y condiciones, de oficio o como respuesta a consultas.
Las circulares aclaratorias podrán ser emitidas por el titular de la Unidad Operativa de Contrataciones Deportes y deberán ser comunicadas y difundidas con dos (2) días de antelación a la fecha fijada para la presentación de ofertas.
Las circulares modificatorias deberán ser emitidas, difundidas, publicadas y comunicadas por UN (1) día en los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el llamado original, con UN (1) día de anticipación a la fecha fijada para la presentación de ofertas.
Importante:
Las Circulares Aclaratorias y Modificatorias serán difundidas y SOLO comunicadas a través del Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES y se entenderá publicado el mismo día en que tenga lugar su difusión.
https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8.54305 056&ai=diaguita||110000003
Los oferentes no podrán alegar desconocimiento de las circulares emitidas, razón por la cual corresponderá a los interesados ingresar al mencionado Portal, al procedimiento de selección de que se trate, a los fines de tomar conocimiento de las posibles circulares que se hubieran emitido.
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PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
1.- Las propuestas serán presentadas en la forma, día y hora que determine el presente pliego y aquellas que se presenten fuera del término previsto, serán rechazadas sin más trámite.
La propuesta económica se deberá presentar obligatoriamente a través del Portal de Proveedores de la UNC, acompañando la documentación que la integre en soporte electrónico. (Ver instructivo en https://www.unc.edu.ar/gestion/portal-de-proveedores)
En ningún caso el oferente podrá alegar el mal funcionamiento o errores del sitio de Internet del portal para eximirse o aducir excepciones respecto del ingreso oportuno de cualquier dato, información o documentación requerida, estando aquél obligado a guardar la debida diligencia y antelación para ingresar y confirmar su oferta en el mencionado portal en los plazos perentorios establecidos en el presente Pliego.
Se recomienda a todos los interesados ingresar sus ofertas con antelación suficiente a la fecha y hora fijadas para el Acto de Apertura de las ofertas.
Considerando lo establecido en OHCS-2025-4-E-UNC-REC en su artículo 8, la documentación que integre la oferta deberá presentarse a la dirección de correo electrónico: sae@compras.unc.edu.ar, antes del vencimiento del plazo del cierre de ofertas. Previamente, el oferente deberá generar la documentación solicitada en Artículo N° 9 preferentemente como un ÚNICO archivo pdf y sellarlo mediante la herramienta Sello de Tiempo 2.0 de BFA (Blockchain Federal Argentina) en https://bfa.escribanodigital.ar//tsaFrom#/. Este servicio generará el enlace de verificación que contiene el hash (código encriptado asociado a la oferta) el cual deberá ser enviado por correo electrónico a la dirección sae@compras.unc.edu.ar antes del cumplimiento del plazo establecido para presentar la propuesta.
El archivo con la documentación respaldatoria que integre la oferta no deberá sufrir ninguna modificación de contenido o nombre entre el momento en que se le estampó el sello de tiempo y el momento en que efectivamente se envía por correo electrónico. (Ver instructivo adjunto - Anexo VI).
Se entenderá por OFERTA tanto a la propuesta económica como así también a la documentación respaldatoria.
IMPORTANTE:
RECEPCIÓN DE OFERTAS HASTA EL 29/01/2026 A LAS 11:00 HS. MOMENTO HASTA EL CUAL DEBERÁ CARGAR LA PROPUESTA ECONÓMICA A TRAVÉS DEL PORTAL DE PROVEEDORES UNC Y ENVIAR EL RESUMEN (HASH) DE LA OFERTA Y ARCHIVO CON LA OFERTA Y DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA A LA DIRECCIÓN DE CORREO: sae@compras.unc.edu.ar
APERTURA DE OFERTA: 29/01/2026 A LAS 13:00 HS
IMPORTANTE: No se considerará válida la oferta que no haya sido presentada a través del Portal y no acompañe la documentación registrada con el sello de tiempo de la BFA.
2.- La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rijan el procedimiento al que se presente, por lo cual no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la oferta.
3.- La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna en esencia de las propuestas después de esa circunstancia.
Si en forma previa al vencimiento del plazo para presentar ofertas, un oferente quisiera corregir, completar o reemplazar una oferta ya presentada en un mismo procedimiento de selección, se considerará como válida la última propuesta presentada en término.
Si no se pudiera determinar cuál es la última oferta presentada en término, deberán desestimarse todas las ofertas presentadas por ese oferente.
4.- Cada oferente podrá participar en una sola oferta, ya sea por sí solo o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica. Se desestimarán aquellas ofertas en las que se pueda presumir de acuerdo a elementos objetivos que se transgrede la prohibición. Artículo 12 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales
5. Al momento de realizar su oferta, los proponentes no deberán mantener deuda alguna con la UNC, en concepto de cánones, servicios, gastos comunes, y toda otra obligación dineraria que estuviese a cargo de los mismos.
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MANTENIMIENTO DE LA OFERTA |
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS |
Los oferentes deberán mantener sus ofertas por el término de sesenta (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura.
El plazo antes aludido se prorrogará en forma automática por un lapso igual al inicial, salvo que el oferente manifieste en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento de la misma al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos y en estos casos se tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera de plazo fijado para realizar tal manifestación, o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, será pasible de las penalidades y/o sanciones contempladas en la normativa vigente, que resulten de aplicación. Para el caso que un oferente resuelva retirar o no renovar su oferta se incorpora formulario Anexo IV.
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REQUISITOS DE LAS OFERTAS |
REQUISITOS DE LAS OFERTAS |
La oferta deberá ajustarse a lo dispuesto en el Art. 14 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Conjuntamente con la oferta económica y formando parte de la misma, los oferentes deberán presentar la siguiente información y/o documentación:
1.- La oferta deberá ser redactada en idioma nacional.
2.- Deberá contener detalle con los siguientes datos: RAZÓN SOCIAL, N° de CUIT, dirección, código postal, teléfono y CORREO ELECTRÓNICO donde se cursarán las comunicaciones. Identificación del N° y Tipo de procedimiento, Objeto, Fecha y Hora de apertura, N° de Expediente.
3.- La oferta deberá estar firmada digitalmente en todas sus hojas, por apoderado o representante legal, acompañando documento que acredite la personería y facultades de dicho representante para suscribir los documentos que integran la propuesta.
- Personas Físicas: copia fiel del documento de identidad.
- Personas Jurídicas: copia fiel del documento de identidad del firmante y del acta constitutiva / estatuto /actas de asamblea / poder, según corresponda.
4.- Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas, si las hubiere, deberán estar salvadas por el firmante de la oferta.
5.- Deberán consignar domicilio electrónico y físico especial en la respectiva oferta. El mismo podrá constituirse en cualquier parte del territorio nacional o extranjero, en este último caso, siempre que no cuente con domicilio o representación legal en el país, situación que deberá acreditarse mediante declaración jurada. De no consignarse un domicilio especial en la respectiva oferta se tendrá por domicilio especial el declarado como tal en el Portal de Proveedores de la UNC.
6.- En caso de litigio, tanto la UNC como el oferente involucrado se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de Córdoba, República Argentina.
7.- En la cotización se deberá consignar:
a) Precio unitario (con un máximo de 2 dígitos decimales) y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en las cláusulas particulares (UVAs), el precio total del renglón en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la oferta expresado en letras y números, determinando la moneda de cotización fijada en pliego. Precio con IVA Incluido (Consumidor final). La Universidad Nacional de Córdoba reviste el carácter de IVA EXENTO – CUIT 30-54667062-3.
Se entiende por precio unitario el valor correspondiente al canon mensual o valor locativo mensual; por precio total del renglón o valor locativo total, el resultado de multiplicar el precio unitario por la cantidad de meses; y por total general de la oferta, la suma de los precios totales de todos los renglones.
b) El canon estipulado en el presente Pliego se entiende como “canon base”.
c) La propuesta deberá especificar además los precios de los servicios a brindar y una lista mínima de artículos a expender.
d) Deberá indicar claramente, en los casos en que se efectúen ofertas alternativas, cuál es la oferta base y cuál la alternativa. En todos los casos deberá existir una oferta base.
8.- Deberán estar acompañadas por:
a) Los interesados en participar de la presente, deberán realizar la INSCRIPCIÓN al Portal del Proveedor (SIU-Huarpe –Proveedores) accediendo al sitio de Internet: https://proveedores.huarpe.unc.edu.ar/proveedor/servicios/proveedore s/inscripcion donde completarán la información requerida en los formularios de pre-inscripción, según el tipo de personería.
INSCRIPCIÓN: La pre-inscripción quedará en estado presentada y la Dirección General de Contrataciones de la UNC procederá a validar los datos. Si los datos se corresponden, incorporará al proveedor al Portal. Caso contrario, podrá requerir enmiendas, subsanaciones o modificaciones durante el proceso de evaluación según lo considere. VER PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN EN: https://www.unc.edu.ar/gestion/portal-de-proveedores
b) Al momento de presentar su oferta, y a los fines de verificar la habilidad para contratar con el Estado, los oferentes deberán consultar la existencia o no de incumplimientos ante ARCA, según lo establecido en el Artículo 3° de la Resolución General AFIP 4164-E/2017 o la que en el futuro la reemplace. Para ello deberán ingresar al Sistema Cuentas Tributarias y seleccionar en el menú la opción “Detalle de Deuda Consolidada” y, dentro de esta opción, el trámite “Consulta de deuda proveedores del estado”. Deberán verificar:
- Inexistencia de deudas líquidas y exigibles por obligaciones impositivas y/o de los recursos de la seguridad social, por un importe total igual o superior a $1.500.-.
- Cumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas determinativas impositivas y/o de los recursos de la seguridad social.
En todos los casos, el plazo del control corresponderá a los períodos vencidos durante el año calendario correspondiente a la fecha de la consulta, así como los vencidos en los 5 años calendarios anteriores.
c) Consignar la situación ante el IVA y el impuesto a las Ganancias acompañando constancia otorgada por ARCA y constancia de inscripción al impuesto a los ingresos brutos.
d) En el caso de Uniones Transitorias (UT), se deberá presentar además, la documentación solicitada en el Art. 14 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
e) Declaración Jurada de Intereses; con carácter obligatorio, en los términos y con los alcances indicados en Decreto Nº 202/17 o las que en el futuro las reemplacen (Anexo V). A los fines de la DDJJ de Intereses se indica:
-Nombre y cargo del funcionario con competencia para autorizar la convocatoria y elección del procedimiento, dejar sin efecto o declarar desierto: Mgtr. Jhon Boretto
-Nombre y cargo del funcionario para aprobar el procedimiento y adjudicar y declarar fracasado: Mgtr. Jhon Boretto
f) Declaraciones Juradas de: cumplimiento de legislación laboral vigente (Anexo I), Habilidad para Contratar (Anexo II), Elegibilidad (Anexo III) y mantenimiento de oferta (Anexo IV).
g) Estatuto o contrato social si correspondiera.
h) Declaración Jurada de No poseer vínculos en el primer grado de consanguinidad ni afinidad hasta el primer grado inclusive (padres, hijos, suegros, yerno/nuera) de personas físicas o representantes de personas jurídicas que sean concesionarios actuales de bienes, locales o servicios en la Universidad Nacional de Córdoba. (Anexo VII)
i) Propuesta de Obras de Remodelación, Mejora o Puesta en Valor: El oferente deberá presentar, junto con su propuesta económica y demás documentación exigida, un proyecto técnico-económico de obras de mantenimiento, remodelación de baños y vestuarios, mejora y/o puesta en valor del predio, que formará parte integrante de la oferta y será evaluado como condición esencial para la admisibilidad de la misma. Las condiciones que deberá tenerse en cuenta se encuentran detalladas en el artículo 26. La falta de presentación de este proyecto o su presentación incompleta será causal de inadmisibilidad de la oferta. Será facultad de la UNC adjudicar o no este item, en caso de considerar que las propuestas no resultan ventajosas para el interés universitario.
Los oferentes deberán tener en cuenta que el organismo podrá solicitar, durante el período de análisis de las ofertas, aclaraciones sobre algún detalle de la prestación, incluyendo la presentación de documentación complementaria, muestras, sin que ello represente costo adicional o causal de reclamo alguno.
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GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA |
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA |
Los oferentes deberán enviar conjuntamente con la oferta, y cumpliendo con las formalidades establecidas en el BFA (Blockchain Federal Argentina), garantía de mantenimiento de oferta, en la misma moneda en que se hubiere cotizado, equivalente al 5% del monto total de la oferta. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo inicial y sus eventuales renovaciones; y sólo bajo alguna de las siguientes formas:
a) Mediante depósito bancario en la cuenta: BANCO NACIÓN
Titular: UNC-Dirección de Deportes
Sucursal: Sucursal Córdoba N° 1570
N° de cuenta: CC $ 15702131906311
CBU: 0110213220021319063117
b) Con seguro de caución, mediante pólizas de caución digitales aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA, CUIT 30-54667062-3, y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación.
c) Sólo se aceptará con pagarés a la vista suscriptos por quienes tengan uso de la firma social o actúen con poderes suficientes, cuando el monto de la garantía no supere la suma de Pesos novecientos mil ($ 900.000,00)
La garantía que se instrumente mediante un pagaré deberá ceñirse a las siguientes pautas: I) El documento deberá ser librado por quien tenga uso de la firma social o actuare con poderes suficientes; II) Deberán aclararse las firmas con nombre y apellido, mediante sello o letra imprenta mayúscula legible y número de Documento Nacional de Identidad (DNI). III) En ningún caso se admitirán leyendas escritas con lápiz. IV) Los pagarés que se presenten como garantía de mantenimiento de oferta deberán tener como fecha de emisión el día de la apertura o anterior; IV) No deberá consignarse fecha de vencimiento, debiendo ser librado “a la vista”. Esta forma de garantía no es combinable con las restantes formas de garantía.
Cuando la garantía no fuera electrónica, el original o el certificado pertinente de la garantía individualizada en la oferta, deberá ser presentado en la Dirección de Deportes de la Secretaría de Bienestar Universitario y Modernización, sita en calle Bv. Enrique Barros S/N (frente a Facultad de Cs. Económicas), Ciudad Universitaria, con autenticación de la firma por funcionario competente al efecto, entre el plazo que va desde la fecha y hora de apertura y hasta un plazo de DOS (2) días contados a partir del día hábil siguiente al del acto de apertura, debiendo indicarse en forma visible los datos del procedimiento de selección al que corresponda y la fecha y hora de apertura de las ofertas. Caso contrario la oferta será desestimada.
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Otro |
CANON MENSUAL BASE Y VALOR DEL PLIEGO |
Para la determinación del canon mensual base, se ha tomado en consideración el informe emitido por la Dirección de Catastro de la Secretaría de Planeamiento Físico de la Universidad Nacional de Córdoba.
En consecuencia, se establece como canon mensual base el valor determinado en dicho informe de tasación, que asciende a $30.296.000,00 (pesos treinta millones doscientos noventa y seis mil con 00/100) mensuales. Este monto es equivalente a 17.940 Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) , según la cotización vigente al día de emisión de la tasación (17 de diciembre de 2025 - UVA: $1.688,86 - https://www.bcra.gob.ar/PublicacionesEstadisticas/Principales_variables_datos.asp
Por lo tanto, el valor locativo total solicitado como base asciende a $1.454.208.000,00 (pesos Mil Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro Millones Doscientos Ocho Mil con 00/100).
El costo del pliego se establece en $0,00 (pesos cero).
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Otro |
CANON MENSUAL Y VALOR LOCATIVO OFRECIDO |
Cotización Principal (Con Obras de Remodelación, Mejora o Puesta en Valor)
El oferente deberá presentar su oferta económica expresada en términos mensuales y por la totalidad del plazo de contratación de CUARENTA Y OCHO (48) meses. La oferta deberá formularse en Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs) y su equivalente en moneda nacional, utilizando el valor de la UVA fijado por el Banco Central de la República Argentina, disponible en: https://www.bcra.gob.ar/PublicacionesEstadisticas/Principales_variables_datos.asp.
Para establecer el monto en PESOS, el oferente deberá multiplicar la cantidad de UVAs ofertadas por el precio fijado para la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, o entidad que en el futuro la reemplace, correspondiente al día de la firma de la resolución que apruebe el llamado a la presente licitación, que corresponde al día 26/12/2025, cuya cotización equivale a la suma de PESOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 65/100 ($1.699,65).
La cotización deberá contener:
a) Valor locativo mensual (canon) y valor locativo total del renglón, con un máximo de dos (2) decimales, conforme a la unidad de medida establecida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (UVAs).
b) Ambos valores deberán expresarse en letras y números, de acuerdo con la moneda de cotización fijada en dicho pliego.
En caso de que el valor locativo total cotizado para el renglón no coincida con el producto del valor locativo mensual por el plazo de contratación, prevalecerá este último como valor cotizado. Asimismo, si existiera discrepancia entre el monto total de la oferta expresado en números y el expresado en letras, se considerará válido el monto indicado en letras.
La oferta principal deberá incluir, como condición esencial para su admisibilidad, un proyecto técnico-económico de obras de mantenimiento, remodelación de baños y vestuarios, mejora y/o puesta en valor del predio, conforme lo exige el artículo 26 del Pliego. La falta de presentación de este proyecto o su presentación incompleta será causal de inadmisibilidad de la oferta.
Cotización Alternativa (Sin Considerar Obras de Remodelación, Mejora o Puesta en Valor)
Adicionalmente, atento lo dispuesto en el artículo 9, punto 8, inciso i) —Propuesta de Obras de Remodelación, Mejora o Puesta en Valor—, los oferentes deberán cotizar, como oferta alternativa, un canon mensual que no contemple la ejecución de las obras propuestas en dicho apartado.
A tal efecto, junto con la propuesta económica principal, cada oferente deberá presentar una cotización alternativa correspondiente exclusivamente al canon mensual por el uso del bien objeto de concesión, excluyendo en su cálculo cualquier incidencia derivada de la realización de las obras mencionadas.
La presentación de esta oferta alternativa será condición esencial para la admisibilidad de la propuesta. La omisión en su presentación o la presentación incompleta será causal de inadmisibilidad de la oferta, conforme a los principios establecidos en el Régimen de Contrataciones de Bienes y Servicios de la Universidad Nacional de Córdoba y a lo dispuesto en el artículo 69 del Reglamento respecto a los requisitos esenciales.
Facultad Discrecional y Evaluación
La Universidad Nacional de Córdoba se reserva la facultad de adjudicar o no el ítem relativo a las obras propuestas, en caso de considerar que las mismas no resultan ventajosas para el interés universitario. En tal supuesto, podrá optar por adjudicar únicamente sobre la base del canon mensual alternativo presentado, sin que ello genere derecho a reclamo alguno por parte del oferente respecto a la no adjudicación del proyecto de obras.
Ambas cotizaciones —la principal (con obras) y la alternativa (sin obras)— serán evaluadas conforme los criterios establecidos en el Pliego y en el artículo 26, garantizando así la razonabilidad, eficiencia y conveniencia para el interés universitario comprometido.
Solo serán consideradas admisibles aquellas ofertas que cumplan íntegramente con los requisitos establecidos en el presente artículo para ambas modalidades. |
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APERTURA DE LAS OFERTAS |
APERTURA DE LAS OFERTAS Y VISTA DE LAS OFERTAS |
La apertura de ofertas se efectuará por acto público a través del Sistema SIU Diaguita Compras, Contrataciones y Patrimonio en la hora y fecha establecida en el llamado.
Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora.
Importante: En forma electrónica se generará el acta de apertura de ofertas correspondiente que será difundida en el Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), a través del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES. https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8.54305 056&ai=diaguita||110000003
VISTA DE LAS OFERTAS
Por el término de DOS (2) días, contados a partir del día siguiente al de la apertura, los oferentes que así lo requieran podrán tomar vista de los originales de las ofertas. A sus efectos deberán solicitar vista de las ofertas a la dirección de correo electrónico uoc.deportes@estudiantiles.unc.edu.ar dentro del plazo establecido anteriormente. |
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
El análisis y estudio comparativo de las propuestas estará a cargo de una Comisión Evaluadora designada a tal efecto. La etapa de evaluación será confidencial, por lo cual no se concederá en esta etapa vista de las ofertas.
Criterios de Ponderación de las ofertas
Las ofertas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora designada al efecto, conforme los siguientes criterios y ponderaciones, que serán aplicados de manera objetiva y transparente:
Ítem Ponderación (%)
Propuesta económica (canon) 55%
Propuesta técnica de explotación 15%
Proyecto de obras (calidad/impacto) 30%
a) Propuesta económica:
Se evaluará el canon mensual ofertado, expresado en UVAs, conforme a lo establecido en el pliego. Se asignará mayor puntaje a la oferta que represente mayor beneficio económico para la UNC.
b) Propuesta técnica de explotación:
Se valorará la calidad, viabilidad y adecuación de la propuesta de explotación comercial del predio, incluyendo servicios ofrecidos, atención al usuario, plan de mantenimiento, gestión ambiental y otros aspectos relevantes.
c) Proyecto de obras:
Se evaluará la memoria descriptiva, el alcance, la calidad técnica, el impacto funcional y social, la sustentabilidad y la integración de las obras propuestas con el uso universitario del predio.
La adjudicación recaerá sobre la propuesta global más conveniente para los intereses universitarios, considerando tanto los aspectos comerciales como la calidad, pertinencia e impacto de las obras propuestas.
La UNC se reserva el derecho de dejar sin efecto este procedimiento de selección de ofertas, en forma total o parcial, en cualquier momento previo al perfeccionamiento del contrato o emisión de órdenes de compras, sin lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
La UNC se reserva el derecho de considerar incumplimientos en contratos anteriores al momento de la evaluación de las ofertas, para lo cual consultará al REP UNC (Registro de Evaluación Proveedores de la UNC), siendo válida la consulta particular realizada por la UOC a otras Dependencias relativa al rendimiento e idoneidad, demostrada por las empresas en contrataciones previas.
La Comisión deberá emitir Dictamen, el que deberá contener como mínimo:
a. Verificación del cumplimiento de los requisitos que deben cumplir las ofertas y los oferentes.
b. Consulta a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero del cumplimiento del requisito de habilidad para contratar, debiendo considerarse las estipulaciones que al respecto prevé la Resolución General AFIP 4164-E/2017 o la que en el futuro la reemplace.
c. Consulta al Portal de Proveedores de la UNC / Registro de Evaluación de Proveedores de la UNC.
d. Consulta al Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
e. Evaluación de todas las ofertas presentadas.
Si existieren ofertas inadmisibles explicará los motivos, si hubiera ofertas inconvenientes explicará los fundamentos para excluirlas del orden de mérito. Respecto de las ofertas admisibles y convenientes, determinará el orden de mérito, todo ello según lo establecido en artículo 72 del Anexo II de la Ordenanza HCS 04/2025.
Se entenderá por oferta inadmisible aquella que no cumpla con los requisitos que deben cumplir las ofertas y los oferentes.
Se entenderá que una oferta es inconveniente cuando por razones de precio, financiación u otras cuestiones no satisfaga adecuadamente los intereses de la Secretaría de Bienestar Universitario y Modernización.
f. Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento. |
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CAUSALES DE DESESTIMACIÓN |
CAUSALES DE DESESTIMACIÓN |
Serán causales de desestimación las establecidas en el artículo 69 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UNC.
Podrán subsanarse las ofertas que presenten alguno de los supuestos del artículo 70 del
Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UNC.
PAUTAS PARA LA INELEGIBILIDAD: Serán desestimadas las ofertas cuando se configure alguno de los supuestos establecidos en el Art. 71 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UNC.
Asimismo serán desestimadas las ofertas cuando:
a) Se trate de ofertas presentadas por cónyuges, convivientes o parientes hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad de concesionarios actuales, ya sea por naturaleza, por técnicas de reproducción humana asistida o adopción. También se configurará cuando pueda presumirse fundadamente que el oferente actúa como continuador o mandatario de actuales concesionarios de otros bienes muebles o inmuebles en el ámbito de la UNC.
b) Existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que un grupo de personas acuerdan no competir entre ellas con el objetivo de repartirse el mercado. Se entenderá configurada esta causal, entre otros supuestos, cuando se trate de ofertas presentadas por cónyuges, convivientes o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, ya sea por naturaleza, por técnicas de reproducción humana asistida o adopción. |
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ERRORES DE COTIZACIÓN |
ERRORES DE COTIZACIÓN |
Si el total cotizado para cada renglón no coincida con el producto del valor locativo mensual por el plazo de contratación, prevalecerá este último como valor cotizado.
Si el monto total de la oferta expresado en números no se correspondiera al monto expresado en letras, se tomará este último como precio cotizado.
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PRECIO VIL O PRECIO NO SERIO |
PRECIO VIL O PRECIO NO SERIO |
La Comisión Evaluadora, o la Unidad Operativa de Contrataciones en los procedimientos donde no sea obligatorio la emisión del dictamen de evaluación, podrá solicitar informes técnicos cuando presuma fundadamente que la propuesta no podrá ser cumplida en la forma debida por tratarse de precios excesivamente bajos de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios de mercado y de la evaluación de la capacidad del oferente o bien cuando exista sospecha fundada de competencia desleal.
Cuando de los informes técnicos surja que la oferta no podrá ser cumplida o se verifique que la cotización es inferior al costo de producción, corresponderá la desestimación de la oferta en los renglones pertinentes, a menos que el oferente de que se trate brinde una razón justificada que, a su vez, sea consistente con los principios generales contemplados en el artículo 3° del Decreto Delegado N° 1023/01 y sus modificatorios.
A tales fines se podrá solicitar a los oferentes precisiones sobre la composición de su oferta que no impliquen la alteración de la misma. |
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DESEMPATE DE OFERTAS |
DESEMPATE DE OFERTAS |
Se regirá por lo establecido en el Artículo 30 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Los Centros de Estudiantes de la UNC serán preferidos en igualdad de condiciones respecto de otros oferentes. En aquellos supuestos donde éstos ofertaren un menor canon, serán invitados a mejorar su oferta, siempre que cumplan con las demás condiciones requeridas. |
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MEJORA DE PRECIO |
MEJORA DE PRECIO |
La mejora de precios sólo podrá tener lugar en los siguientes supuestos: 1) En pos de procurar el desempate de ofertas, en caso de igualdad de precios, de conformidad con lo establecido en el artículo precedente. 2) A los fines de mejorar la única oferta admisible o, en caso de existir más de una, el pedido de mejora sólo podrá recaer sobre la oferta admisible primera en el orden de mérito, cuando el oferente sea a su vez hábil, elegible y la Secretaria de Bienestar Universitario y Modernización lo estime oportuno y conveniente; 3) En los supuestos expresamente contemplados en el Manual de Procedimientos del Régimen de Contrataciones de la UNC.
Si el oferente intimado no accediera a mejorar el precio de su oferta, el organismo podrá rechazar la oferta por inconveniente. El oferente que se negare a mejorar el precio de su oferta no será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción.
La mejora de precios deberá ser remitida al correo electrónico institucional: sae@compras.unc.edu.ar, cumpliendo con las formalidades establecidas en el BFA (Blockchain Federal Argentina). |
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COMUNICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN |
COMUNICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN |
El Dictamen será comunicado por correo electrónico, dentro de los dos días de emitido. Asimismo será difundido en el Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), a través del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES o en el sitio de internet: https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8.5430505 6&ai=diaguita||110000003
IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN
El dictamen podrá ser impugnado dentro de los tres (3) días de su comunicación, previa integración de la garantía de impugnación, equivalente al 3% del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato, en la cuenta CC $ 1570213190631, Banco de la Nación Argentina, Titular: UNC-Dirección de Deportes, Sucursal Córdoba N° 1570, CBU: 0110213220021319063117. |
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ADJUDICACIÓN |
ADJUDICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO |
La adjudicación será notificada al adjudicatario o adjudicatarios y al resto de los oferentes dentro de los tres (3) días de dictado el acto respectivo. Si se hubieran formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas, estas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. Podrá adjudicarse aun cuando se haya presentado una sola oferta.
La Concesión se perfeccionará mediante la firma de un contrato (Modelo de Contrato ANEXO VIII), el mismo se tendrá por perfeccionado en oportunidad de firmarse el instrumento respectivo y se deberá notificar al adjudicatario, dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación, que el contrato se encuentra a disposición para su suscripción por el término de TRES (3) días. Si vencido ese plazo el proveedor no concurriere a suscribir el documento respectivo, la Secretaria de Bienestar Universitario y Modernización lo notificará por los medios habilitados al efecto y en este caso la notificación producirá el perfeccionamiento del contrato.
El acto administrativo de finalización del procedimiento será difundido por la Unidad Operativa de Contrataciones en el Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), a través del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES. https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8.5430505 6&ai=diaguita||110000003 y en el Digesto Electrónico de la Universidad Nacional de Córdoba, https://digesto.unc.edu.ar/handle/123456789/413184.
Constituirá plena prueba de la notificación realizada y de su fecha el documento que en cada caso la registre.
En esta oportunidad se labrará un Acta de Entrega que consignará descripción del estado del predio, elementos existentes y toda consideración que corresponda para la debida claridad del patrimonio que se afecta; incluyéndose un plano que establezca con precisión de delimitación de la zona asignada para la prestación de los servicios; y de las zonas adyacentes en que deberá ejecutarse la limpieza.
Al término de la concesión, o a la rescisión del contrato, el concesionario devolverá a la Universidad Nacional de Córdoba el local y/o zonas en correcto estado de mantenimiento con los elementos existentes consignados en el Acta de Entrega más la incorporación de las mejoras que hubiere ofrecido en su propuesta.
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GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN |
GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN |
El cocontratante deberá integrar la garantía de cumplimiento de contrato equivalente al 10% del monto de contrato, dentro de los cinco (5) días de recibida la Orden de Compra, en alguna de las formas establecidas en el Art. 10 del presente pliego.
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Otro |
PLAZO DE VIGENCIA |
La vigencia del contrato que se perfeccione, será de CUATRO (4) años; es decir CUARENTA Y OCHO (48) meses, a partir de la fecha de adjudicación de la presente Contratación. |
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FORMA DE PAGO |
FORMA DE PAGO - DOMICILIO DE PAGO |
El pago en concepto de canon y reintegros correspondiente a los servicios de energía eléctrica, gas y demás servicios relacionados, se realizarán por transferencia bancaria a la cuenta CC $ 1570213190631, Banco de la Nación Argentina, Titular: UNC-Dirección de Deportes, Sucursal Córdoba N° 1570, CBU: 0110213220021319063117; del 1 al 5 de cada mes, a mes adelantado. El comprobante deberá ser remitido por correo electrónico a los fines de la emisión de la factura correspondiente.
A estos fines se establece como domicilio electrónico el correo uoc.deportes@estudiantiles.unc.edu.ar y como domicilio especial, el de la Dirección de Deportes – Secretaria de Bienestar Universitario y Modernización – UNC:calle Av. Enrique Barros s/n Ciudad Universitaria – CP 5000 – CÓRDOBA – Que funcionará en días hábiles administrativos de 9:00 a 13:00 hs.
El monto a pagar en pesos por cada cuota será determinado conforme el precio fijado para la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) por el Banco Central de la República Argentina o la entidad que en el futuro la reemplace, para el último día hábil del mes previo a cada vencimiento. |
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Otro |
DESTINO DE LA EXPLOTACIÓN - HORARIO DE ATENCIÓN Y CONDICIONES DE USO RESERVADO |
El predio cuenta con una superficie total de 4 hectáreas y 8.906 metros cuadrados, los cuales deberán destinarse a la explotación de canchas de césped sintético, así como a la instalación y funcionamiento de un kiosco y un bar interno.
El horario de explotación comercial del predio se establece entre las 08:00 y las 24:00 horas .
LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR POR EL CONCESIONARIO DEBERÁN CIRCUNSCRIBIRSE A LAS ESPECÍFICAMENTE ENUMERADAS, COMPROMETIÉNDOSE A RESPETAR LOS DÍAS Y HORARIOS DE USO RESERVADO DE LAS INSTALACIONES PARA LA DIRECCIÓN DE DEPORTES DE LA SBUyM - UNC, SIN COSTO ALGUNO, ARBITRANDO LOS MEDIOS NECESARIOS A TAL EFECTO.
A continuación se detallan los mismos:
La Dirección de Deportes – Secretaria de Bienestar Universitario y Modernización – UNC se reservará los días y horarios de uso de las instalaciones del Predio Deportivo sito en Av. Concepción Arenal s/n, sin costo alguno, detallados a continuación:
1- La cancha de fútbol 11 con piso sintético denominada “A” los días lunes a viernes, en el horario de 10:00 a 23:00 horas.
2- La cancha de fútbol 11 con piso sintético denominada “B” los días lunes a viernes en el horario de 16:00 a 23:00 horas.
3- Las canchas de fútbol 11 con piso sintético denominadas “A”, “B” y “D” los días sábados y domingos en el horario de 08:00 a 20:00 horas.
4- Las canchas de fútbol 11 con piso sintético denominadas “A”, “B”, “D” y “G” podrán ser solicitadas en el horario de 10:00 a 19:00hs durante los meses de abril, mayo, junio, septiembre, octubre y noviembre en días a convenir con el concesionario; para la realización de los torneos propios de la Dirección de Deportes.
5- En cuanto al uso del Depósito de Elementos y Sala de Reuniones, serán de uso exclusivo de la Dirección de Deportes – BIMO – UNC.
SIN PERJUICIO DE LOS DÍAS Y HORARIOS ANTES DETALLADOS LA DIRECCIÓN DE DEPORTES SE RESERVA EL DERECHO DE REALIZAR TODOS LAS MODIFICACIONES EN LOS DÍAS Y HORARIOS QUE ESTIME CONVENIENTE PARA EL NORMAL Y CORRECTO DESARROLLO DE SUS ACTIVIDADES.
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Otro |
INCLUSIÓN DE OBRAS DE REMODELACIÓN, MEJORA O PUESTA EN VALOR COMO PARTE DEL OBJETO DE LA CONCESIÓN |
1. Objeto Integral de la Concesión accesoria
La presente licitación comprende, como obligación contractual accesoria y parte integrante del objeto de la concesión, la ejecución por parte del concesionario adjudicatario de las obras de remodelación, mejora y/o puesta en valor del predio, conforme a la propuesta técnica presentada por el oferente y aprobada por la Universidad Nacional de Córdoba (UNC). La propuesta que se presente, deberá estar orientada a los espacios destinados a baños y vestuarios, quincho y/o espacios comunes.
2. Presentación y Evaluación de Propuestas Integrales
Cada oferente deberá presentar junto con su propuesta económica para la explotación comercial del predio, un proyecto técnico-económico de obras de remodelación, mejora o puesta en valor, que incluya:
a) Memoria Descriptiva deberá:
Explicar el alcance y la finalidad de cada intervención propuesta.
Fundamentar la necesidad y conveniencia de las obras en relación al uso universitario del predio.
Indicar si las obras mejoran accesibilidad, seguridad, sustentabilidad ambiental, eficiencia energética u otros aspectos relevantes.
Señalar si las obras requieren autorizaciones especiales o afectan instalaciones existentes.
Descripción general de las obras propuestas.
Objetivos y justificación técnica y funcional.
Beneficios esperados para la comunidad universitaria.
Integración con el uso actual y futuro del predio.
b) Planos Preliminares o Croquis
Plantas, cortes y vistas generales.
Ubicación de las intervenciones dentro del predio.
Imágenes ilustrativas, renders o esquemas (opcional).
c) Presupuesto Detallado
Desglose por rubros: materiales, mano de obra, equipamiento, otros gastos.
Montos parciales y monto total estimado.
d) Cronograma de Ejecución
Plazos parciales (hitos principales).
Plazo total de ejecución (en meses).
Fecha estimada de inicio (sujeta a aprobación contractual).
e) Anexos Técnicos
Certificaciones, antecedentes técnicos del oferente (si correspondiere).
Cualquier otra documentación que el oferente considere relevante.
3. Aprobación y Ejecución de Obras
Las obras propuestas por el concesionario deberán ser aprobadas previamente por la UNC. La Universidad podrá requerir modificaciones o ajustes técnicos antes de su aprobación definitiva. Cualquier modificación sustancial durante la ejecución deberá contar con autorización expresa de la Universidad.
El concesionario deberá ejecutar las obras conforme el proyecto aprobado y dentro del cronograma comprometido. La UNC supervisará el avance y cumplimiento mediante inspecciones periódicas.
La recepción definitiva y conforme de las obras estará a cargo de personal designado a tal fin por parte de la Secretaría de Planeamiento Físico y la Secretaría de Bienestar Universitario y Modernización.
4. Plazo de la Concesión
El plazo de la concesión será el establecido en el artículo 23 del presente pliego y no podrá ser prorrogado o ampliado en función del cumplimiento o no de las obras comprometidas.
5. Incorporación al Patrimonio Universitario
Todas las obras ejecutadas por el concesionario quedarán incorporadas al patrimonio universitario al finalizar la concesión, sin derecho a compensación adicional, conforme lo dispuesto en el artículo 74 del Manual de Procedimientos UNC (Anexo II). |
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Otro |
OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO |
El concesionario estará obligado a:
a) Explotar por sí mismo la concesión. Se encuentra prohibido participar en más de una concesión así como transferir, permutar, subconcesionar, modificar el destino, ceder el contrato, suplir o prestar todo o parte del inmueble, cederlo en comodato o hacerse reemplazar por terceros, por cualquier título que fuere, salvo autorización expresa.
b) Cumplimentar estrictamente las disposiciones legales que sean de aplicación, de acuerdo con la naturaleza de la concesión, el pago de los impuestos, tasas, contribuciones, patentes y demás obligaciones que graven a los bienes por su explotación o actividad.
c) Cumplimentar por su cuenta y cargo todas las normas laborales y de la seguridad social que le correspondan a él y al personal con que cuenta para la atención del servicio, debiendo satisfacer en todos los casos las indemnizaciones por despido, accidentes y demás pagos originados por la concesión.
d) Mantener indemne a la Universidad de cualquier reclamo realizado por terceros en virtud de la explotación concesionada.
e) No destinar los bienes a otro uso o goce que el estipulado o hacer uso indebido de los mismos.
f) Mantener los bienes en óptimas condiciones de conservación, de higiene y de uso de acuerdo a las exigencias por parte de los organismos que deban habilitar el local y en consecuencia el concesionario deberá efectuar las mejoras que correspondan de acuerdo a lo que esos organismos le exijan, previa autorización de la UNC, sin reintegro de gastos para el concesionario por las mejoras efectuadas.
g) Facilitar el acceso de inspectores autorizados a todas las instalaciones, libros de contabilidad y documentación vinculada con el cumplimiento del contrato y firmar las actas de infracción que se labren.
h) No introducir modificaciones ni efectuar obras de cualquier naturaleza sin consentimiento escrito de la Secretaría de Bienestar Universitario y Modernización - UNC.-
i) Entregar los bienes dentro de los DIEZ (10) días corridos de vencido el contrato o de comunicada su rescisión.
j) Satisfacer, como único obligado, los impuestos, tasas, contribuciones y multas, nacionales, provinciales y/o municipales que se relacionen con el comercio que explota dentro del plazo fijado al efecto.
k) No crear condiciones motivadas por el modo de prestación, que generen riesgos a los usuarios de los servicios, mayores a los previsibles y normales de la actividad.
l) Circunscribir la venta y/o distribución a los artículos específicos del rubro adjudicado.
m) Mantener trato cordial y respetuoso con el personal y con la comunidad universitaria.
n) Mantener a disposición de los usuarios un libro de “quejas y sugerencias” previamente foliado y certificado por la UNC, el cual periódicamente se someterá a la visación del supervisor encargado por la Subsecretaría de Planeamiento Físico o la Dependencia que haga sus veces.-
ñ) Cumplir los horarios de atención al público estipulados
o) Estará prohibida la venta de bebidas alcohólicas, salvo autorización expresa por parte de la autoridad universitaria.
p) Le estará prohibido invocar el nombre de la UNC o de sus autoridades en oportunidad de concertar cualquier tipo de operación comercial así como el uso del escudo universitario en publicidades de cualquier índole.-
q) Le estará prohibido facilitar, fomentar, recibir o intermediar en juegos de azar.
r) Cumplimentar con el pago a la Secretaria de Bienestar Universitario y Modernización en concepto de reintegro de servicios públicos, de acuerdo al consumo efectivo.
s) Cumplimentar por su cuenta y cargo todas las adecuaciones que correspondan en cumplimiento de las normas de Accesibilidad.
t) Cumplimentar por su cuenta y cargo todas las adecuaciones que correspondan en cumplimiento de las normas de Seguridad e Higiene en el trabajo y de Gestión de Residuos.
u) Tanto el Concesionario como el personal que de él dependa, no tendrán relación de dependencia con la UNC, no revistando en sus planillas ni cargando en forma directa ni indirecta en su presupuesto y no encontrándose sometido al régimen disciplinario vigente.
v) No incurrir en ninguna anormalidad o deficiencias que afecte la más correcta y completa ejecución de la concesión y que vulnere las demás condiciones establecidas en el pliego de condiciones particulares de la presente licitación.
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Otro |
ACTIVIDADES NO PREVISTAS |
Todos aquellas actividades que no estén expresamente previstas en la nómina autorizada, no podrán ser explotados por los Concesionarios, aun cuando no lesionen intereses de otros Concesionarios, sin la previa y expresa autorización por escrito del CONCEDENTE, que se reserva el pleno derecho de decisión al respecto. |
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Otro |
PRECIOS |
El Concesionario deberá exhibir permanentemente los precios de venta de los productos y artículos que expenda, con la modalidad que ello sea factible.
Asimismo, el concesionario deberá exhibir de manera clara, legible y permanente para el público en general los precios correspondientes al valor hora de alquiler de cada una de las canchas. Dicha información deberá encontrarse visible en cartelería colocada en los accesos al predio y en los espacios de atención al público, indicando de forma diferenciada cada cancha y su respectivo valor.
El Concesionario no podrá aplicar en los productos y/o servicios que ofrezcan, precios superiores a los vigentes en locales de similar jerarquía y ubicación de la ciudad de Córdoba, obligándose a proveer al Concedente de todos los elementos de juicio e información que aquella le requiera para el adecuado control de este tema.
El Oferente de rubros gastronómicos, deberá además proponer y cotizar un menú de tipo económico para estudiantes, a ser servido en horas del mediodía.
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REGISTRO DE EVALUACIÓN DE PROVEEDORES |
REGISTRO DE EVALUACIÓN DE PROVEEDORES |
El desempeño del adjudicatario será evaluado y calificado en el REGISTRO DE EVALUACIÓN DE PROVEEDORES de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA, teniendo en cuenta las condiciones requeridas en el presente Pliego de Bases y Condiciones. |
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Otro |
GESTIÓN DE RESIDUOS |
El destino final, luego de la limpieza diaria de toda el área concesionada, y forma de disposición de los residuos generados en la misma, orgánicos como inorgánicos o secos será responsabilidad del Concesionario. Entiéndase por residuos orgánicos los restos de alimentos de procedencia vegetal o animal, e inorgánicos las latas de aluminio, objetos de papel, cartón, vidrio, plástico, P.E.T., higiene de baños, vestuarios y depósitos, etc. La Universidad Nacional de Córdoba exigirá al Concesionario el estricto cumplimiento de toda normativa ambiental vigente.
El destino final y forma de disposición de los residuos generados en los centros comerciales, orgánicos como inorgánicos o secos será responsabilidad del Concesionario. Los orgánicos, entiéndase por tales los restos de alimentos, de procedencia vegetal o animal deberán acopiarse en bolsas de plástico biodegradable de color negro. Los inorgánicos o secos, las latas de aluminio, objetos de papel, cartón, vidrio, plástico, P.E.T., deberán acopiarse en bolsas de polietileno de color verde. Ambas tipologías de bolsas deberán ser depositadas en los cestos destinados a tal fin. La Universidad Nacional de Córdoba exigirá al Concesionario el estricto cumplimiento de toda la normativa ambiental vigente aplicable al caso.
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Otro |
ESPACIOS VERDES |
El concesionario tomará a su cargo el mantenimiento de los espacios verdes dentro del área de concesión, debiendo efectuar las podas y riegos según las necesidades de cada especie y el corte de césped con frecuencia quincenal en los meses de otoño invierno y semanal en los de primavera verano. No se podrán reemplazar especies vegetales sin previa autorización del Concedente. Queda terminantemente prohibido utilizar como espacio de estacionamiento, las áreas verdes circundantes que se encuentran fuera del área de Convenio. En caso de incumplir con esta disposición, se aplicarán las sanciones respectivas.
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Otro |
MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES |
El concesionario será responsable del mantenimiento continuo de las instalaciones dentro del área de concesión, las que en total implican una superficie de 4 hectáreas y 8.906 metros cuadrados,debiendo efectuar las tareas referidas al mantenimiento de las canchas, depósitos, vestuarios, baños y sistema de riego y de las redes de provisión de servicios, incluyendo todas las tareas de reparación necesarias y la pintura anual de las instalaciones a fin de mantenerlas en óptimas condiciones de uso y funcionamiento, las que deberán ser comunicadas previamente a la Secretaria de Planeamiento Físico y a la Secretaria de Bienestar Universitario y Modernización. La iluminación del local corre por cuenta y cargo del Concesionario.
Cuando el local concesionado, por haber sufrido refacciones o bien estar destinado a otra actividad con anterioridad, y no contara con el medidor eléctrico correspondiente para llevar adelante el registro de consumos, será obligación del adjudicatario, previo al inicio de la actividad comercial, la instalación del mismo. El medidor a instalar, deberá cumplir con la normativa vigente para locales comerciales. En caso de producirse cortes de energía por parte de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC), la Universidad no se hace responsable por los daños ocasionados en los bienes materiales, producidos por el mismo.
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Otro |
MANTENIMIENTO DE CANCHAS Y CÉSPED SINTÉTICO |
Atento que el objeto principal de la presente concesión es el de las canchas de césped sintético destinadas a actividades deportivas, el concesionario se compromete a realizar el reemplazo total del césped sintético de las canchas denominadas como E, C y D, dentro de los primeros doce (12) meses de la concesión. Asimismo, dentro del tercer año de concesión; el concesionario se compromete a realizar el reemplazo total del césped sintético de las canchas denominadas F y G.
Todo gasto derivado de los reemplazos realizados será a cargo del concesionario, siendo quien toma responsabilidad por los trabajos preparatorios, materiales necesarios para la realización y el trabajo final. Una vez finalizado el reemplazo de césped sintético, éste pasa a ser parte del patrimonio del concedente sin posibilidad de reclamo por parte del concesionario de reintegros, reembolsos o similares para con la Universidad.
Características técnicas del césped a utilizar:
El césped sintético a utilizar para el reemplazo, debe reunir las siguientes condiciones técnicas:
- Hilado: LSR 8800 DTX o monofilamento 12.000 DTX; con tratamiento U.V. (resistente a la intemperie).
- Base: Polipropileno y Action back con tratamiento U.V.(resistente a la intemperie).
- Impregnación: Látex sintético SBR (resistente a la intemperie).
- Altura total: 52 mm.
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Otro |
FALTA DE ENTREGA DE LOS BIENES POR LA UNC |
Si por razones de caso fortuito o fuerza mayor no pudiera hacerse entrega de los bienes en el plazo estipulado, el concesionario podrá desistir del contrato y obtener la devolución del total de la garantía aportada, sin derecho a indemnización alguna. |
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Otro |
FALTA DE RESTITUCIÓN DE LOS BIENES POR PARTE DEL CONCESIONARIO |
Si el concesionario no hubiese restituido los bienes en el plazo fijado al efecto o no los hubiere desalojado, se lo emplazará fehacientemente por diez (10) días corridos para ello. De persistir el incumplimiento, una vez vencido dicho plazo se dará intervención a la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Esto será considerado como antecedente negativo en concesiones futuras. |
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Otro |
RESPONSABILIDAD POR DAÑOS |
El concesionario será responsable, en todos los casos, de los deterioros ocasionados a los bienes de propiedad de la Universidad afectados a la concesión, que no obedezcan al uso normal de los mismos. Si en el momento de recibir las instalaciones y bienes el adjudicatario no formulara observación, se entenderá que los recibe en perfectas condiciones.
También le alcanzará responsabilidad cuando se comprobare la desaparición, robo, hurto, daños accidentales y/o intencionales, etc. de objetos en todos y cada uno de los sitios en los que intervenga y/o de su personal. Probada la culpabilidad, el adjudicatario deberá reponer lo desaparecido y/o dañado o bien reintegrar el importe que fije la Universidad de acuerdo a los valores vigentes en plaza, en su carácter de damnificado. Igual procedimiento se seguirá ante hechos que dañen el edificio o instalaciones en sí. Dichas sumas podrán adicionarse al monto objeto de la contratación. Asimismo todo costo que el adjudicatario ocasione al organismo por incumplimiento de las obligaciones contractuales y el no cumplimiento de las Normas de Orden Público vinculantes, será adicionado.
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Otro |
SEGUROS |
La empresa adjudicataria deberá contar con los siguientes seguros, contratados en función del riesgo asumido en cada caso. Asimismo, deberá entregar a la Dirección de Deportes de la Secretaría de Bienestar Universitario y Modernización de la UNC las pólizas que acrediten dichas coberturas durante todo el período de vigencia de la concesión:
1) Seguro de responsabilidad Civil comprensiva sobre terceros y/o contra daños que puedan ocasionarse a personas concurrentes a los espacios pertenecientes a la Universidad, empleados, o bienes de las áreas a limpiar, desde un mínimo de pesos ciento cincuenta millones ($ 150.000.000,00) con cláusula de no repetición a favor de la Universidad Nacional de Córdoba, y con los siguientes adicionales:
- RC por caída de carteles, letreros o afines
- RC por guarda de vehículos a título no oneroso
- RC para espectadores.
2) Seguro contra Robos de bienes u objetos de los que surja responsabilidad del concesionario, desde un mínimo de $600.000,00 (pesos seiscientos mil).
3) Seguro contra incendio.
Estos seguros tendrán vigencia durante todo el periodo de duración del contrato y la/s Entidad/es Aseguradora/s deberá/n estar radicada/s en la ciudad de Córdoba y tendrán que expresar su sometimiento expreso a la jurisdicción de los Tribunales Federales de esta Ciudad, se entiende “Institución radicada en la Ciudad de Córdoba” a aquella que tenga su asiento principal, sucursal o agencia establecida en esta Ciudad.
La acreditación de ésta contratación deberá realizarse por el concesionario al momento de integrar la Garantía de Cumplimiento de Contrato, es decir dentro del plazo de CINCO (5) días de la firma del contrato o de efectuada la notificación que produce el perfeccionamiento del mismo. Asimismo deberá presentar mensualmente fotocopia de los comprobantes que acrediten el pago de todo lo dispuesto en materia de seguros.
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Otro |
CONDICIONES GENERALES EN QUE SE SUSCRIBIRÁ EL CONTRATO |
1. El Contrato comenzará a regir a partir del día de suscripción del Contrato de Concesión respectivo y tendrá una duración de CUATRO (4) años.-
2. En caso de corresponder, el sellado del Contrato estará a cargo del Concesionario en su totalidad.
3. La garantía de mantenimiento de oferta integrada por el oferente que resulte Adjudicatario será devuelta en el momento que complete la integración de la garantía de cumplimiento de contrato.
4. La garantía de cumplimiento de contrato será devuelta a la finalización del contrato, a pedido del Adjudicatario.
5. El pago del canon respectivo se efectuará por mes adelantado, del 1 al 5 de cada mes, y en lugar previsto al efecto en el respectivo contrato, debiendo acompañarse las constancias de pago de haberes y aportes a la seguridad social (Fº931 ARCA) correspondiente a los empleados que de él dependan.-
6. La prestación de los servicios deberá efectuarse conforme a lo establecido en el Contrato respectivo, considerando el objetivo de asegurar la provisión de bienes y servicios útiles a la comunidad universitaria en condiciones de accesibilidad, costo y oportunidad razonables. La Secretaria de Bienestar Universitario y Modernización a través de la Dirección de Deportes, y en conjunto con la Secretaría de Planeamiento Físico, ejercerán el control y la verificación de la calidad de las prestaciones a través de quien designe efectuando inspecciones aleatorias.
7. La Universidad Nacional de Córdoba intimará de manera fehaciente al Adjudicatario, en caso de incumplimiento defectuoso de sus obligaciones, para que cumpla en debida forma.
8. La acumulación de tres (3) intimaciones de las anteriormente mencionadas dará lugar a la revocación de la concesión de que se trata, perdiendo el Adjudicatario todo derecho a reclamo de la Garantía de cumplimiento de contrato. |
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Otro |
MULTAS |
1. Objeto
El presente artículo regula el régimen de multas aplicable al concesionario por incumplimientos de las obligaciones contractuales asumidas en el marco de la concesión, con el fin de asegurar la prestación eficiente, accesible y oportuna de los servicios a la comunidad universitaria.
2. Causales de multa
a) Incumplimientos generales:
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en los incisos f, g, j, k, l, m, n, ñ, o, p, q, s, t y v del Artículo 27 será sancionado con una multa equivalente al 0,5% (cero coma cinco por ciento) del canon mensual vigente por cada incumplimiento verificado.
b) Incumplimiento en la restitución del bien (inciso i del Artículo 27):
El incumplimiento en la restitución o entrega del bien objeto de la concesión en el plazo estipulado será sancionado con una multa diaria equivalente al 0,05% (cero coma cero cinco por ciento) del valor total del contrato por cada día de atraso.
c) Incumplimiento en días y horarios de funcionamiento:
El incumplimiento injustificado de los días y horarios establecidos para el desarrollo de la actividad será sancionado con una multa diaria equivalente al 2% (dos por ciento) del canon mensual vigente por cada día en que se constate la infracción.
3. Procedimiento
a) La Universidad, a través del inspector designado o autoridad competente, notificará al concesionario el incumplimiento detectado mediante acta de inspección o comunicación fehaciente, otorgando un plazo razonable —que no podrá ser inferior a 24 horas ni superior a 72 horas— para subsanar la deficiencia o presentar descargo fundado.
b) Si vencido el plazo el concesionario no subsana el incumplimiento ni presenta descargo suficiente que lo exima de responsabilidad, se aplicará la multa correspondiente mediante acto administrativo fundado.
c) Las multas serán notificadas formalmente y su importe se sumará al canon mensual a abonar por el concesionario.
4. Reiteración y acumulación
a) Por un mismo hecho o incumplimiento no podrán aplicarse simultáneamente más de una multa.
b) Si un mismo incumplimiento persiste luego del plazo otorgado para subsanarlo, la multa podrá reiterarse por cada nuevo período de verificación (diario), previa nueva intimación.
c) La acumulación de tres (3) multas firmes por hechos distintos o por reiteración de un mismo hecho dentro del período contractual habilitará a la Universidad a rescindir el contrato por culpa del concesionario, sin derecho a indemnización alguna.
5. Límite máximo
El monto total de las multas aplicadas durante la vigencia del contrato no podrá superar el 10% (diez por ciento) del valor total de la concesión. Alcanzado dicho límite, la Universidad podrá optar por la rescisión contractual.
6. Garantía del debido proceso
En todos los casos se garantizará al concesionario el derecho a ser notificado, a presentar descargo y a ofrecer prueba antes de la aplicación de cualquier sanción.
Disposición transitoria:
Las situaciones no previstas expresamente en este artículo serán resueltas conforme a los principios generales del régimen de contrataciones de la UNC y la normativa vigente.
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Otro |
CAUSALES DE RESCISIÓN |
Serán causales de rescisión por culpa del concesionario, sin perjuicio de otras establecidas en el Contrato de Concesión a suscribirse:
a) Falta de pago del canon acordado en el plazo establecido, cuando registre el incumplimiento en dos períodos consecutivos.
b) Falta de pago en concepto de reintegro de servicios públicos por tres meses consecutivos contados desde la notificación fehaciente.
c) Falta de concurrencia al acto de entrega de los bienes o negativa a su habilitación, salvo causas justificadas a juicio de la Secretaría de Bienestar Universitario y Modernización.
d) Destinar los bienes a un uso o goce distinto del estipulado.
e) Acumulación de tres multas a las que refiere el artículo anterior.
f) Interrupciones reiteradas de las obligaciones emergentes de la concesión.
g) Cuando el contrato sea transferido en todo o en parte, sin que la misma haya sido autorizada previamente por el organismo contratante.
h) Incumplimiento a las estipulaciones relativas a la Gestión de Residuos del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares o a la normativa vigente en materia de Seguridad e Higiene. |
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PENALIDADES Y SANCIONES |
PENALIDADES Y SANCIONES |
Se aplicarán las previstas en el artículo 58 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. |
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Otro |
PAUTAS PARTICULARES SOBRE EL EXPENDIO DE PRODUCTOS ALIMENTARIOS |
El concesionario deberá expender únicamente productos alimenticios de establecimientos habilitados por la autoridad sanitaria.
De elaborar alimentos, deberá contar con la correspondiente habilitación, asegurándose de cumplir con las condiciones determinadas en la autorización y en buenas condiciones de higiene; los productos elaborados o puestos en circulación deben ajustarse a lo autorizado; y deberán tener documentado el origen y procedencia de los productos y materias primas utilizadas en la elaboración, el tipo de unidad de envase y marca, así como el fraccionamiento a que hubiesen sido sometidos para su expendio.
De fraccionar alimentos, se debe considerar que el fraccionamiento permitido de alimentos deberá realizarse en el acto de su expendio, directamente de su envase original y a la vista del comprador.
Y para realizar el fraccionamiento permitido de alimentos fuera de la vista del público, deberá estar autorizado por la autoridad sanitaria competente y cumplir con todos los recaudos presentes en el Código Alimentario Argentino en todo lo referente a locales, almacenamiento, personal, higiene y demás precauciones descritas.
Los productos alimenticios de terceros comercializados en su envase original, deberán contar con el número de registro de producto alimenticio, el número del establecimiento fraccionador, su nombre y dirección, marca del producto, nombre del producto, la fecha de fraccionamiento, día, mes y año, el peso neto y la leyenda: conservar refrigerado (cuando corresponda), con caracteres de buen realce y visibilidad, y distribuídos en transportes de sustancias alimenticias.
El concesionario deberá, sin excepción, disponer para la venta opciones de alimentos saludables y adaptados a necesidades específicas de la población, como lo son: alimentos libres de gluten, bajos en sodio, sin lactosa, apto vegetarianos, reducidos en azúcar y grasas saturadas. Dentro de estas alternativas saludables se podrá contar por ejemplo con: frutas enteras o en ensaladas, ensaladas vegetales, sandwiches vegetarianos o veganos, productos panificados o de pastelería libres de gluten, mix de frutos secos y granolas, tartas con y sin gluten, productos lácteos como yogures descremados y/o deslactosados; cumplimentando con los requisitos anteriormente señalados.
El concesionario no podrá comercializar bebidas alcohólicas. |
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Otro |
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA - DOTACIÓN DE PERSONAL |
El adjudicatario deberá asumir la responsabilidad total de las relaciones con el personal empleado para la prestación del servicio, cumpliendo para ello con las normas establecidas para el régimen del personal en relación de dependencia temporal o permanente, tanto como con los convenios colectivos de trabajo.
Todo el personal afectado no tendrá en ningún caso relación de dependencia con la Universidad, corriendo por cuenta del adjudicatario, los Salarios, Seguros, Leyes Sociales y Previsionales y cualquier otra erogación sin excepción. Quedando debidamente establecido que la Universidad no asumirá responsabilidad alguna y estará desligada de todo conflicto o litigio entre el adjudicatario y el personal que éste ocupara para ejercer la actividad que se ha contratado. Deberá presentar:
1. Constancia de alta de ARCA de cada uno de los empleados.
2. Seguro de ART. Se deberá presentar el último pago y certificado de cobertura con nómina del personal cubierto que desempeñará las tareas.
3. Seguro de Vida Obligatorio, detallando nómina de empleados.
4. Última Declaración Jurada de Aportes y Contribuciones en Sistema Previsional y pago de las mismas.
5. En caso de reemplazo de alguno de los empleados designados, la concesionaria deberá previamente comunicarlo y cumplimentar con todas las exigencias ya detalladas.
6. La lista solicitada deberá mantenerse actualizada por el tiempo que dure la prestación del servicio tanto por el personal afectado permanentemente como para el que eventualmente pudiera incorporarse en su reemplazo.
7. La Universidad Nacional de Córdoba se reserva el derecho de controlar el desempeño del personal de quien resulte adjudicataria de la concesión.
8. Cumplimentar por su cuenta y cargo todas las leyes laborales y de la seguridad social que le correspondan a él y al personal con que cuenta para la atención del servicio, debiendo satisfacer en todos los casos las indemnizaciones por despido, accidentes y demás pagos originados por la concesión.
9. Cumplimentar por su cuenta y cargo todas las adecuaciones que correspondan en cumplimiento de las normas de Accesibilidad y de las leyes de Seguridad e Higiene en el trabajo, y la Resolución 989/09 del Honorable Consejo Superior de la UNC.
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Otro |
RELEVAMIENTO PREVIO |
El oferente podrá visitar el predio objeto de la presente licitación. La fecha y el horario deberán coordinarse con la Dirección de Deportes de la Secretaría de Bienestar Universitario y Modernización, en días hábiles administrativos, de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas.
Al finalizar el recorrido, se emitirá la correspondiente constancia de visita. |
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Otro |
DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES |
Las instalaciones objeto de la presente concesión se entregan conforme al relevamiento efectuado por la Dirección de Catastro de la Secretaría de Planeamiento Físico de la Universidad Nacional de Córdoba, el cual forma parte integrante del presente Pliego.
El predio cuenta con diecisiete (17) canchas de fútbol con césped sintético, debidamente delimitadas, con cerramientos perimetrales y sistema de iluminación mediante reflectores, conforme surge del relevamiento técnico realizado por la Secretaría de Planeamiento Físico.
Asimismo, de acuerdo con la planimetría edilicia adjunta elaborada por la Secretaría de Planeamiento Físico, las instalaciones comprenden espacios edilicios destinados a servicios complementarios, entre los que se incluyen:
- un sector previsto para la disposición de un bar/kiosco, con área apta para la colocación de mesas y sillas,
- un quincho, con espacio destinado para la eventual colocación de parrillas
Se deja expresa constancia de que la Universidad Nacional de Córdoba entrega las instalaciones únicamente en lo que respecta a la infraestructura edilicia y deportiva, no formando parte de la concesión ningún bien mueble, tales como mesas, sillas, heladeras, parrillas, equipamiento gastronómico, ni otros elementos similares, aun cuando los mismos pudieran visualizarse en las fotografías incorporadas como material ilustrativo.
La presentación de la oferta implica el pleno conocimiento y aceptación por parte del oferente del estado, características y condiciones de las instalaciones descriptas, sin que puedan formularse reclamos posteriores por este concepto. |
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Recepción de ofertas
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Nro. comprobante |
Fecha y hora de recepción |
Oferente |
Observaciones |
Anulado |
Modalidad |
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CRO:14105 |
29/01/2026 01:46 |
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NO |
Electrónica |
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CRO:14106 |
29/01/2026 02:45 |
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NO |
Electrónica |
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CRO:14107 |
29/01/2026 09:34 |
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NO |
Electrónica |
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CRO:14110 |
29/01/2026 10:40 |
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SI |
Electrónica |
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CRO:14111 |
29/01/2026 10:42 |
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NO |
Electrónica |
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CRO:14112 |
29/01/2026 10:48 |
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NO |
Electrónica |
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CRO:14113 |
29/01/2026 10:48 |
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NO |
Electrónica |
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