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ARTÍCULO N° 1: NORMATIVA APLICABLE
El procedimiento de selección de ofertas se regirá por las disposiciones legales vigentes, Decreto Nº 1023/2001 y sus modificatorios y complementarios, por el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UNC aprobado por OCHS-2025-4-EUNC- REC y las normas que se dicten en consecuencia, Manual de Procedimientos del Régimen de Contrataciones de la UNC, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y sus modificaciones, el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Resolución SPGI
159/2012 o las que en el futuro las reemplacen. Las mismas podrán ser consultadas en infoleg.gob.ar y en el sitio de Internet https://www.unc.edu.ar consultando las pestañas tituladas “Gestión” “Dirección General de Contrataciones” “Procedimientos Licitatorios” “Normativa” Normativa
https://www.unc.edu.ar/gestion-direccion-general-de-cont rataciones/normativa-licitaciones
En ningún caso podrá alegarse su desconocimiento.
ARTÍCULO N° 2: REGISTRO DE USUARIOS
Aquellos interesados en ofertar, deberán completar el formulario de Pre – Inscripción del Portal del Proveedor de la UNC (SIU Huarpe - Proveedores), cuyo sitio de internet es https://proveedores.huarpe. unc.edu.ar/proveedor/servicios/proveedores/inscripcion por cuanto con la inscripción se realiza la asignación de usuarios para que puedan participar en los procedimientos de selección que se efectúan a través del Sistema SIU Diaguita Compras, Contrataciones y Patrimonio.
Para mayor información se sugiere consultar los instructivos disponibles en el sitio
https://www.unc.edu.ar/gestion/portal-de-proveedores
ARTÍCULO N° 3: CÓMPUTO DE PLAZOS – NOTIFICACIONES
En los procedimientos de selección de compras y contrataciones de la UNC, para la notificación de sus distintas instancias, se aplicarán las pautas establecidas en la normativa citada al Artículo 1 y las estipuladas en el presente pliego, no siendo de aplicación cualquier norma que en el ámbito universitario se oponga a las mismas, por tratarse éste de un procedimiento especial.
Todos los plazos establecidos en el presente pliego se computarán en días hábiles administrativos, salvo que en el mismo se disponga expresamente lo contrario.
Las notificaciones que realice esta entidad contratante por correo electrónico serán realizadas desde la dirección contrataciones@quimicas.unc.edu.ar al domicilio electrónico especial declarado por los postulantes.
Dicha notificación se considerará realizada el mismo día en que conste realizado su envío.
Cuando se trate de un acto de alcance general, entendiendo por tal aquel que va dirigido a sujetos indeterminados, su notificación se entenderá realizada el día de su difusión en el sitio de internet del Sistema SIU Diaguita Compras, Contrataciones y Patrimonio.
Se recomienda a los interesados revisar periódicamente el Portal de Proveedores de la UNC y Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA) para informarse de las novedades vinculadas a las etapas, desarrollo del proceso de contratación electrónica y demás información relevante.
El domicilio electrónico especial declarado al realizar la preinscripción será válido para la notificación de dichas etapas.
ARTÍCULO N° 4: VISTA Y DESCARGA DE PLIEGOS
Cualquier persona podrá tomar vista y descargar el pliego en el Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), a través del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES
https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8.54305056& ai=diaguita||110000003
Asimismo podrá tomar vista y descargar el pliego a través del Portal del Proveedor de la UNC (SIU Huarpe - Proveedores)
https://proveedores.huarpe.unc.edu.ar/proveedor/servicios/proveedores/inscripcion
ingresando con el usuario y contraseña generado al registrarse como usuario, al Proceso de compra que corresponda, a partir de la difusión de la Convocatoria y hasta la fecha y hora del Acto de Apertura de las ofertas establecido para el presente procedimiento. Cuando esté habilitada esta funcionalidad en el Portal SIU Huarpe - Proveedores.
No será requisito para presentar ofertas, ni para la admisibilidad de las mismas, ni para contratar, haber descargado el pliego. No obstante quienes no lo hubiesen descargado, no podrán alegar el desconocimiento de sus cláusulas ni las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
Los interesados deberán revisar periódicamente el mencionado portal para informarse de las novedades vinculadas a las etapas, desarrollo del proceso de contratación y demás información relevante.
ARTÍCULO N° 5: CONSULTAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
Las consultas al pliego de bases y condiciones particulares deberán efectuarse por escrito a la dirección de correo electrónico:
contrataciones@quimicas.unc.edu.ar
Los Oferentes podrán realizar consultas previas a la presentación de las ofertas a fin de aclarar todos los detalles técnicos que pudieren no estar incluidos en el presente pliego. Las consultas técnicas aclaratorias se llevarán a cabo por el Área de Servicios Generales, Producción y Mantenimiento de la Facultad de Ciencias Químicas por lo que deberán comunicarse con la Sra. Mirta Vega, a la dirección de correo electrónico:
mvega@unc.edu.ar
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término.
Los Oferentes deberán realizar consultas previas a la presentación de las ofertas a fin de aclarar todos los detalles técnicos que pudieren no estar incluidos en el presente pliego.
El plazo para la solicitud de aclaraciones o consultas caducará 1 (un) día antes días antes de la fecha fijada para la apertura.
Visita de inspección: Los interesados deberán solicitar cita para inspeccionar los locales y sitios donde se realizará el servicio de limpieza solicitado, a fin de informarse de todas las características que hacen a las prestaciones de estos. A tal fin deberán comunicarse con el Área de Servicios Generales, Producción y Mantenimiento de la Facultad de Ciencias Químicas, con la Sra Mirta Vega, a la dirección de correo electrónico: mvega@unc.edu.ar o por WhatsApp al +54 9 351 6 50-0156 de 8:30 a 12:30 hs. y con el Área de Planeamiento, Infraestructura y Seguridad de la Facultad de Ciencias Químicas, con Arq. María Victoria Carnevale, al correo:
victoria.carnevale@unc.edu.ar o por WhatsApp al +54 9 3513 62-3093 de 9:00 a 13:00 hs. hrs. Una vez efectuada la inspección mencionada, se extenderá al interesado un certificado que la acredite. Tal certificado deberá ser incluido en la oferta con carácter obligatorio.
ARTÍCULO N° 6: CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS
La dependencia podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al pliego de bases y condiciones, de oficio ó como respuesta a consultas.
Las circulares aclaratorias podrán ser emitidas por el titular de la Unidad Operativa de Contrataciones y deberán ser comunicadas y difundidas con 2(dos) días de antelación a la fecha fijada para la presentación de ofertas.
Las circulares modificatorias deberán ser emitidas, difundidas, publicadas y comunicadas por UN (1) en los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el llamado original, con UN (1) día de anticipación a la fecha fijada para la presentación de ofertas.
Importante: Las Circulares Aclaratorias y Modificatorias serán difundidas y SOLO comunicadas a través del Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES y se entenderá publicado el mismo día en que tenga lugar su difusión.
https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8
.54305056&ai=diaguita||10000003
Los oferentes no podrán alegar desconocimiento de las circulares emitidas, razón por la cual corresponderá a los interesados ingresar al mencionado Portal, al procedimiento de selección de que se trate, a los fines de tomar conocimiento de las posibles circulares que se hubieran emitido.
ARTÍCULO N° 7: PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
1.- Las propuestas serán presentadas en lugar, día y hora que determine el presente pliego y aquellas que se presenten fuera del término previsto, serán rechazadas sin más trámite.
Considerando lo establecido en OCHS-2025-4-E-UNC-REC en su artículo 8, las ofertas DEBERÁN presentarse a la dirección de correo electrónico:
fcq@compras.unc.edu.ar
El oferente deberá generar su oferta económica y la documentación solicitada en Artículo N° 8 como un ÚNICO archivo pdf y sellarlo mediante la herramienta Sello de Tiempo 2.0 de BFA (Blockchain Federal Argentina) en https://bfa.escribanodigital.ar//tsaFrom#/. Este servicio generará el enlace de verificación que contiene el hash (código encriptado asociado a la oferta) el cual deberá ser enviado por correo electrónico a la dirección fcq@compras.unc.edu.ar antes del cumplimiento del plazo establecido para presentar la propuesta.
Cumplido el envío del hash y dentro del plazo establecido para la presentación de las ofertas, deberá enviar otro correo electrónico con el archivo pdf completo, el mismo no deberá sufrir ninguna modificación de contenido o nombre entre el momento en que se le estampó el sello de tiempo y el momento en que efectivamente se envía correo electrónico. (Ver instructivo adjunto).
Deberá indicarse en el mail los siguientes datos:
- Identificación del oferente,
- Identificación de la contratación: Nro. de Expediente, Número y Objeto de Contratación,
- Fecha y hora del acto de apertura de la misma,
Se entenderá por OFERTA tanto a la propuesta económica como así también a la documentación respaldatoria.
IMPORTANTE: No se considerará válida la oferta que no haya sido registrada con el sello de tiempo de la BFA y no contenga el archivo pdf completo.
2.- La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rijan el procedimiento al que se presente, por lo cual no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la oferta.
3.- La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna en esencia de las propuestas después de esa circunstancia. Si en forma previa al vencimiento del plazo para presentar ofertas, un oferente quisiera corregir, completar o reemplazar una oferta ya presentada en un mismo procedimiento de selección, se considerará como válida la última propuesta presentada en
término. Si no se pudiera determinar cuál es la última oferta presentada en término, deberán desestimarse todas las ofertas presentadas por ese oferente.
4.- Cada oferente podrá participar en una sola oferta, ya sea por sí solo o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica. Se desestimarán aquellas ofertas en las que se pueda presumir de acuerdo a elementos objetivos que se transgrede la prohibición. Artículo 12 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
ARTÍCULO N° 8: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS
Los oferentes deberán mantener sus ofertas por el término de 30 (treinta) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo antes aludido se prorrogará en forma automática por un lapso igual a la inicial, salvo que el oferente manifieste en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento de la misma al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos y en estos casos se tendrá por retirada a la finalización del período indicado.
Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera de plazo fijado para realizar tal manifestación, o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, será pasible de las penalidades y/o sanciones contempladas en la normativa vigente, que resulten de aplicación. Para el caso que un oferente resuelva retirar o no renovar su oferta se incorpora formulario Anexo IV.
ARTÍCULO N° 9: REQUISITOS DE LAS OFERTAS
La oferta deberá ajustarse a lo dispuesto en el Art. 14 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Conjuntamente con la oferta económica y formando parte de la misma, los oferentes deberán presentar la siguiente información y/o documentación:
1. La oferta deberá ser redactada en idioma nacional.
2. Deberá contener detalle con los siguientes datos:
-RAZÓN SOCIAL,
-N° de CUIT,
-dirección, código postal,
-teléfono y
-CORREO ELECTRÓNICO donde se cursarán las comunicaciones,
-Identificación del N° y Tipo de procedimiento, Objeto, Fecha y Hora de apertura, N° de Expediente.
3. La oferta deberá estar firmada digitalmente en todas sus hojas, por apoderado o representante legal, acompañando documento que acredite la personería y facultades de dicho representante para suscribir los documentos que integran la propuesta.
-Personas Físicas: copia fiel del documento de identidad.
-Personas Jurídicas: copia fiel del documento de identidad del firmante y del acta constitutiva/ estatuto/ actas de asamblea/ poder, según corresponda.
4. Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas, si las hubiere, deberán estar salvadas por el firmante de la oferta.
5. Deberán consignar domicilio electrónico y físico especial en la respectiva oferta. El mismo podrá constituirse en cualquier parte del territorio nacional o extranjero, en este último caso, siempre que no cuente con domicilio o representación legal en el país, situación que deberá acreditarse mediante declaración jurada. De no consignarse un domicilio especial en la respectiva oferta se tendrá por domicilio especial el declarado como tal en el Portal de Proveedores de la UNC.
6. En caso de litigio, tanto la UNC como el oferente involucrado se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de Córdoba, República Argentina.
7. En la cotización se deberá consignar:
a. Precio unitario (con un máximo de 2 dígitos decimales) y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en las cláusulas particulares, el precio total del renglón en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la oferta expresado en letras y números, determinando la moneda de cotización fijada en pliego. Precio con IVA Incluido (Consumidor final). La Universidad Nacional de Córdoba reviste el carácter de IVA EXENTO – CUIT 30-54667062-3.
b. El precio cotizado será el precio final que deba pagar el organismo por todo concepto. No se admitirá bajo ningún concepto que contengan condiciones de reajuste según la variabilidad de la cotización de monedas extranjeras.
c. El proponente podrá cotizar por uno, varios o todos los renglones, con clara individualización de las prestaciones y alcances técnicos de los bienes y/o servicios solicitados.
d. Deberá indicar claramente, en los casos en que se efectúen ofertas alternativas, cuál es la oferta base y cuál la alternativa. En todos los casos deberá existir una oferta base.
8. Deberán estar acompañadas por:
a) Los interesados en participar de la presente, deberán realizar la INSCRIPCIÓN al Portal del Proveedor (SIU-Huarpe –Proveedores) accediendo al sitio de Internet:
https://proveedores.huarpe.unc.edu.ar/proveedor/servicios/proveedores/inscripcion
donde completarán la información requerida en los formularios de preinscripción, según el tipo de personería.
INSCRIPCIÓN. La pre-inscripción quedará en estado presentada y la Dirección General de Contrataciones de la UNC procederá a validar los datos. Si los datos se corresponden, incorporará al proveedor al Portal.
Caso contrario, podrá requerir enmiendas, subsanaciones o modificaciones durante el proceso de evaluación según lo considere.
VER PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN EN:
h t t p s : / / w w w . u n c . e d u . a r / g e s t i o n / p o r t a l - d e - p r o v e e d o r e s
b) Al momento de presentar su oferta, y a los fines de verificar la habilidad para contratar con el Estado, los oferentes deberán consultar la existencia o no de incumplimientos ante ARCA, según lo establecido en el Artículo 3° de la Resolución General AFIP 4164-E/2017 o la que en el futuro la reemplace.
Para ello deberán ingresar al Sistema Cuentas Tributarias y seleccionar en el menú la opción “Detalle de Deuda Consolidada” y, dentro de esta opción, el trámite “Consulta de deuda proveedores del estado”. Deberán verificar:
Inexistencia de deudas líquidas y exigibles por obligaciones impositivas y/o de los recursos de la seguridad social, por un importe total igual o superior a $1.500.-.
Cumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas determinativas impositivas y/o de los recursos de la seguridad social.
En todos los casos, el plazo del control corresponderá a los períodos vencidos durante el año calendario correspondiente a la fecha de la consulta, así como los vencidos en los 5 años calendarios anteriores.
c) Consignar la situación ante el IVA y el impuesto a las Ganancias acompañando constancia otorgada por ARCA y constancia de inscripción al impuesto a los ingresos brutos.
d) En el caso de Uniones Transitorias (UT), se deberá presentar además, la documentación solicitada en el Art. 14 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
e) Declaración Jurada de Intereses; con carácter obligatorio, en los términos y con los alcances indicados en Decreto Nº 202/17 o las que en el futuro las reemplacen.
A los fines de la DDJJ de Intereses se indica:
-Nombre y cargo del funcionario con competencia para autorizar la convocatoria y elección del procedimiento, dejar sin efecto o declarar desierto: Dra Silvia G. Correa.
-Nombre y cargo del funcionario para aprobar el procedimiento y adjudicar y declarar fracasado: Dra Silvia G. Correa.
f) Las Declaraciones Juradas de Habilidad para Contratar y de Elegibilidad.
g) MUESTRAS. De requerirse muestras en las Especificaciones Técnicas, las mismas serán individualizadas en la oferta y se deberán presentar en la Facultad de Ciencias Químicas hasta el momento límite para la presentación de las ofertas. Las muestras deberán indicar en forma visible los datos del procedimiento de selección al que correspondan y la fecha y hora de apertura de las ofertas. En el interior del sobre, caja o paquete que las contenga el oferente deberá consignar su nombre o razón social. Cuando
corresponda.
Los oferentes deberán tener en cuenta que el organismo podrá solicitar, durante el período de análisis de las ofertas, aclaraciones sobre algún detalle de la prestación, incluyendo la presentación de documentación complementaria, muestras, sin que ello represente costo adicional o causal de reclamo alguno.
h) ADJUNTAR análisis de precio de la oferta con la máxima desagregación posible.
i) Antecedentes, con datos comprobables por parte de la UNC, que acrediten la solvencia económica, moral y técnica del Oferente.
j) Inscripción en el Registro Público de Comercio, si correspondiera.
k) Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos tres años.
l) Declaración Jurada de que en el caso de resultar adjudicatario presentará todo lo concerniente a seguros de riesgo del trabajo, seguros de Incendio, destrucción total o parcial; responsabilidad civil hacia terceros.
ll) Certificado de visita al lugar o a las instalaciones objeto de la Contratación.
m) En caso de tratarse de una COOPERATIVAS DE TRABAJO, el oferente deberá acompañar:
a) Al momento de presentar su oferta:
a.1) Resolución nacional que autoriza a la Cooperativa a funcionar como tal y le otorga Nº de matrícula.Inscripción y Nº en el Registro permanente a cargo de la Subsecretaría de Cooperativas y Mutuales.
a.2) Últimos dos balances cerrados según Estatuto Social, correspondientes a los dos últimos ejercicios económicos anteriores a la fecha de acto de apertura del proceso de selección que se trate.
a.3) Constancia de pago de los últimos tres meses del monotributo de todos los asociados de la cooperativa.
a.4) Últimas dos Asambleas realizadas según Estatuto Social, correspondientes a los dos últimos ejercicios económicos anteriores a la fecha del acto de apertura del proceso de selección de que se trate, con notas de comunicación al organismo de contralor, previa y posterior a la realización de las mismas.
a.5) AFIP, CUIT, IVA, inscripción como agente retención, Monotributo, Fondo de educación y Capacitación Cooperativa, Ingresos Brutos, Municipalidad.
a.6) Contrato de seguro de accidentes personales en ocasión del trabajo y asistencia médico farmacéutica, por los montos que no podrán ser inferiores a los que establezcan las leyes aplicables a los trabajadores en general.
b) Al iniciar la prestación del servicio:
b.1) En relación con la empresa:
- Nómina de asociados a afectar al servicio.
- Constancia de pago en término del contrato de seguro de accidentes
personales en ocasión de trabajo.
b.2) En relación con el personal a trabajar en el establecimiento:
- Solicitud de admisión o ingreso como asociado, acta del Consejo de Administración que aprueba la admisión y libro de registro de asociado en el que consta la inclusión del asociado admitido.
- Comprobante de suscripción e integración del capital social.
- Notificación de convocatoria y asistencia a Asamblea Anual Ordinaria, si se hubiere realizado alguna desde su incorporación, o inmediatamente después que así sucediere y así sucesivamente.
- Constancia de inscripción del asociado como monotributista en la categoría que legalmente corresponda según el monto de anticipo de retorno que percibe mensualmente.
- Constancia de alta en el seguro de accidentes personales en ocasión de trabajo.
c) Durante la prestación del servicio y mes a mes, con la presentación de la facturación:
c.1) Recibos de anticipos de retornos pagados, correspondientes al mes anterior facturado.
c.2) Respecto del monotributo, DDJJ, pago e individualización de los asociados afectados al servicio, correspondiente al último período vencido.
c.3) Constancia de pago del seguro de accidentes personales en ocasión del trabajo.
n) Todas las empresas contratantes deberán cumplir con los Requisitos Higiene y Seguridad previstos en la Resolución del Honorable Consejo Superior 989/2009 o la que la reemplace en el futuro.
ñ) Garantía de Mantenimiento de la Oferta.
o) Plan de trabajos indicando la modalidad de los mismos, cantidad de personal, coordinación de horarios a efectos de poder evaluar la prestación del servicio.
p) Acta paritaria homologada vigente del sector (Empleados de empresas de limpieza, servicio y afines de Córdoba – SOELSAC) vigente al momento de apertura de sobres.
ACLARACIONES:
Los oferentes deberán tener en cuenta que el organismo podrá solicitar, durante el período de análisis de las ofertas, aclaraciones sobre algún detalle de la prestación, incluyendo la presentación de documentación complementaria, muestras, sin que ello represente costo adicional o causal de reclamo alguno.
ARTÍCULO N° 10: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deberán enviar conjuntamente con la oferta, garantía de mantenimiento de oferta, en la misma moneda en que se hubiere cotizado, equivalente al 5% del monto total de la oferta, en alguna de las formas establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales Art 41.
Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo inicial y sus eventuales renovaciones.
Solo se aceptará la forma del pagaré a la vista, cuando el mismo se encuentre suscripto por quienes tengan uso de la firma social o actuaren con poderes suficientes y cuando el monto de la garantía no supere la suma de $100.000.- (Pesos Cien Mil con 00/100).
La garantía que se instrumente mediante un pagaré deberá ceñirse a las siguientes pautas: I) El documento deberá ser librado por quien tenga uso de la firma social o actuare con poderes suficientes;
II) Deberán aclararse las firmas con nombre y apellido, mediante sello o letra imprenta mayúscula legible y número de Documento Nacional de Identidad (DNI).
III) En ningún caso se admitirán leyendas escritas con lápiz.
IV).Los pagarés que se presenten como garantía de mantenimiento de oferta deberán tener como fecha de emisión el día de la apertura o anterior;
IV) No deberá consignarse fecha de vencimiento, debiendo ser librado “a la vista”.
Esta forma de garantía no es combinable con las restantes formas de garantía.
Cuando la garantía no fuera electrónica, el original o el certificado pertinente de la garantía individualizada en la oferta, deberá ser presentado en la Facultad de Ciencias Químicas con autenticación de la firma por funcionario competente al efecto, entre el plazo que va desde la fecha y hora de apertura y hasta un plazo de DOS (2) días contados a partir del día hábil siguiente al del acto de apertura, debiendo indicarse en forma visible los datos del procedimiento de selección al que corresponda y la fecha y hora de apertura de las ofertas. Caso contrario la oferta será desestimada.
ARTÍCULO N° 11: MONEDA DE COTIZACIÓN
Las ofertas deberán ser presentadas en PESOS.
ARTÍCULO N° 12: APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de ofertas se efectuará por acto público a través del Sistema SIU Diaguita Compras, Contrataciones y Patrimonio en la hora y fecha establecida en el llamado.
Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora.
Importante: En forma electrónica se generará el acta de apertura de ofertas correspondiente que será difundida en el Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), a través del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES.
https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8
.54305056&ai=diaguita||110000003
VISTA DE LAS OFERTAS
Por el término de DOS (2) días, contados a partir del día siguiente al de la apertura, los oferentes que así lo requieran podrán tomar vista de los originales de las ofertas. A sus efectos deberán solicitar vista de las ofertas a la dirección de correo electrónico contrataciones@quimicas.unc.edu.ar dentro del plazo establecido anteriormente.
ARTÍCULO N° 13: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
El análisis y estudio comparativo de las propuestas estará a cargo de una Comisión Evaluadora designada a tal efecto. La etapa de evaluación será confidencial, por lo cual no se concederá en esta etapa vista de las ofertas.
La Comisión Evaluadora seleccionará la mejor propuesta no sólo por criterios económicos, sino atendiendo a la totalidad de las condiciones técnicas de la oferta, la idoneidad del oferente, y toda otra particularidad que a criterio de tal Comisión implique una ventaja comparativa en beneficio de la UNC, criterios que se harán constar explícitamente en el correspondiente dictamen de preadjudicación.
La Comisión aconsejará respecto de la aceptación de las propuestas, evaluando la que resulte más conveniente considerando no solamente el precio en moneda nacional (o sea pesos argentinos), sino el conjunto de la oferta. Las propuestas serán consideradas renglón por reglón o global según la conveniencia económica de la UNC (La UNC se reserva el derecho de adjudicar en forma total o parcial). Igualmente, podrán rechazarse todas las propuestas si se estimase que las mismas no responden a los requerimientos de la UNC, sin que ello genere derecho a reclamo de ninguna naturaleza.
Se utilizaran los siguientes Criterios de Evaluación:
1.- Características y capacidades del personal que prestara el servicio ofrecido.
2.- Indumentaria a ser utilizada por el personal (cumplimentando los aspectos de Seguridad Laboral).
3.- Propuesta de trabajo y posibilidad de mejoras.
4.- Referencias.
La UNC se reserva el derecho de considerar incumplimientos en contratos anteriores al momento de la evaluación de las ofertas, para lo cual consultará al REP UNC (Registro de Evaluación Proveedores de la UNC).
La Comisión deberá emitir Dictamen, el que deberá contener como mínimo:
a. Verificación del cumplimiento de los requisitos que deben cumplir las ofertas y los oferentes.
b. Consulta a la Administración Federal de Ingresos Públicos el cumplimiento del requisito de habilidad para contratar, debiendo considerarse las estipulaciones que al respecto prevé la Resolución General AFIP 4164-E/2017 o la que en el futuro la reemplace.
c. Consulta al Portal de Proveedores de la UNC.
d. Consulta al Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
e. Evaluación de todas las ofertas presentadas.
Si existieren ofertas inadmisibles explicará los motivos, si hubiera ofertas inconvenientes explicará los fundamentos para excluirlas del orden de mérito.
Respecto de las ofertas admisibles y convenientes, determinará el orden de mérito.
Se entenderá por oferta inadmisible aquella que no cumpla con los requisitos que deben cumplir las ofertas y los oferentes.
Se entenderá que una oferta es inconveniente cuando por razones de precio, financiación u otras cuestiones no satisfaga adecuadamente los intereses de la dependencia o contratante.
f. Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento.
IMPORTANTE: La adjudicación se realizará por renglón.
ARTÍCULO N° 14: CAUSALES DE DESESTIMACIÓN
Serán causales de desestimación las establecidas en el artículo 69 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UNC.
Podrán subsanarse las ofertas que presenten alguno de los supuestos del artículo 70 Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UNC.
PAUTAS PARA LA INELEGIBILIDAD: Serán desestimadas las ofertas cuando se configure alguno de los supuestos establecidos en el Art. 71 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UNC.
ARTÍCULO N° 15: ERRORES DE COTIZACIÓN
Si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará éste último como precio cotizado.
Si el monto total de la oferta expresado en números no se correspondiera al monto expresado en letras, se tomará este último como precio cotizado.
ARTÍCULO N° 16: PRECIO VIL O PRECIO NO SERIO
La Comisión Evaluadora, o la Unidad Operativa de Contrataciones en los procedimientos donde no sea obligatorio la emisión del dictamen de evaluación, podrá solicitar informes técnicos cuando presuma fundadamente que la propuesta no podrá ser cumplida en la forma debida por tratarse de precios excesivamente bajos de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios de mercado y de la evaluación de la capacidad del oferente o bien cuando exista sospecha fundada de competencia desleal.
Cuando de los informes técnicos surja que la oferta no podrá ser cumplida o se verifique que la cotización es inferior al costo de producción, corresponderá la desestimación de la oferta en los renglones pertinentes, a menos que el oferente de que se trate brinde una razón justificada que, a su vez, sea consistente con los principios generales contemplados en el artículo 3° del Decreto Delegado N° 1023/01 y sus modificatorios.
A tales fines se podrá solicitar a los oferentes precisiones sobre la composición de su oferta que no impliquen la alteración de la misma.
ARTÍCULO N° 17: DESEMPATE DE OFERTAS
Se regirá por lo establecido en el Artículo 30 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
ARTÍCULO N° 18: MEJORA DE PRECIO
La mejora de precios sólo podrá tener lugar en los siguientes supuestos:
1) En pos de procurar el desempate de ofertas, en caso de igualdad de precios, de conformidad con lo establecido en el artículo precedente.
2) A los fines de mejorar la única oferta admisible o, en caso de existir más de una, el pedido de mejora sólo podrá recaer sobre la oferta admisible de más bajo precio, cuando el oferente sea a su vez hábil, elegible y la unidad académica o dependencia universitaria contratante lo estime oportuno y conveniente;
3) En los supuestos expresamente contemplados en el Manual de Procedimientos del Régimen de Contrataciones de la UNC.
Si el oferente intimado no accediera a mejorar el precio de su oferta, el organismo podrá rechazar la oferta por inconveniente. El oferente que se negare a mejorar el precio de su oferta no será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción.
La mejora de precios deberá ser remitida al correo electrónico institucional:
fcq@compras.unc.edu.ar, cumpliendo con las formalidades establecidas en el BFA (Blockchain Federal Argentina).
ARTÍCULO N° 19: COMUNICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN
El Dictamen será comunicado por correo electrónico, dentro de los 2 (dos) días de emitido.
Asimismo será difundido en el Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), a través del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES o en el sitio de internet:
https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8
.54305056&ai=diaguita||110000003
IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN
El dictamen podrá ser impugnado dentro de los tres (3) días de su
comunicación, previa integración de la garantía de impugnación, equivalente
al 3% del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se
hubiere aconsejado adjudicar el contrato, mediante depósito o transferencia
Impreso el 04/09/2025 SIU-Diaguita UNC Página 17 de 29
UOC: FACULTAD DE CIENCIAS QUIMICAS
bancaria en la cuenta 1570- 21319115/79 (CBU 0110213220021319115795 - CUIT 30-54667062-3) del Banco de la Nación Argentina. La presentación deberá realizarse al mail contrataciones@quimicas.unc.edu.ar adjuntando comprobante de depósito o transferencia y nota en archivo pdf consignando además de la impugnación, los siguientes datos: -Razón Social CUIT -Identificación de la contratación: Nro. de Expediente Electrónico, Número y Objeto de Contratación
ARTÍCULO N° 20: ADJUDICACIÓN
La adjudicación será notificada al adjudicatario o adjudicatarios y al resto de los oferentes dentro de los tres (3) días de dictado el acto respectivo. Si se hubieran formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas, estas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
Podrá adjudicarse aun cuando se haya presentado una sola oferta.
NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
La orden de compra será notificada al adjudicatario dentro de los diez (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación y se producirá el perfeccionamiento del contrato.
El acto administrativo de finalización del procedimiento será difundido por la Unidad Operativa de Contrataciones en el Portal de Compras Públicas del Sistema de Información Universitaria (SIU DIAGUITA), a través del sitio de internet de la Universidad Nacional de Córdoba, link LICITACIONES:
https://diaguita.unc.edu.ar/spgi/diaguita/aplicacion.php?ah=st5dfcf4669b9aa8
.54305056&ai=diaguita||110000003
y en el Digesto Electrónico de la Universidad Nacional de Córdoba, http://www.digesto.unc.edu.ar/area/(Dependencia). Constituirá plena prueba de la notificación realizada y de su fecha el documento que en cada caso la registre.
2-Prorroga: El contrato podrá renovarse siempre que se realice con acuerdo de partes y bajo las mismas condiciones pactadas originariamente.
ARTÍCULO N° 21: GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN
El cocontratante deberá integrar la garantía de cumplimiento de contrato equivalente al 10% del monto de contrato, dentro de los cinco (5) días de recibida la Orden de Compra, en alguna de las formas establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales Art 41.
ARTÍCULO N° 22: PLAZO DE EJECUCION:
Será por el término de doces (12) meses a partir de la Adjudicación o desde
la fecha que se indique en oportunidad de la misma.
El contrato podrá renovarse siempre que se realice con acuerdo de partes y
bajo las mismas condiciones pactadas originariamente.
SERVICIOS EVENTUALES:
En casos eventuales la Facultad podrá requerir a la firma adjudicataria, la prestación del servicio en días y horarios diferentes a los estipulados en el presente pliego (días hábiles, días no hábiles, horas nocturnas etc.) comunicación que se efectuará con una antelación de 48 horas.
ARTÍCULO N° 23: FORMA DE PAGO
El pago se efectivizará a través de transferencias bancarias a nombre de la firma proveedora. La Universidad actuará como agente de retención impositivo, y deducirá previo a la emisión del mandamiento correspondiente, los impuestos al Valor agregado, a las Ganancias, a los Ingresos Brutos y a todo otro que correspondiere conforme a la aplicación de las Leyes Nacionales o Provinciales vigentes en la materia. La firma deberá adjuntar
constancias de las exenciones (si las tuviere).
El plazo de pago será de 7 (siete) días hábiles administrativos desde que se haya prestado conformidad a la factura y documentación presentada.
Se entiende que se ha prestado conformidad: una vez recibida por AEF el Acta de Recepción Definitiva, previamente:
- verificado el servicio, por el Área de Servicios Generales, Mantenimiento y Producción (ASGMyP) y por el Área de Planeamiento, Infraestructura y Seguridad (APIS) o quien la autoridad designe, con un detalle debidamente conformado por el supervisor donde figuren las horas cumplimentadas, personal afectado y actividades realizadas, cada mes, como así también una vez verificado el cumplimiento de los requisitos de la Res HCS 989/09 y
demás requisitos solicitados en el presente pliego.
La Facultad abonará a la Empresa el valor de la HORA/HOMBRE trabajada, según liquidación a presentar por el/los representantes legales de la Empresa adjudicataria en forma mensual. Dicha retribución es por todo concepto, asumiendo “EL PROVEEDOR” la responsabilidad de los salarios de su personal, con cargas sociales y previsionales previstos por la Ley, de todo lo cual queda expresamente liberada LA UNIVERSIDAD, ya que dicho personal no tiene ningún tipo de relación laboral con LA UNIVERSIDAD.
ARTÍCULO N° 24: RECEPCIÓN
El servicio se recibirán con carácter provisional y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a la conformidad de la recepción.
La conformidad de la recepción se otorgará dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, a partir de la recepción de los bienes o servicios.
ARTÍCULO N° 25: DOMICILIO DE PAGO Y RECEPCIÓN DE FACTURAS
Se establece como domicilio de pago el correspondiente a Facultad de Ciencias QuÍmicas: Medina Allende esquina Haya de la Torre. Los pagos serán efectuados mediante transferencia bancara y como domicilio de presentación de facturas: a los siguientes mails: a cyanover@unc.edu.ar o al que en el futuro se indique.
ARTÍCULO N° 26: REGISTRO DE EVALUACIÓN DE PROVEEDORES
El desempeño del adjudicatario será evaluado y calificado en el REGISTRO DE EVALUACIÓN DE PROVEEDORES de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA, teniendo en cuenta las condiciones requeridas en el presente Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO N° 27: CESIÓN O SUBCONTRATACIÓN
Queda prohibida la cesión del contrato, sin la previa autorización fundada de la misma autoridad que dispuso su adjudicación. El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. Se deberá verificar que el cesionario cumpla con todos los requisitos de la convocatoria a ese momento, como al momento de la cesión. En caso de cederse sin mediar dicha autorización, la unidad académica o dependencia universitaria contratante podrá rescindir de pleno derecho el contrato por culpa del cocontratante con pérdida de la garantía de
cumplimiento del contrato.
Queda prohibida la subcontratación del objeto principal del contrato, sin la previa autorización fundada de la misma autoridad que dispuso su adjudicación.
Toda tercerización, subcontratación, delegación o interposición en contravención a la prohibición precedente determinará la responsabilidad solidaria del contratante y del/los tercero/s por las obligaciones emergentes del contrato.
ARTÍCULO N° 28: PENALIDADES Y SANCIONES
Se aplicarán las previstas en el artículo 58 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
ARTÍCULO N° 29: RENEGOCIACION:
En los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de entrega diferida y en los de prestación de servicios se podrá solicitar la renegociación de los precios adjudicados cuando circunstancias externas y sobrevinientes afecten de modo decisivo el equilibrio contractual. El procedimiento de renegociación se iniciará ante la UOC y a solicitud del
proveedor. Para que resulte procedente el análisis de la recomposición contractual, deviene indispensable la presentación por parte del solicitante de una descripción del impacto producido por la citada medida, con la explicación circunstanciada de la afectación que la misma haya tenido sobre las obligaciones a su cargo. A tal fin el proveedor deberá acreditar el acaecimiento de circunstancias externas e imprevisibles, sobrevinientes a la celebración del contrato, que hayan alterado de modo decisivo el equilibrio contractual, tornando excesivamente onerosas las prestaciones a su cargo.
Deberá acompañar la documentación pertinente y/u ofrecer los demás medios de prueba que a tal fin considere necesarios, junto a una explicación circunstanciada de la afectación que las mismas pudieron haber tenido sobre las obligaciones que sobre él recaen, en pos de que sea posible constatar la relación de causalidad entre el hecho perturbador y el desequilibrio del contrato. A partir del cumplimiento de dichos presupuestos, corresponderá a las áreas pertinentes de las unidades académicas o dependencias universitarias (Unidades Operativas de Contrataciones y área Legal) determinar si los hechos alegados por el requirente provocaron una alteración grave en la economía del contrato. En los casos en que el reclamo de recomposición se fundamente en aumentos salariales acordados por
paritarias, el proveedor deberá acreditar, en primer lugar, que se encuentra alcanzado por el convenio colectivo o acuerdo gremial que invoca, así como también que dicho convenio o nuevo acuerdo salarial provocó la alteración o la ruptura de la ecuación económica financiera del contrato de que se trate.
Finalmente, deberá verificarse que el proveedor haya realizado efectivamente el pago de los conceptos salariales que alega para solicitar la recomposición del contrato. En el supuesto de hacerse lugar al pedido de renegociación, la misma deberá calcularse bajo el principio de sacrificio compartido y desde el momento en que el proveedor realiza el reclamo, no en forma retroactiva.
La Dirección General de Contrataciones, analizará la procedencia del pedido.
El dictado del Acto Administrativo de acogimiento o rechazo estará a cargo de la autoridad que adjudicó el procedimiento original, con intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos.
La formalización del trámite se llevará a cabo mediante la firma de una Adenda al contrato original, donde se deberá incluir una cláusula especial, requiriéndose la renuncia expresa del proveedor a formular cualquier reclamo vinculado a la ejecución del contrato renegociado. Debiendo requerirse además la integración de la garantía de cumplimiento del contrato por el nuevo monto aprobado.
ARTÍCULO N° 30: El adjudicatario deberá cumplimentar los requisitos exigidos en la Resolución HCS 989/09.
ARTÍCULO N° 31: ADJUDICATARIO: El Oferente que resulte adjudicatario del Servicio, se compromete a cumplimentar todos aquellos aspectos inherentes al mismo, además de los que a continuación se detallan:
• Dotación del Personal, la empresa adjudicataria deberá entregar a la Universidad siete (7) días antes de hacerse cargo de los trabajos, una lista o nómina del personal que afectará a los mismos, en la que conste:
• Apellidos y Nombres completos
• Tipo y número de documento de identidad
• Domicilio actualizado
• Certificado de Buena Conducta expedido por autoridad policial competente,
y
• Fotocopia autenticada de libreta sanitaria.
• Certificado de Buena Salud.
• Copia de la Documentación de inscripción en AFIP del personal, alta,
ART(Se deberá presentar el último pago y certificado de cobertura del
personal que desempeñará las tareas, en original y copia para su
certificación) , etc.,
• Copia de recibo de haberes, CUIL, aportes provisionales a SUSS.
• Seguro de vida obligatorio: detallando nómina de empleados.
• La Facultad de Ciencias Químicas podrá solicitar a los efectos, todas las
aclaraciones y/o
ampliaciones de informes que considere necesarios.
• Última declaración jurada de aportes y contribuciones en sistema
Previsional y pago de las mismas.
• El personal asignado al servicio, deberá ser permanente, solo se realizarán cambios solicitados por la Facultad de Ciencias Químicas
• Previo a la toma inicial del servicio, como durante la ejecución del contrato, personal que por causa justificada la Facultad de Ciencias Químicas solicitare su exclusión.
• En caso de reemplazo de alguno de los empleados designados la Empresa deberá previamente comunicarlo y cumplimentar con todas las exigencia ya detalladas. La lista solicitada deberá mantenerse actualizada por el tiempo que dure la prestación del servicio tanto por el personal afectado permanentemente como para el que eventualmente pudiera incorporarse en su reemplazo, dicho reemplazo deberá ser cubierto dentro de las 24 horas de producida la novedad. Esta documentación deberá reservarse en el Organismo en que se efectúe la prestación.
• El adjudicatario deberá asumir la responsabilidad total de las relaciones con el personal empleado para la prestación del servicio, cumpliendo para ello con las normas establecidas para el régimen del personal en relación de dependencia temporal o permanente, tanto como con los convenios colectivos de trabajo. Todo el personal afectado no tendrá en ningún caso relación de dependencia con la Universidad, corriendo por cuenta del adjudicatario, los Salarios, Seguros, Leyes Sociales y Previsionales y cualquier otra erogación sin excepción.
Quedando debidamente establecido que la Universidad no asumirá responsabilidad alguna y estará desligada de todo conflicto o litigio entre el adjudicatario y el personal que éste ocupara para ejercer la actividad que se ha contratado.
• En caso de enfermedad o algún otro hecho que pudiere acontecer que implique la ausencia del personal la empresa locataria, deberá reemplazar en forma inmediata al personal ausente por otro igualmente capacitado en las funciones, sin costo adicional alguno. Este reemplazante deberá contar con los antecedentes policiales y seguros actualizados, idem a los solicitados para todo el personal.
• El personal que se designe a esta Facultad deberá ser seleccionado teniendo en cuenta:
* nivel educativo: como mínimo se requiere estudio secundario completo.
* edad: deberá oscilar (preferentemente) dentro de un rango de 30 a 45 años de edad.
* experiencia comprobable.
* habilidades: cumplimento de cronograma de servicios, cumplimiento de normas y procedimientos de la actividad, presentación personal prolija (aseo e higiene en su persona, cabellera y ropa, pelo corto, etc.), buena dicción sentido de urgencia, comunicación eficaz y rápida con supervisores, conciencia de trabajo en equipo.
• La empresa adjudicataria tendrá a su cargo con exclusiva relación de dependencia al personal que deberá atender todas las tareas concernientes a la prestación del servicio licitado.
• Asume la empresa adjudicataria total responsabilidad en cuanto a la selección de su personal para las funciones que se requieren, como así también las remuneraciones y obligaciones laborales de previsión y seguridad social, derivadas de la relación de dependencia.
• Cumplimentar todas las inscripciones y disposiciones nacionales, provinciales y municipales, que regulen este tipo de servicios.
• Sin perjuicio de lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas, respecto de los horarios en que deben brindarse las prestaciones, si por razones técnicas, de mejor servicio y/u operativas, resulte necesario modificarlo, ello se comunicará al adjudicatario en forma fehaciente con 48 hs. de anticipación, quien se compromete a cumplir, sea esta modificación temporaria o permanente.
• La empresa adjudicataria no podrá subcontratar con terceros la prestación del servicio.
• Se establecerá una metodología de control de las tareas y registro de comunicaciones. La empresa designará personal encargado, en el número apropiado según la amplitud de las tareas a realizar, el cual será responsable del control de la asistencia, así como de la correcta realización de las tareas asignadas. Dicho encargado, será el nexo en la relación con la Universidad a través de la persona que esta designe a tal efecto.
• La Facultad se reserva el derecho de controlar el horario y la asistencia del personal que resulte adjudicatario.
• Todos los días se presentará el parte diario de la asistencia del personal, debiendo estar la cantidad establecida en la oferta.
• Se deberá designar un encargado quién controlará las tareas y a quien se le efectuarán los reclamos.
• La empresa adjudicataria deberá cubrir las posibles faltas de su personal en cualquiera de los Sectores y turnos en el término de dos (2) horas ya que las tareas no pueden verse alteradas.
• La empresa adjudicataria se compromete a utilizar toda su pericia y celo profesional en el cumplimiento de sus servicios. En el caso de dudas, la empresa podrá requerir precisiones por escrito a la Facultad. Los servicios a prestar serán por medio de personal propio, siendo causal de rescisión el incumplimiento de sus obligaciones laborales, debiendo acreditarse las mismas con la documentación pertinente (contrato de trabajo, aportes previsionales, seguro, etc).
Asimismo, no estará exenta de ningún impuesto en virtud de este convenio y será de su exclusiva responsabilidad el pago de los impuestos con que se graven las sumas recibidas en virtud del presente contrato, liberando expresamente a la UNIVERSIDAD de toda obligación fiscal cuyo cumplimiento expreso sea ajeno a la misma.
• En caso de que la adjudicataria sea Cooperativa además deberá cumplir los
siguientes requisitos:
A) AL INICIAR LA PRESTACION DEL SERVICIO:
-En relación con la empresa:
1. Nómina de asociados a afectar al servicio.
2. Constancia de pago en término del contrato de seguro de accidentes
personales en ocasión de trabajo.
-En relación con el personal a trabajar en el establecimiento:
1. Solicitud de admisión o ingreso como asociado, acta del Consejo de
Administración que aprueba la admisión y libro de registro de asociado en el
que consta la inclusión del asociado admitido.
2. Comprobante de suscripción e integración del capital social.
3. Notificación de convocatoria y asistencia a Asamblea Anual Ordinaria, si se
hubiere realizado alguna desde su incorporación, o inmediatamente después
que así sucediere y así sucesivamente.
4. Constancia de inscripción del asociado como monotributista en la
categoría que legalmente corresponda según el monto de anticipo de retorno
que percibe mensualmente.
5. Constancia de alta en el seguro de accidentes personales en ocasión de
trabajo.
B) DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, MES A MES CON LA
PRESENTACIÓN DE LA FACTURACIÓN ENVIAR a cyanover@unc.edu.ar y
mvega@unc.edu.ar .
1. Recibos de anticipos de retornos pagados, correspondientes al mes
anterior facturado.
2. Respecto del monotributo, DDJJ, pago e individualización de los asociados
afectados al servicio,
correspondiente al último período vencido.
3. Constancia de pago del seguro de accidentes personales en ocasión del
trabajo.
LA FIRMA ADJUDICADA DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, MES A MES CON LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURACIÓN se informe por escrito a: cyanover@unc.edu.ar y mvega@unc.edu.ar de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo.
a) Detalle de los empleados involucrados al servicio con el número del (CUIL) Código Único de Identificación Laboral de cada uno de los trabajadores que presten servicios y la constancia de pago de las remuneraciones,
b) Copia del último formulario 931 presentado y su comprobante de pago.
Copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al sistema de la seguridad social,
c) una cuenta corriente bancaria de la cual sea titular y d) una cobertura por riesgos del trabajo. Se deberá exhibir cada uno de los comprobantes y constancias a pedido del trabajador y/o de la autoridad administrativa”.
e) Certificado de seguro de vida obligatorio con el detalle del personal afectado.
f) Toda modificación (alta, baja y demás novedades) que se origine durante el período.
Esta información será requerida mes a mes a los efectos del pago.
*El listado del personal que presta el servicio en el xxxl y Archivo deberán ser controlado por el responsable
del mismo, el que deberá indefectiblemente coincidir con los operarios asignados al servicio.
“En caso de incumplimiento a la cláusula anterior, se deberá retener de los pagos que se efectúen al cocontratante el importe total de los aportes y contribuciones respectivos para los organismos de la Seguridad Social y depositarlos en término”.
• UNIFORME: El personal que preste el servicio deberá estar convenientemente uniformado con ropa que tenga impreso el nombre de la Empresa prestataria a fin de identificarlos como así también la identificación de la persona que presta el servicio con foto y nombre completo. La misma deberá estar en buen estado y presentación.
LA DOCUMENTACIÓN DESCRIPTA Y TODA OTRA QUE RESULTE DE LA
LEGISLACIÓN APLICABLE DEBERÁ ESTAR A DISPOSICIÓN PARA
CUANDO A LOS FINES DE CONTRALOR POR LA CONTRATANTE, ESTA
LA REQUIERA.
ARTÍCULO N° 32: PROVISION: Los Adjudicatarios se obligan a proveer los trabajos en un todo de acuerdo a la Solicitud de Cotización, Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones, Cláusulas Generales y Cláusulas Particulares, estando a su cargo la provisión de materiales y mano de obra, salvo especificación en contrario.
Podrá requerirse por parte de esta Facultad, con una antelación mínima de 7 días, la prestación de servicios adicionales con un máximo de hasta 240 horas anuales a fin de cubrir la falta eventual de personal propio de esta Dependencia.
ARTÍCULO N° 33: RESPONSABILIDAD
El adjudicatario tiene la obligación de cumplimentar exclusiva y excluyentemente y sin derecho a reembolso o resarcimiento alguno, la totalidad de las normas administrativas, comerciales, laborales, impositivas, previsionales, de cobertura aseguradora o de cualquier otra índole - tanto nacionales, provinciales o municipales- que resulten inherentes como consecuencia de la actividad que desarrolle por el presente, asumiendo idéntica responsabilidad con relación a su personal. La Facultad podrá, a su solo juicio y en cualquier oportunidad, requerir la documentación que acredite dicho cumplimiento.
El adjudicatario responderá civilmente por todo daño y perjuicio a terceros que su personal, en cumplimiento del contrato, ocasione y por el cual sea demandada; para ello deberá adjuntar copia certificada de la póliza que la Empresa tenga contratada, la que deberá ser emitida por una compañía de Seguros habilitados por la Superintendencia de Seguro de la Nación, por un monto de PESOS UN MILLÓN, ya sea que el daño sea intencional o casual.
Seguro Contra Terceros en ocasión del trabajo.
ARTÍCULO N° 34: DAÑOS O PERDIDAS DE BIENES.
El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que por causas imputables a él o a su personal, pudieran sufrir bienes del patrimonio de las Áreas en las que intervenga.
También le alcanzará responsabilidad cuando se comprobare la desaparición, robo, hurto, daños accidentales y/o intencionales, etc. de objetos en todos y cada uno de los sitios en los que intervenga y/o de su personal. Probada la culpabilidad, el adjudicatario deberá reponer lo desaparecido y/o dañado o bien reintegrar el importe que fije la Universidad de acuerdo a los vigentes en plaza, en su carácter de damnificado. Igual procedimiento se seguirá ante hechos que dañen el edificio o instalaciones en si. Dichas sumas podrán deducirse del monto del objeto de la contratación.
Todo objeto hallado dentro de las Áreas donde desarrolle sus actividades la adjudicataria, deberá ser entregado de inmediato a las autoridades responsables del contrato. Todo lo antedicho es con exclusión de caso fortuito o de fuerza mayor y con motivo puro y exclusivo de la prestación de los servicios.
ARTÍCULO N° 35: FISCALIZACION:
-La Facultad de Ciencias Químicas, a través del Área de Servicios Generales, Mantenimiento y Producción (ASGMyP) de la FCQ o quien la autoridad designe, tendrá a su cargo la fiscalización de la ejecución del contrato dejando en el libro de Órdenes y Pedidos las constataciones que realice.
-Libro de Órdenes de Servicios y Notas de Pedidos: la comunicación entre el Organismo y el adjudicatario se efectuará a través de un LIBRO DE ORDENES Y PEDIDOS, que serán provisto por el adjudicatario por triplicado, el organismo dejará registradas las observaciones referidas a la prestación del Servicio y/o las deficiencias en la ejecución de los trabajos.
El adjudicatario luego de constatado el incumplimiento dejará asentado en el libro de Órdenes y Servicios que ha tomado conocimiento de los mismos, teniendo un plazo de 48 hs. para solucionarlos o en su defecto fundamentar las razones.
El Organismo analizará dicho descargo y en el caso que corresponda aplicará la multa pertinente. El adjudicatario es responsable de dar cumplimiento de la Normativa vigente en cuanto a la jornada laboral y
condiciones de trabajo de su personal dependiente, con la obligación de cumplir con las normas de higiene y seguridad, cumpliendo y haciendo cumplir las normas.
ARTÍCULO N° 36: RECEPCION: El servicio provisto se entenderá en carácter provisional y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujeto a la conformidad de la recepción la que se verificará cuando se constate que el servicio cumple con las condiciones establecidas en los documentos que rijan el llamado, así como en los que integren el contrato.
La Comisión de Recepción deberá ser asistida para el control del servicio por el personal de maestranza del Área Central y por los Directores de Departamento y CEQUIMAP en los casos que utilicen el servicio.
PD: SE SOLICITA A LOS SEÑORES OFERENTES:
- COTIZAR DE LA SIGUIENTE MANERA:
PRECIO HORA HOMBRE, TOTAL y TOTAL GENERAL DE LA OFERTA.
- ADJUNTAR ANÁLISIS DE PRECIO DE LA OFERTA CON LA MÁXIMA DESAGREGACION POSIBLE.
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