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CLÁUSULAS PARTICULARES
ARTÍCULO N° 1: NORMATIVA APLICABLE
El procedimiento de selección de ofertas se regirá por las disposiciones legales vigentes, Decreto Nº 1023/2001 y sus modificatorios y complementarios, por el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UNC aprobado por OCHS-2025-4-E-UNC-REC y las normas que se dicten en consecuencia, Manual de Procedimientos del Régimen de Contrataciones de la UNC, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y sus modificaciones, el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Resolución SPGI 159/2012 o las que en el futuro las reemplacen.
Las mismas podrán ser consultadas en infoleg.gob.ar y en el sitio de Internet https://www.unc.edu.ar consultando las pestañas tituladas “Gestión” “Dirección General de Contrataciones” “Procedimientos Licitatorios” “Normativa” Normativa https://www.unc.edu.ar/gestion-direccion-general-de-contrataciones/normativa-licitaciones
En ningún caso podrá alegarse su desconocimiento.
ARTÍCULO N° 2: REGISTRO DE USUARIOS
Aquellos interesados en ofertar, deberán completar el formulario de Pre - Inscripción del Portal del Proveedor de la UNC (SIU Huarpe - Proveedores) , cuyo sitio de internet es https://proveedores.huarpe.unc.edu.ar/proveedor/servicios/proveedores/inscripcion por cuanto con la inscripción se realiza la asignación de usuarios para que puedan participar en los procedimientos de selección que se efectúan a través del Sistema SIU Diaguita Compras, Contrataciones y Patrimonio.
Para mayor información se sugiere consultar los instructivos disponibles en el sitio https://www.unc.edu.ar/gestion/portal-de-proveedores.
ARTÍCULO N° 3: CÓMPUTO DE PLAZOS – NOTIFICACIONES
En los procedimientos de selección de compras y contrataciones de la UNC, para la notificación de sus distintas instancias, se aplicarán las pautas establecidas en la normativa citada al Artículo 1 y las estipuladas en el presente pliego, no siendo de aplicación cualquier norma que en el ámbito universitario se oponga a las mismas, por tratarse éste de un procedimiento especial.
Todos los plazos establecidos en el presente pliego se computarán en días hábiles administrativos, salvo que en el mismo se disponga expresamente lo contrario.
Las notificaciones que realice esta entidad contratante por correo electrónico serán realizadas desde la/s dirección/es agro@compras.unc.edu.ar al domicilio electrónico especial declarado por los postulantes.
Dicha notificación se considerará realizada el mismo día en que conste realizado su envío.
Cuando se trate de un acto de alcance general, entendiendo por tal aquel que va dirigido a sujetos indeterminados, su notificación se entenderá realizada el día de su difusión en el sitio de internet del Sistema SIU Diaguita Compras, Contrataciones y Patrimonio.
Se recomienda a los interesados revisar periódicamente el Portal de Proveedores de la UNC y Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA) para informarse de las novedades vinculadas a las etapas, desarrollo del proceso de contratación electrónica y demás información relevante.
El domicilio electrónico especial declarado al realizar la preinscripción será válido para la notificación de dichas etapas.
ARTÍCULO N° 3: VISTA Y DESCARGA DE PLIEGOS
Cualquier persona podrá tomar vista y descargar el pliego en el Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), a través del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES
https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8.54305 056&ai=diaguita||110000003.
Asimismo podrá tomar vista y descargar el pliego a través del Portal del Proveedor de la UNC (SIU Huarpe - Proveedores)
https://proveedores.huarpe.unc.edu.ar/proveedor/servicios/proveedores/inscripcion ingresando con el usuario y contraseña generado al registrarse como usuario, al Proceso de compra que corresponda, a partir de la difusión de la Convocatoria y hasta la fecha y hora del Acto de Apertura de las ofertas establecido para el presente procedimiento.
No será requisito para presentar ofertas, ni para la admisibilidad de las mismas, ni para contratar, haber descargado el pliego. No obstante quienes no lo hubiesen descargado, no podrán alegar el desconocimiento de sus cláusulas ni las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
Los interesados deberán revisar periódicamente el mencionado portal para informarse de las novedades vinculadas a las etapas, desarrollo del proceso de contratación y demás información relevante.
ARTÍCULO N° 4: CONSULTAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
Las consultas al pliego de bases y condiciones particulares deberán efectuarse por escrito a la dirección de correo electrónico: agro@compras.unc.edu.ar
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término.
Los Oferentes deberán realizar consultas previas a la presentación de las ofertas a fin de aclarar todos los detalles técnicos que pudieren no estar incluidos en el presente pliego.
El plazo para la solicitud de aclaraciones o consultas caducará 3 (tres) días antes de la fecha fijada para la apertura.
ARTÍCULO N° 5: CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS
La dependencia podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al pliego de bases y condiciones, de oficio ó como respuesta a consultas.
Las circulares aclaratorias podrán ser emitidas por el titular de la Unidad Operativa de Contrataciones y deberán ser comunicadas y difundidas con 2 (dos) días de antelación a la fecha fijada para la presentación de ofertas.
Las circulares modificatorias deberán ser emitidas, difundidas, publicadas y comunicadas por UN (1) en los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el llamado original, con UN (1) día de anticipación a la fecha fijada para la presentación de ofertas.
Importante: Las Circulares Aclaratorias y Modificatorias serán difundidas y SOLO comunicadas a través del Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES y se entenderá publicado el mismo día en que tenga lugar su difusión.
https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8.54305 056&ai=diaguita||110000003
Los oferentes no podrán alegar desconocimiento de las circulares emitidas, razón por la cual corresponderá a los interesados ingresar al mencionado Portal, al procedimiento de selección de que se trate, a los fines de tomar conocimiento de las posibles circulares que se hubieran emitido.
ARTÍCULO N° 6: PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
1.- Las propuestas serán presentadas en lugar, día y hora que determine el presente pliego y aquellas que se presenten fuera del término previsto, serán rechazadas sin más trámite. Considerando lo establecido en OCHS-2025-4-E-UNC-REC en su artículo 8, las ofertas DEBERÁN presentarse a la dirección de correo electrónico: agro@compras.unc.edu.ar. El oferente deberá generar su oferta económica y la documentación solicitada en Artículo N° 8 como un ÚNICO archivo pdf y sellarlo mediante la herramienta Sello de Tiempo 2.0 de BFA (Blockchain Federal Argentina) en https://bfa.escribanodigital.ar//tsaFrom#/. Este servicio generará el enlace de verificación que contiene el hash (código encriptado asociado a la oferta) el cual deberá ser enviado por correo electrónico a la dirección agro@compras.unc.edu.ar antes del cumplimiento del plazo establecido para presentar la propuesta. Cumplido el envío del hash y dentro del plazo establecido para la presentación de las ofertas, deberá enviar otro correo electrónico con el archivo pdf completo, el mismo no deberá sufrir ninguna modificación de contenido o nombre entre el momento en que se le estampó el sello de tiempo y el momento en que efectivamente se envía por correo electrónico. (Ver instructivo adjunto).
Se entenderá por OFERTA tanto a la propuesta económica como así también a la documentación respaldatoria.
RECEPCIÓN DE OFERTAS HASTA EL 18/12/2025 A LAS 10.00 HS. MOMENTO HASTA EL CUAL DEBERÁN ENVIAR EL RESUMEN (HASH) DE LA OFERTA A LA DIRECCIÓN DE CORREO agro@compras.unc.edu.ar
CUMPLIDO EL ENVIO DEL HASH, ENTRE LAS 10.00 HS. Y HASTA LAS 12.00 HS. DEL DIA 18/12/2025, SE DEBERÁ REALIZAR EL ENVÍO DE UN (1) ARCHIVO CON LA OFERTA Y DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA a agro@compras.unc.edu.ar
APERTURA DE OFERTA: 19/12/2025 A LAS 10.00 HS.
IMPORTANTE: No se considerará válida la oferta que no haya sido registrada con el sello de tiempo de la BFA y no contenga el archivo pdf completo.
2.- La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rijan el procedimiento al que se presente, por lo cual no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la oferta.
3.- La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna en esencia de las propuestas después de esa circunstancia. Si en forma previa al vencimiento del plazo para presentar ofertas, un oferente quisiera corregir, completar o reemplazar una oferta ya presentada en un mismo procedimiento de selección, se considerará como válida la última propuesta presentada en término. Si no se pudiera determinar cuál es la última oferta presentada en término, deberán desestimarse todas las ofertas presentadas por ese oferente.
4.- Cada oferente podrá participar en una sola oferta, ya sea por sí solo o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica. Se desestimarán aquellas ofertas en las que se pueda presumir de acuerdo a elementos objetivos que se transgrede la prohibición. Artículo 12 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales
ARTÍCULO N° 7: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS
Los oferentes deberán mantener sus ofertas por el término de 60 (sesenta) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo antes aludido se prorrogará en forma automática por un lapso igual a la inicial, salvo que el oferente manifieste en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento de la misma al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos y en estos casos se tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera de plazo fijado para realizar tal manifestación, o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, será pasible de las penalidades y/o sanciones contempladas en la normativa vigente, que resulten de aplicación. Para el caso que un oferente resuelva retirar o no renovar su oferta se incorpora formulario Anexo IV.
ARTÍCULO N° 8: REQUISITOS DE LAS OFERTAS
La oferta deberá ajustarse a lo dispuesto en el Art. 14 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Conjuntamente con la oferta económica y formando parte de la misma, los oferentes deberán presentar la siguiente información y/o documentación:
- La oferta deberá ser redactada en idioma nacional.
- Deberá contener detalle con los siguientes datos: RAZÓN SOCIAL, N° de CUIT, dirección, código postal, teléfono y CORREO ELECTRÓNICO donde se cursarán las comunicaciones.
Identificación del N° y Tipo de procedimiento, Objeto, Fecha y Hora de apertura, N° de Expediente.
- La oferta deberá estar firmada digitalmente en todas sus hojas, por apoderado o representante legal, acompañando documento que acredite la personería y facultades de dicho representante para suscribir los documentos que integran la propuesta.
Personas Físicas: copia fiel del documento de identidad.
Personas Jurídicas: copia fiel del documento de identidad del firmante y del acta constitutiva / estatuto /actas de asamblea / poder, según corresponda.
- Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas, si las hubiere, deberán estar salvadas por el firmante de la oferta.
- Deberán consignar domicilio electrónico y físico especial en la respectiva oferta. El mismo podrá constituirse en cualquier parte del territorio nacional o extranjero, en este último caso, siempre que no cuente con domicilio o representación legal en el país, situación que deberá acreditarse mediante declaración jurada. De no consignarse un domicilio especial en la respectiva oferta se tendrá por domicilio especial el declarado como tal en el Portal de Proveedores de la UNC.
- En caso de litigio, tanto la UNC como el oferente involucrado se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de Córdoba, República Argentina.
- Forma de cotización según pliego de especificaciones técnicas:
RENGLÓN N° 1: Operarios Permanentes: Cantidad: 3 (tres).
Se deberá cotizar:
- Costo mensual por los tres operarios permanentes (precio unitario).
- Precio total del renglón, resultante de multiplicar el valor hora hombre por la cantidad total de horas mensuales requeridas y por la cantidad de operarios.
- Total general de la oferta, sumando el importe correspondiente a este ítem.
- Se deberá especificar el valor de la hora hombre de este renglón.
- El monto total cotizado deberá ser IVA incluido y libre de cualquier gasto adicional. La Universidad Nacional de Córdoba reviste el carácter de IVA EXENTO – CUIT 30-54667062-3.
IMPORTANTE:
Todos los oferentes deberán cotizar obligatoriamente el valor hora hombre de un operario a Demanda, que preste servicios los días sábado en el rango horario de 7 a 14 horas, para las tareas especificadas en el presente pliego de especificaciones técnicas.
El valor cotizado para el operario a demanda NO integrará el monto mensual ni el total general de la oferta base a adjudicar. Esta cotización será considerada únicamente como precio referencial para eventuales contrataciones adicionales, que la Universidad podrá requerir a demanda, según necesidades operativas, durante la vigencia del contrato. La omisión en la cotización del valor hora hombre para este concepto será causal de desestimación de la oferta.
La adjudicación recaerá exclusivamente sobre el renglón que integra la prestación regular (Operarios Permanentes), aunque se considerará a los fines de la evaluación integral el precio ofrecido.
El valor ofrecido para el operario a demanda, no será objeto de adjudicación automática ni generará obligación de contratación alguna por parte de la Universidad Nacional de Córdoba y el pago del servicio correspondiente se realizará únicamente en caso de efectiva prestación del mismo, previa conformidad de la dependencia requirente y contra presentación de la factura correspondiente.
- Deberán estar acompañadas por:
a) Los interesados en participar de la presente, deberán realizar la INSCRIPCIÓN al Portal del Proveedor (SIU-Huarpe –Proveedores) accediendo al sitio de Internet:https://proveedores.huarpe.unc.edu.ar/proveedor/servicios/proveedores/inscripcion donde completarán la información requerida en los formularios de pre-inscripción, según el tipo de personería.
INSCRIPCIÓN. La pre-inscripción quedará en estado presentada y la Dirección General de Contrataciones de la UNC procederá a validar los datos. Si los datos se corresponden, incorporará al proveedor al Portal. Caso contrario, podrá requerir enmiendas, subsanaciones o modificaciones durante el proceso de evaluación según lo considere. VER PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN EN: https://www.unc.edu.ar/gestion/portal-de-proveedores
b) Al momento de presentar su oferta, y a los fines de verificar la habilidad para contratar con el Estado, los oferentes deberán consultar la existencia o no de incumplimientos ante ARCA, según lo establecido en el Artículo 3° de la Resolución General AFIP 4164-E/2017 o la que en el futuro la reemplace. Para ello deberán ingresar al Sistema Cuentas Tributarias y seleccionar en el menú la opción “Detalle de Deuda Consolidada” y, dentro de esta opción, el trámite “Consulta de deuda proveedores del estado”. Deberán verificar:
● Inexistencia de deudas líquidas y exigibles por obligaciones impositivas y/o de los recursos de la seguridad social, por un importe total igual o superior a $1.500.-.
● Cumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas determinativas impositivas y/o de los recursos de la seguridad social.
En todos los casos, el plazo del control corresponderá a los períodos vencidos durante el año calendario correspondiente a la fecha de la consulta, así como los vencidos en los 5 años calendarios anteriores.
- Consignar la situación ante el IVA y el impuesto a las Ganancias acompañando constancia otorgada por ARCA y constancia de inscripción al impuesto a los ingresos brutos.
- En el caso de Uniones Transitorias (UT), se deberá presentar además, la documentación solicitada en el Art. 14 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
- Declaración Jurada de Intereses; con carácter obligatorio, en los términos y con los alcances indicados en Decreto Nº 202/17 o las que en el futuro las reemplacen.
A los fines de la DDJJ de Intereses se indica:
-Nombre y cargo del funcionario con competencia para autorizar la convocatoria y elección del procedimiento, dejar sin efecto o declarar desierto: Sr. Decano Jorge Omar Dutto
-Nombre y cargo del funcionario para aprobar el procedimiento y adjudicar y declarar fracasado: Sr. Decano Jorge Omar Dutto.
- Las Declaraciones Juradas de Habilidad para Contratar y de Elegibilidad.
- Análisis de precio de la oferta con la máxima desagregación posible.
- Antecedentes, con datos comprobables por parte de la UNC, que acrediten la solvencia económica, moral y técnica del Oferente.
- Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos tres años.
- Declaración Jurada de que en el caso de resultar adjudicatario presentará todo lo concerniente a seguros de riesgo del trabajo, seguros de Incendio, destrucción total o parcial; responsabilidad civil hacia terceros.
- Convenio Colectivo de Trabajo y Escala Salarial vigente al momento de presentación de la oferta.
Los oferentes deberán tener en cuenta que el organismo podrá solicitar, durante el período de análisis de las ofertas, aclaraciones sobre algún detalle de la prestación, incluyendo la presentación de documentación complementaria, muestras, sin que ello represente costo adicional o causal de reclamo alguno.
ARTÍCULO N° 9: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deberán enviar conjuntamente con la oferta, garantía de mantenimiento de oferta, en la misma moneda en que se hubiere cotizado, equivalente al 5% del monto total de la oferta, en alguna de las formas establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales Art 41. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo inicial y sus eventuales renovaciones.
Solo se aceptará la forma del pagaré a la vista, cuando el mismo se encuentre suscripto por quienes tengan uso de la firma social o actuaren con poderes suficientes y cuando el monto de la garantía no supere la suma de Pesos $1.600.000 (un millón seiscientos mil).
La garantía que se instrumente mediante un pagaré deberá ceñirse a las siguientes pautas: I) El documento deberá ser librado por quien tenga uso de la firma social o actuare con poderes suficientes; II) Deberán aclararse las firmas con nombre y apellido, mediante sello o letra imprenta mayúscula legible y número de Documento Nacional de Identidad (DNI). III) En ningún caso se admitirán leyendas escritas con lápiz. IV) Los pagarés que se presenten como garantía de mantenimiento de oferta deberán tener como fecha de emisión el día de la apertura o anterior; IV) No deberá consignarse fecha de vencimiento, debiendo ser librado “a la vista”. Esta forma de garantía no es combinable con las restantes formas de garantía.
Cuando la garantía no fuera electrónica, el original o el certificado pertinente de la garantía individualizada en la oferta, deberá ser presentado en la Facultad de Ciencias Agropecuarias con autenticación de la firma por funcionario competente al efecto, entre el plazo que va desde la fecha y hora de apertura y hasta un plazo de DOS (2) días contados a partir del día hábil siguiente al del acto de apertura, debiendo indicarse en forma visible los datos del procedimiento de selección al que corresponda y la fecha y hora de apertura de las ofertas. Caso contrario la oferta será desestimada.
ARTÍCULO N° 10: MONEDA DE COTIZACIÓN
Las ofertas deberán ser presentadas en PESOS.
ARTÍCULO N° 11: APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de ofertas se efectuará por acto público a través del Sistema SIU Diaguita Compras, Contrataciones y Patrimonio en la hora y fecha establecida en el llamado.
Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora.
Importante: En forma electrónica se generará el acta de apertura de ofertas correspondiente que será difundida en el Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), a través del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES.
https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8.54305 056&ai=diaguita||110000003
VISTA DE LAS OFERTAS
Por el término de DOS (2) días, contados a partir del día siguiente al de la apertura, los oferentes que así lo requieran podrán tomar vista de los originales de las ofertas. A sus efectos deberán solicitar vista de las ofertas a la dirección de correo electrónico agro@compras.unc.edu.ar dentro del plazo establecido anteriormente.
ARTÍCULO N° 12: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
El análisis y estudio comparativo de las propuestas estará a cargo de una Comisión Evaluadora designada a tal efecto. La etapa de evaluación será confidencial, por lo cual no se concederá en esta etapa vista de las ofertas.
La Comisión Evaluadora seleccionará la mejor propuesta no sólo por criterios económicos, sino atendiendo a la totalidad de las condiciones técnicas de la oferta, la idoneidad del oferente, y toda otra particularidad que a criterio de tal Comisión implique una ventaja comparativa en beneficio de la UNC, criterios que se harán constar explícitamente en el correspondiente dictamen de preadjudicación.
La UNC se reserva el derecho de dejar sin efecto este procedimiento de selección de ofertas, en forma total o parcial, en cualquier momento previo al perfeccionamiento del contrato o emisión de órdenes de compras, sin lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
La UNC se reserva el derecho de considerar incumplimientos en contratos anteriores al momento de la evaluación de las ofertas, para lo cual consultará al REP UNC (Registro de Evaluación Proveedores de la UNC), siendo válida la consulta particular realizada por la UOC a otras Dependencias relativa al rendimiento e idoneidad, demostrada por las empresas en contrataciones previas.
La Comisión deberá emitir Dictamen, el que deberá contener como mínimo:
- Verificación del cumplimiento de los requisitos que deben cumplir las ofertas y los oferentes.
- Consulta a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero del cumplimiento del requisito de habilidad para contratar, debiendo considerarse las estipulaciones que al respecto prevé la Resolución General AFIP 4164-E/2017 o la que en el futuro la reemplace.
- Consulta al Portal de Proveedores de la UNC / Registro de Evaluación de Proveedores de la UNC.
- Consulta al Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
- Evaluación de todas las ofertas presentadas.
Si existieren ofertas inadmisibles explicará los motivos, si hubiera ofertas inconvenientes explicará los fundamentos para excluirlas del orden de mérito. Respecto de las ofertas admisibles y convenientes, determinará el orden de mérito. Se entenderá por oferta inadmisible aquella que no cumpla con los requisitos que deben cumplir las ofertas y los oferentes.
Se entenderá que una oferta es inconveniente cuando por razones de precio, financiación u otras cuestiones no satisfaga adecuadamente los intereses de la dependencia o contratante.
- Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento.
IMPORTANTE: La adjudicación se realizará por renglón.
ARTÍCULO N° 13: CAUSALES DE DESESTIMACIÓN
Serán causales de desestimación las establecidas en el artículo 69 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UNC.
Podrán subsanarse las ofertas que presenten alguno de los supuestos del artículo 70 Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UNC.
PAUTAS PARA LA INELEGIBILIDAD: Serán desestimadas las ofertas cuando se configure alguno de los supuestos establecidos en el Art. 71 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UNC.
ARTÍCULO N° 14: ERRORES DE COTIZACIÓN
Si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará éste último como precio cotizado.
Si el monto total de la oferta expresado en números no se correspondiera al monto expresado en letras, se tomará este último como precio cotizado.
ARTÍCULO N° 15: PRECIO VIL O PRECIO NO SERIO
La Comisión Evaluadora, o la Unidad Operativa de Contrataciones en los procedimientos donde no sea obligatorio la emisión del dictamen de evaluación, podrá solicitar informes técnicos cuando presuma fundadamente que la propuesta no podrá ser cumplida en la forma debida por tratarse de precios excesivamente bajos de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios de mercado y de la evaluación de la capacidad del oferente o bien cuando exista sospecha fundada de competencia desleal.
Cuando de los informes técnicos surja que la oferta no podrá ser cumplida o se verifique que la cotización es inferior al costo de producción, corresponderá la desestimación de la oferta en los renglones pertinentes, a menos que el oferente de que se trate brinde una razón justificada que, a su vez, sea consistente con los principios generales contemplados en el artículo 3° del Decreto Delegado N° 1023/01 y sus modificatorios.
A tales fines se podrá solicitar a los oferentes precisiones sobre la composición de su oferta que no impliquen la alteración de la misma.
ARTÍCULO N° 16: DESEMPATE DE OFERTAS
Se regirá por lo establecido en el Artículo 30 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
ARTÍCULO N° 17: MEJORA DE PRECIO
La mejora de precios sólo podrá tener lugar en los siguientes supuestos: 1) En pos de procurar el desempate de ofertas, en caso de igualdad de precios, de conformidad con lo establecido en el artículo precedente. 2) A los fines de mejorar la única oferta admisible o, en caso de existir más de una, el pedido de mejora sólo podrá recaer sobre la oferta admisible de más bajo precio, cuando el oferente sea a su vez hábil, elegible y la unidad académica o dependencia universitaria contratante lo estime oportuno y conveniente; 3) En los supuestos expresamente contemplados en el Manual de Procedimientos del Régimen de Contrataciones de la UNC.
Si el oferente intimado no accediera a mejorar el precio de su oferta, el organismo podrá rechazar la oferta por inconveniente. El oferente que se negare a mejorar el precio de su oferta no será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción.
La mejora de precios deberá ser remitida al correo electrónico institucional: agro@compras.unc.edu.ar , cumpliendo con las formalidades establecidas en el BFA (Blockchain Federal Argentina).
ARTÍCULO N° 18: COMUNICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN
El Dictamen será comunicado por correo electrónico, dentro de los dos días de emitido.
Asimismo será difundido en el Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), a través del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES o en el sitio de internet: https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8.54305056&ai=diaguita||110000003
IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN
El dictamen podrá ser impugnado dentro de los tres (3) días de su comunicación, previa integración de la garantía de impugnación, equivalente al 3% del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato, en la cuenta N°15702131912794 CBU N°0110213220021319127945, Banco de la Nación Argentina.
ARTÍCULO N° 19: ADJUDICACIÓN
La adjudicación será notificada al adjudicatario o adjudicatarios y al resto de los oferentes dentro de los tres (3) días de dictado el acto respectivo. Si se hubieran formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas, estas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. Podrá adjudicarse aun cuando se haya presentado una sola oferta.
NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
La orden de compra será notificada al adjudicatario dentro de los diez (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación y se producirá el perfeccionamiento del contrato.
El acto administrativo de finalización del procedimiento será difundido por la Unidad Operativa de Contrataciones en el Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), a través del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES. https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8.54305056&ai=diaguita||110000003 y en el Digesto Electrónico de la Universidad Nacional de Córdoba, http://www.digesto.unc.edu.ar/area/Facultadecienciasagropecuarias. Constituirá plena prueba de la notificación realizada y de su fecha el documento que en cada caso la registre.
ARTÍCULO N° 20: GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN
El cocontratante deberá integrar la garantía de cumplimiento de contrato equivalente al 10% del monto de contrato, dentro de los cinco (5) días de recibida la Orden de Compra, en alguna de las formas establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales Art 41.
ARTÍCULO N° 21: PLAZO DE EJECUCIÓN E INICIO DE LA PRESTACIÓN.
El plazo de ejecución del contrato de servicio será de 12 meses contados a partir del día siguiente de la notificación de la orden de compra a la firma adjudicataria. Fecha estimada de inicio: 19 de enero de 2026.
ARTÍCULO N° 22: ASPECTOS RELATIVOS AL PERSONAL
El Contratista, deberá previo a comenzar con la prestación del Servicio, presentar los datos de identificación de cada uno de los agentes que cumplirán el Servicio: Apellido y Nombre, Tipo y N° de Documento, CUIL y Certificado de Buena Conducta.- Asimismo, deberá informar de inmediato cualquier modificación que se produzca en la documentación y/o datos presentados.-
Previo a la toma inicial del Servicio y durante la prestación del mismo, procederá al relevo inmediato del personal que por causa justificada la Facultad solicitare su exclusión.-
La Facultad podrá solicitar a los efectos, todas las aclaraciones y/o ampliaciones que considere necesarias.-
Uniforme:
El personal que preste el Servicio deberá estar convenientemente uniformado con ropa que tenga impreso el nombre de la Empresa prestataria y gafete que contenga foto, datos de filiación y puesto de trabajo a fin de su identificación.-
Dotación de personal:
El Contratista, deberá asumir la responsabilidad total de las relaciones con el personal empleado en la prestación del servicio, cumpliendo para ello con las normas establecidas para el régimen del personal en relación de dependencia temporal o permanente, tanto como con los convenios colectivos de trabajo.-
Todo el personal afectado no tendrá en ningún caso relación de dependencia con la Universidad, corriendo por cuenta del adjudicatario, los Salarios, Seguros, Leyes Sociales y Previsionales y cualquier otra erogación sin excepción.-
Quedando debidamente establecido que la Universidad no asumirá responsabilidad alguna y estará desligada de todo conflicto o litigio entre El Contratista y su Personal, que éste ocupará para ejercer la actividad que se ha contratado.
-La Empresa deberá presentar; previo a iniciar las tareas, la siguiente documentación:
*Seguro de ART- Se deberá presentar el último pago y certificado de cobertura del personal que desempeñará las tareas, en original y copia para su certificación.
*Seguro de vida obligatorio detallando nómina de empleados.
-Última Declaración Jurada de aportes y contribuciones en sistema Previsional y pago de las mismas.
-En caso de reemplazo de alguno de los empleados designados la Empresa deberá previamente comunicarlo y cumplimentar con todas las exigencia ya detalladas.
-La lista solicitada deberá mantenerse actualizada por el tiempo que dure la prestación del servicio tanto por el personal afectado permanentemente como para el que eventualmente pudiera incorporarse en su reemplazo, dicho reemplazo deberá ser cubierto dentro de las 24 horas de producida la novedad.
-La Universidad se reserva el derecho de controlar el horario y la asistencia del personal que resulte adjudicatario.
-Todos los días se presentará el parte diario de las asistencias del personal, debiendo estar la cantidad establecida en la oferta.
-Se deberá designar un encargado quién controlará las tareas y a quien se le efectuarán los reclamos
ARTÍCULO N° 23: FACTURACIÓN
Mensualmente se deberá presentar la siguiente documentación a fin de recepcionar el pago correspondiente:
1) Factura
2) Constancia de Inscripción en ARCA, Rentas y Municipalidad.
3) Detalle por escrito de toda modificación (alta, baja y demás novedades) que se origine durante el período.
4) Constancia de pago de Haberes de empleados a mes vencido (firmada por c/u)
5) Planilla de horarios y descansos.
6) Formulario 931, de mes Facturado, presentado en ARCA con acuse de recibo.
7) Copia del último formulario 931 presentado y su comprobante de pago.
8) Certificado de cobertura de ART con el detalle del personal afectado.
9) Certificado de seguro de vida obligatorio con el detalle del personal afectado.
Toda la documentación firmada por (director, dueño, representante, etc.)
ARTÍCULO N° 24: RECEPCIÓN
La conformidad de la recepción se otorgará dentro del plazo de 10 (diez) días, a partir de la recepción de los bienes o servicios.
ARTÍCULO N° 25: FORMA DE PAGO
El pago se efectivizará a través de transferencias bancarias a nombre de la firma proveedora. La Universidad actuará como agente de retención impositivo, y deducirá previo a la emisión del mandamiento correspondiente, los impuestos al Valor agregado, a las Ganancias, a los Ingresos Brutos y a todo otro que correspondiere conforme a la aplicación de las Leyes Nacionales o Provinciales vigentes en la materia. La firma deberá adjuntar constancias de las exenciones (si las tuviere).
El plazo de pago será de: 5 (cinco) días hábiles desde que se haya prestado conformidad a la factura y documentación presentada.
ARTÍCULO N° 26: DOMICILIO DE PAGO Y RECEPCIÓN DE FACTURAS
Se establece como domicilio de pago el correspondiente a la Facultad de Ciencias Agropecuarias y como domicilio de presentación de facturas el correspondiente a Félix Marrone 746, Ciudad Universitaria, Córdoba.
ARTÍCULO N° 27: PENALIDADES Y SANCIONES
Todo daño que el adjudicatario ocasione al organismo por incumplimiento de las obligaciones contractuales y el no cumplimiento de las Normas de Orden Público vinculantes, será descontado del abono mensual.
Ante negligencias reiteradas y/o incumplimiento reiterado de alguna de las obligaciones contraídas, se aplicará:
1- Primera sanción: una multa equivalente al 5% del costo mensual del servicio.
2- Segunda sanción: una multa equivalente al 10% del costo mensual del servicio.
3- Tercera sanción: una multa equivalente al 15% del costo mensual del servicio.
**Se deberá tener en cuenta que el VALOR HORA HOMBRE cotizado será utilizado para penalizar a la empresa en caso de faltante de personal en el servicio y/o para ampliar el personal en caso de necesidad del contratante.
ARTÍCULO N° 28: CESIÓN O SUBCONTRATACIÓN
Queda prohibida la cesión del contrato, sin la previa autorización fundada de la misma autoridad que dispuso su adjudicación. El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. Se deberá verificar que el cesionario cumpla con todos los requisitos de la convocatoria a ese momento, como al momento de la cesión. En caso de cederse sin mediar dicha autorización, la unidad académica o dependencia universitaria contratante podrá rescindir de pleno derecho el contrato por culpa del cocontratante con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato.
Queda prohibida la subcontratación del objeto principal del contrato, sin la previa autorización fundada de la misma autoridad que dispuso su adjudicación.
Toda tercerización, subcontratación, delegación o interposición en contravención a la prohibición precedente determinará la responsabilidad solidaria del contratante y del/los tercero/s por las obligaciones emergentes del contrato.
ARTÍCULO N° 29: RENEGOCIACIÓN DE CONTRATO
Por tratarse la presente licitación de la prestación de un servicio de cumplimiento sucesivo, se reconoce la posibilidad de renegociación contractual cuando, durante la vigencia del contrato, se produzcan modificaciones salariales obligatorias derivadas de nuevos acuerdos paritarios homologados en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) aplicable a la actividad, con posterioridad que incidan en la estructura de costos originalmente prevista por el adjudicatario.
La renegociación podrá ser solicitada por el cocontratante cuando se verifique que:
- Se ha dictado y homologado un nuevo acuerdo paritario que modifique los salarios básicos, adicionales o cualquier otro concepto remunerativo obligatorio para el personal afectado a la prestación del servicio, conforme el CCT vigente para la actividad de limpieza.
- Dicha modificación implique una alteración significativa y sobreviniente en la ecuación económico-financiera del contrato, no prevista al momento de la oferta.
El cocontratante deberá presentar ante la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC) una solicitud fundada de renegociación, acompañando:
- Copia del acuerdo paritario homologado.
- Liquidación comparativa detallada que refleje el impacto económico de la nueva escala salarial sobre el costo total del servicio contratado.
- Nómina del personal afectado y su encuadramiento convencional.
La UOC, con intervención del área técnica y legal correspondiente, verificará:
- La procedencia formal y material del pedido.
- La razonabilidad del cálculo presentado.
- La correspondencia entre el personal declarado y el servicio efectivamente prestado.
La autoridad competente, conforme el Régimen de Competencias y Montos (Anexo III), resolverá sobre la procedencia y alcance de la adecuación contractual, emitiendo el acto administrativo correspondiente.
La adecuación del precio contractual tendrá efectos a partir de la fecha de entrada en vigencia del nuevo acuerdo paritario, salvo disposición expresa en contrario.
La modificación será proporcional al impacto real y documentado sobre los costos salariales directos e indirectos derivados del CCT.
No se reconocerán ajustes retroactivos por períodos anteriores a la presentación formal del pedido, salvo que medie disposición legal o reglamentaria expresa.
La renegociación sólo procederá respecto de los conceptos salariales obligatorios y sus cargas sociales, excluyéndose otros rubros no vinculados directamente a las paritarias.
No se admitirán ajustes automáticos ni indexaciones generales, debiendo tramitarse cada adecuación conforme el procedimiento aquí previsto.
ARTÍCULO N° 30: REGISTRO DE EVALUACIÓN DE PROVEEDORES
El desempeño del adjudicatario será evaluado y calificado en el REGISTRO DE EVALUACIÓN DE PROVEEDORES de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA, teniendo en cuenta las condiciones requeridas en el presente Pliego de Bases y Condiciones.
ANEXO I
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LEGISLACIÓN LABORAL VIGENTE
C.U.I.T.: ……………………………
Razón Social o Nombre Completo: …………………………………………………………………..
El que suscribe…………………………………………………., D.N.I. N° ……………………….., con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO que la persona jurídica de razón social ……..………………………………………..……………………., cumple con la legislación laboral vigente, en especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia de trabajo infantil.
Lugar y Fecha:…………………………………………………………………..…..
FIRMA:
…………………………………
ACLARACIÓN:
…………………………………
ANEXO II
DECLARACIÓN JURADA DE ELEGIBILIDAD
C.U.I.T.: ……………………………
Razón Social o Nombre Completo: …………………………………………………………………..
El que suscribe…………………………………………………., D.N.I. N° ……………………….., con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO que la persona cuyos datos se detallan al comienzo, no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inelegibilidad previstas en el Artículo 71 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UNC aprobado por OCHS-2025-4-E-UNC-REC.
Lugar y Fecha:…………………………………………………………………..…..
FIRMA:
…………………………………
ACLARACIÓN:
…………………………………
ANEXO III
DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
C.U.I.T.: ……………………………
Razón Social o Nombre Completo: …………………………………………………………………..
El que suscribe…………………………………………………., D.N.I. N° ……………………….., con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO que la que la persona cuyos datos se detallan al comienzo, está habilitada para contratar con la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, HASTA TANTO SE DECLARE BAJO JURAMENTO LO CONTRARIO, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 27 del Decreto Delegado Nº 1.023/2001 y sus modificaciones y que no está incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en el artículo 28 del citado cuerpo legal.
Lugar y Fecha:…………………………………………………………………..…..
FIRMA:
…………………………………
ACLARACIÓN:
…………………………………
ANEXO IV
MANTENIMIENTO DE OFERTA
Referencia: Procedimiento (Indicar el tipo y número de procedimiento de selección que corresponda).
C.U.I.T.: ……………………………
Razón Social o Nombre Completo: …………………………………………………………………..
El que suscribe…………………………………………………., D.N.I. N° ……………………….., con poder suficiente para este acto, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UNC y en el artículo 13 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, manifiesto en forma expresa mi voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento de mi oferta al (indicar el período que corresponda. Por ejemplo: segundo período) en el procedimiento de la referencia.
Por el motivo expuesto, ese organismo deberá tenerla por retirada a la finalización del período en curso, excluyéndome de la compulsa pero sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta.
Lugar y Fecha:…………………………………………………………………..…..
FIRMA:
…………………………………
ACLARACIÓN:
…………………………………
ANEXO V
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona jurídica
Vínculos a declarar
¿Existen vinculaciones con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto n° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
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SI
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NO
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En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario, o por más de un socio o accionista, se deberá repetir la información que a A continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar.
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La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.
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Vínculo
Persona con el vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
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Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante)
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No se exige información adicional
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Representante legal
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Detalle nombres apellidos y CUIT
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Sociedad controlante
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Detalle Razón Social y CUIT.
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Sociedades controladas
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Detalle Razón Social y CUIT.
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Sociedades con interés directo en los resultados económicos o financieros de la declarante
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Detalle Razón Social y CUIT.
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Director
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Detalle nombres apellidos y CUIT
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Socio o accionista con participación en la formación de la voluntad social
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Detalle nombres apellidos y CUIT
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Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas a oferta pública
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Detalle nombres apellidos y CUIT
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Información adicional
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
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Honorable Consejo Superior
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Detalle nombres apellidos
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Rector
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Detalle nombres apellidos
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Decano
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Detalle nombres apellidos
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Secretario
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Detalle nombres apellidos
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Director
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Detalle nombres apellidos
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Autoridad de la Dependencia
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Detalle nombres apellidos
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(En caso de haber marcado Autoridad con rango inferior con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
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Nombres
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Apellidos
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CUIT
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Cargo
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Jurisdicción
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Información adicional
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
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Sociedad o comunidad
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Detalle Razón Social y CUIT.
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Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad
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Detalle qué parentesco existe concretamente.
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Pleito pendiente
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Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes.
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Ser deudor
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Indicar motivo de deuda y monto.
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Ser acreedor
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Indicar motivo de acreencia y monto.
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|
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario
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Indicar tipo de beneficio y monto estimado.
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Amistad pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato
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|
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.
Firma Aclaración Fecha y lugar
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona Física
Vínculos a declarar
¿Existen vinculaciones con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto n° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
|
SI
|
|
NO
|
|
|
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario, o por más de un socio o accionista, se deberá repetir la información que a A continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar.
|
La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.
|
Vínculo
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
|
Honorable Consejo Superior
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Detalle nombres apellidos
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Rector
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Detalle nombres apellidos
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|
Decano
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Detalle nombres apellidos
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Secretario
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Detalle nombres apellidos
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Director
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Detalle nombres apellidos
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Autoridad de la Dependencia
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Detalle nombres apellidos
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(En caso de haber marcado Autoridad con rango inferior con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
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Nombres
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|
Apellidos
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|
CUIT
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|
|
Cargo
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|
|
Jurisdicción
|
|
Información adicional
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
|
Sociedad o comunidad
|
|
Detalle Razón Social y CUIT.
|
|
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad
|
|
Detalle qué parentesco existe concretamente.
|
|
Pleito pendiente
|
|
Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes.
|
|
Ser deudor
|
|
Indicar motivo de deuda y monto.
|
|
Ser acreedor
|
|
Indicar motivo de acreencia y monto.
|
|
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario
|
|
Indicar tipo de beneficio y monto estimado.
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|
Amistad pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato
|
|
|
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.
Firma Aclaración Fecha y lugar
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