1° RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS CONTRATOS. El procedimiento se regirá por las disposiciones legales vigentes según el Dcto. 1023/2001, Dcto. 1030/2016, Decreto 356/2019, Dcto. 811/2022, RSGI 71/2024, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Disposición 63/2016 del Ministerio de Modernización Oficina Nacional de contrataciones (O.N.C.); Manual de procedimientos del régimen de contrataciones de la Administración Publica Nacional (Disposición ONC N° 62/2016 y Disposición ONC N° 62/2024), la Comunicación General 7/2024 de la Oficina Nacional de Contrataciones, la Ordenanza 05/2013 del Honorable Consejo Superior, la Resolución Rectoral 505/2020, éste Pliego de Condiciones Particulares y la orden de compra correspondiente emitida por la Unidad Operativa de Compras.
ARTÍCULO 2° VISTA DE LAS ACTUACIONES. Toda persona que acredite algún interés podrá tomar vista del expediente por el que se tramite el procedimiento de selección, con excepción de la documentación amparada por normas de confidencialidad o la declarada reservada o secreta por autoridad competente. Las vistas podrán realizarse en el Portal de Compras Públicas de la UNC, solicitarse mediante correo electrónico a la casilla fcm@compras.unc.edu.ar o turnero web https://turnosweb.fcm.unc.edu.ar; excepto durante la etapa de evaluación de las ofertas.
ARTÍCULO 3° NOTIFICACIONES. Todas las notificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, se realizarán válidamente por cualquiera de los siguientes medios, indistintamente:
• por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal al expediente,
• por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulten estar en conocimiento del acto respectivo,
• por cédula, que se diligenciará en forma similar a la dispuesta por el artículo 138 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación,
• por carta documento,
• por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal,
• por correo electrónico a la casilla fcm@compras.unc.edu.ar,
ARTÍCULO 4° VISTA Y RETIRO DE PLIEGOS. Cualquier persona podrá tomar vista del pliego de bases y condiciones particulares, en el Portal de Compras Públicas de la UNC ó solicitarlo vía correo electrónico a la casilla fcm@compras.unc.edu.ar
ARTÍCULO 5° CONSULTAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. Las consultas al pliego de bases y condiciones particulares deberán efectuarse vía correo electrónico a la casilla fcm@compras.unc.edu.ar en el plazo establecido.
ARTÍCULO 6° PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. Las ofertas se deberán presentar en el lugar y hasta el día y hora que determine la jurisdicción o entidad contratante en la convocatoria.
a) Se receptarán únicamente las ofertas presentadas vía correo electrónico a la casilla de correo fcm@compras.unc.edu.ar
b) Los oferentes deberán remitir en primera instancia hasta la “Fecha de finalización” de “Presentación de Ofertas” el hash sellado a través de la plataforma multiservicios - Sistema Blockchain Federal Argentina (https://bfa.ar/sello2#/) conforme el Instructivo del Anexo II de la Resolución Rectoral UNC 505-2020.
Luego de finalizado el plazo para el cierre de convocatoria (Presentación de Ofertas), solo los oferentes que hayan presentado su hash en tiempo y forma, deberán enviar a la casilla de correo fcm@compras.unc.edu.ar el archivo único de la oferta, en formato PDF y en idéntica condición que fue sellado con BFA, hasta el día y horario fijado para el “Acto de Apertura”, a los fines de verificar por la UOC la validez de la misma.
c) Todo sellado hash relativo al presente procedimiento que se presente después del plazo fijado para la “Fecha de finalización” de “Presentación de Ofertas” será indefectiblemente rechazado.
d) No se considerará válida la oferta enviada hasta el día y horario fijado para el Acta de Apertura que no haya sido registrada con el sello de tiempo BFA recibido hasta la “Fecha de finalización” de “Presentación de Ofertas”.
e) Las comunicaciones e impugnaciones que los interesados, oferentes, adjudicatarios o contratantes realicen a las ofertas, serán válidas cuando sean enviadas a la casilla fcm@compras.unc.edu.ar o físicamente al domicilio:
Dirección de Compras – DGEF – 1º Piso Pabellón Perú – Ciudad Universitaria Córdoba Capital
ARTÍCULO 7° REQUISITOS DE LAS OFERTAS. Las ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Deberán ser redactadas en idioma nacional.
b) La oferta deberá estar firmada por el oferente o su representante legal.
c) Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas, si las hubiere, deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la oferta.
d) Deberán consignar el domicilio especial para el procedimiento de selección en el que se presenten, el que podrá constituirse en cualquier parte del territorio nacional o extranjero. En éste último caso, siempre que no cuente con domicilio o representación legal en el país, situación que deberá acreditarse mediante declaración jurada. De no consignarse un domicilio especial en la respectiva oferta se tendrá por domicilio especial el declarado como tal en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO).
e) La cotización deberá ser de conformidad con lo estipulado en los artículos siguientes del presente pliego. Deberán indicar claramente, en los casos en que se efectúen ofertas alternativas y/o variantes, cuál es la oferta base y cuáles las alternativas o variantes. En todos los casos deberá existir una oferta base indicando monto mensual y totalizada por el período de 6 (seis) meses.
f) Las alternativas o variantes deberán identificarse claramente en renglón aparte.
g) La oferta deberá ser acompañada por la garantía de mantenimiento de la oferta o la constancia de haberla constituido, la cual será del CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto.
ARTÍCULO 8º MONEDA DE COTIZACIÓN: La cotización de la oferta deberá ser en moneda nacional.
ARTÍCULO 9º ANTECEDENTES A PRESENTAR POR LOS OFERENTES: IMPORTANTE: La documentación solicitada en el presente artículo debe ser enviada hasta el día y horario fijado para el “Acto de Apertura” en .pdf en archivo único al correo electrónico fcm@compras.unc.edu.ar
a) Original y/o copia autenticada del poder o autorización de quien/es tengan el uso de la Razón Social (en caso de no ser el titular el oferente) y/o acta constitutiva, en caso de no corresponder el poder.
b) Declaración jurada, constituyendo el domicilio legal en el territorio argentino.
c) Legajo Impositivo del oferente. Copia de últimos 6 comprobantes de pago de: Declaración Jurada de Formulario 931 (AFIP) según Ley 27430, IIBB, IVA ultima DDJJ Ganancias.
d) Certificar mediante Formulario 931 dotación de personal no menor a 30 empleados en los últimos 3 meses.
e) Copia de la habilitación municipal de la Ciudad de Córdoba relacionado al rubro licitado donde realizara el servicio contratado.
f) Informar número de inscripción en la Dirección de Industria y Comercio de la Municipalidad de Córdoba.
g) Declaración jurada mediante la cual el proponente manifieste su expresa renuncia al fuero provincial a cualquier otro de excepción que le pudiese corresponder, y su sometimiento a la jurisdicción de competencia de las cámaras Federales de la ciudad de Córdoba.
h) Antecedentes Comerciales debidamente certificados, de similares características a la solicitada en el presente pliego, a fin de acreditar confiada experiencia en el rubro (nombre de la organización, fecha de inicio y finalización de la prestación, certificación que acredite los puntos citados). Constancia de un mínimo de cinco (5) años de experiencia en el rubro solicitado y en un servicio de envergadura similar a la del hospital.
i) Información General de la Firma tales como Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de fiscalización y administración, así como fecha de finalización de cargos, copia certificada de contrato social, copia de los últimos dos balances generales de cierre de ejercicio, firmadas por Contador Público Nacional y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
j) Los oferentes deberán estar INSCRIPTOS al SIPRO (Sistema de Información de Proveedores) y presentar la documentación respectiva conforme lo dispone el Art. 41 del Decreto 1030/16 y los que no lo estuvieran, deberán dar cumplimiento a lo prescrito por el Art. 112 del Decreto 1030/16, a tal fin puede consultarse su situación en el sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones: https://comprar.gob.ar
k) Denunciar con carácter de declaración jurada si mantienen o no juicios con el estado nacional, o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula-número de expediente-monto reclamo-fuero-juzgado y secretaría y entidad demandada.
l) Adjuntar detalle con los siguientes datos: razón social - dirección-código postal-teléfono-correo electrónico-número de C.U.I.T.
ll) Declaración jurada de oferta nacional, mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal, de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia, en los casos en que se oferten bienes de origen nacional.
m) Declaración Jurada de Intereses - Proveedores SIPRO: La Oficina Nacional de Contrataciones informa que el día 22 de marzo de 2017 entró en vigencia el Decreto Nº 202/17, el cual establece –con carácter obligatorio– la presentación de una "Declaración Jurada de Intereses", en los términos y con los alcances indicados tanto en dicha norma como en la Resolución de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN Nº RESOL-2017-11-APN-OA#MJ, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el día 23 de mayo de 2017.En virtud de ello y de acuerdo con lo establecido en la Comunicación General ONC Nº 76, de fecha 19 de junio de 2017, quienes ya estuvieran incorporados en el Sistema de Información de proveedores (SIPRO) deberán: Ingresar al portal TAD, seleccionar el trámite correspondiente a la actualización y completar el formulario “Declaración Jurada de Intereses” En dicha “Declaración Jurada de Intereses” deberán declarar si se encuentran o no alcanzados por alguno de los supuestos de vinculación establecidos en los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 202/2017. En oportunidad de presentarse como oferentes en un procedimiento de selección en particular, deberán verificar si corresponde modificar algo de lo declarado, principalmente en relación a la vinculación referida en el artículo 2º del Decreto Nº 202/2017, es decir la relativa a funcionarios de rango inferior a ministro que tenga competencia o capacidad para decidir sobre el procedimiento en cuestión. Para ello, deberán ingresar al portal TAD, seleccionar el trámite correspondiente a la actualización y consignar en el formulario los datos que correspondan. https://drive.google.com/file/d/11wkLTdLJgu07nfXXIawMj2ExhDpKgAdQ/view?usp=sharing
DECANO Prof. Dr. Rogelio D. Pizzi
VICEDECANA Prof. Dra. Patricia Paglini
SECRETARIA TECNICA Mgter. María Cuneo
https://fcm.unc.edu.ar/autoridades/
n) Declaración Jurada de Habilidad para contratar: Respecto de la Habilidad para Contratar: este organismo dará cumplimiento con lo establecido en la Resolución General AFIP 4164- E y Comunicación General Nº 90 de la ONC.
Se recuerda especialmente lo establecido en la RG AFIP 4164- E respecto de la Evaluación a realizar, art. 3º: “A los fines de generar la información relacionada con la habilidad para contratar, respecto de los interesados en participar en cualquier procedimiento de selección –en el marco del Decreto N° 1.023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios-, se evaluarán las siguientes condiciones:
a) Que no tengan deudas líquidas y exigibles por obligaciones impositivas y/o de los recursos de la seguridad social por un importe total igual o superior a UN MIL QUINIENTOS PESOS ($ 1.500), vencidas durante el año calendario correspondiente a la fecha de la consulta, así como las vencidas en los CINCO (5) años calendarios anteriores.
b) Que hayan cumplido con la presentación de las correspondientes declaraciones juradas determinativas impositivas y/o de los recursos de la seguridad social vencidas durante el año calendario correspondiente a la fecha de la consulta, así como las vencidas en los CINCO (5) años calendarios anteriores.
c) En caso de Uniones Transitorias de Empresas (UTE), los controles señalados en los incisos a) y b) se deberán cumplir también respecto de la Clave de Identificación Tributaria (CUIT) de quienes la integran. “Para este último caso las UTE deberán adjuntar en la oferta la CUIT de quienes la integran. Es obligación del oferente comunicar al organismo contratante la denegatoria a la solicitud del certificado fiscal para contratar emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos dentro de los CINCO (5) días de haber tomado conocimiento de la misma.
Se recuerda que podrán contratar con la Administración Nacional las personas humanas o jurídicas con capacidad para obligarse que no se encuentren comprendidas en las previsiones del artículo 21 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y que se encuentren incorporadas como preinscriptas al SIPRO en oportunidad del comienzo del período de evaluación de las ofertas.
Se recuerda la vigencia de la Comunicación general Nº 80 de la ONC.
Podrán contratar con la Administración Nacional las personas humanas o jurídicas con capacidad para obligarse que no se encuentren comprendidas en las previsiones del artículo 20 de la Disposición ONC 63 E/2016 y que se encuentren incorporadas como preinscriptas al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) en oportunidad del comienzo del período de evaluación de las ofertas. La inscripción previa no constituirá requisito exigible para presentar ofertas.
Cada una de las personas que se presenten agrupadas asumiendo, en caso de resultar adjudicatarias, el compromiso de constituirse en una Unión Transitoria (UT), deberá cumplir en forma individual con los requisitos de habilidad para contratar establecidos en el artículo antes citado.
o) Declaración jurada de elegibilidad.
p) Declaración Jurada de cumplimiento de la legislación laboral vigente.
q) Constancia de certificación vigente en la norma ISO 9001, la misma deberá ser especifica del rubro licitado y presentarse certificada por escribano público.
r) Declaración Jurada en la cual manifieste que, de resultar adjudicatario, se obliga a ocupar a personas con discapacidad en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio de que se trata, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7° del Decreto Nº 312 de fecha 2 de marzo de 2010. El porcentaje aludido se computará sobre la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio y resultará exigible cuando sea posible cuantitativamente cumplir con el mismo, o sea, que tal porcentaje represente al menos UNA (1) persona. Si por las particularidades del servicio no resultara posible contar con personas con discapacidad que reúnan las condiciones de idoneidad para cumplir con la prestación, el oferente deberá manifestar dicha circunstancia, con carácter de declaración jurada, al momento de presentar su oferta, explicitando las particularidades del servicio que imposibilitan contar con personas con discapacidad en el porcentaje requerido por la ley.
IMPORTANTE: Todo proveedor que presente su oferta en el procedimiento de selección, acepta y declara conocer todos los artículos mencionados en el presente pliego y que se regirá por las disposiciones legales vigentes, el Dcto 1023/2001, Dcto. 1030/2016, la Ordenanza HCS 05/2013, Resolución Rectoral 505/2020 - y la Resolución De la Secretaría de Gestión Institucional 71/2024 y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional (Disposición 63-E/2016 del Ministerio de Modernización –Oficina Nacional de Contrataciones.), Manual de Procedimiento (Disposición 62-E/2016 del Ministerio de Modernización –Oficina Nacional de Contrataciones) y Jefatura De Gabinete De Ministros Oficina Nacional De Contrataciones Disposición 7/2023.
ARTÍCULO 10° APERTURA DE LAS OFERTAS. En el día y hora establecida en el presente Pliego de bases y condiciones particulares para el Acto de Apertura el titular de la UOC procederá a abrir las ofertas presentadas según lo establecido en el Art. 6 y labrará el acta de apertura correspondiente indicando las ofertas recibidas y el monto de cada una. Las actuaciones serán publicadas en el Portal de compras públicas de la UNC y notificadas mediante correo electrónico a los oferentes.
Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora. Ninguna oferta presentada en término mediante el procedimiento establecido en el presente Pliego podrá ser desestimada en el acto de apertura. Si hubiere observaciones se dejará constancia en el acta de apertura para su posterior análisis por las autoridades competentes.
ARTÍCULO 11° CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS: La adjudicación recaerá en la propuesta que, ajustada a las bases y condiciones de la contratación, resulte económica y técnicamente más conveniente. La misma será comunicada a los adjudicatarios por medio fehaciente y documentado a través de correo electrónico a la casilla informada por el oferente. Esta comunicación produce el perfeccionamiento del contrato y la orden para cumplimentar el mismo y en consecuencia constituye para las partes título suficiente para exigir el cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas de la presente contratación.
IMPORTANTE: La adjudicación será total a una sola firma, es decir que para la evaluación de la oferta presentada se considerara la oferta de manera mensual y por el total presentado.
El análisis y estudio comparativo de las propuestas estará a cargo de la Comisión Evaluadora designada a tal efecto.
La comisión Evaluadora seleccionará la mejor propuesta no sólo por criterios económicos, sino atendiendo a la totalidad de las condiciones técnicas de la oferta, y toda otra particularidad que a criterio de tal comisión implique una ventaja comparativa en beneficio de la UNC, criterios que se harán constar explícitamente en el correspondiente dictamen de pre-adjudicación.
La UNC se reserva el derecho de dejar sin efecto este procedimiento de selección de ofertas, en forma total o parcial, en cualquier momento previo al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
La presente selección de oferentes se regirá por las disposiciones legales vigentes, Decretos nº 1023/2001 y 1030/2016, Ordenanza HCS 05/2013, y la Resolución De la Secretaría de Gestión Institucional 71/2024, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional.
ARTÍCULO 12° GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN. La garantía de impugnación al dictamen de evaluación se constituirá de la siguiente forma: TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato demás consideraciones según el Art. 32 del Pliego único de bases y condiciones generales del régimen de contrataciones de la administración nacional disposición 63 - e/2016.
ARTÍCULO 13º GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El cocontratante deberá integrar una garantía de cumplimiento del contrato, equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total de la orden de compra o contrato, dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos de notificada la orden de compra o perfeccionado el contrato.
No será necesario presentar la garantía de cumplimiento del contrato, en el caso de que el cocontratante diera cumplimiento con la prestación dentro de los CINCO (5) días hábiles administrativos de notificada la orden de compra.
En el caso de cumplir con el contrato antes del plazo establecido podrá prescindirse de la presentación de la misma. Todos los oferentes quedan obligados a responder por el importe de la garantía no constituida, de acuerdo al orden de afectación de penalidades establecido en el artículo 104 del Reglamento del Re gimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios, a requerimiento del organismo, sin que pueda interponer reclamo algún sino después de obtenido el cobro o de efectuado el pago.
ARTÍCULO 14º.- FORMAS DE GARANTÍA. Las garantías a que se refiere el artículo 78 del Reglamento aprobado por Decreto N° 1030/2016 podrán constituir sede las siguientes formas, o mediante combinaciones de ellas:
IMPORTANTE: Las garantías en formato físico (pagaré y cheques certificados) se deberán presentar en la Dirección de Compras – DGEF –FCM 1º Piso Pabellón Perú Ciudad Universitaria. Córdoba.
a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante, o giro postal o bancario.
b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio de la jurisdicción o entidad contratante. La jurisdicción o entidad deberá depositar el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.
c) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción de la jurisdicción o entidad contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, así como al beneficio de interpelación judicial previa, en los términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación.
d) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor de la jurisdicción o entidad contratante y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. La jurisdicción o entidad contratante deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido.
e) Mediante la afectación de créditos líquidos y exigibles que el proponente o adjudicatario tenga en entidades de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL, a cuyo efecto el interesado deberá presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la certificación pertinente y simultáneamente la cesión de los mismos al organismo contratante.
f) Con pagaré a la vista (Válida únicamente para garantía de oferta), con firma autenticada por escribano público o entidad bancaria hasta el límite de $ 18.360.000,00 (pesos: dieciocho millones trescientos sesenta mil). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el presente artículo.
g) La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o cocontratante.
ARTÍCULO 15º PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura y demás consideraciones según lo establecido en el Art. 12 Anexo I de la Disposición 63-E/2016 del Ministerio de Modernización –Oficina Nacional de Contrataciones.
ARTÍCULO 16° ENTREGAS Y RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y MUESTRAS. (Según Disposición 63-E/2016 del Ministerio de Modernización –Oficina Nacional de Contrataciones Anexo II Pto. 35,36,37)
a) Plazo, forma de entrega y lugar de entrega: Según el anexo I, II y III que forman parte integrante del presente pliego.
ARTÍCULO 17º PAUTAS PARA LA RECEPCIÓN. Según el Art. 44 del Pliego único de bases y condiciones generales del régimen de contrataciones de la administración nacional Disposición 63 - E/2016.
ARTÍCULO 18º CALIFICACIÓN EN EL REGISTRO DE EVALUACIÓN DE PROVEEDORES. Todo adjudicatario será evaluado y calificado en el Registro de Evaluación de Proveedores de la Universidad Nacional de Córdoba de acuerdo con lo establecido en la Resolución Rectoral Nº 2516/2013. https://www.unc.edu.ar/sites/default/files/RR_2516_2013.pdf. (Link a la normativa)
ARTÍCULO 19º FACTURACIÓN. (Según Disposición 63-E/2016 del Ministerio de Modernización –Oficina Nacional de Contrataciones Anexo II Pto. 40) Las facturas deberán ser presentadas en el hospital, lo que dará comienzo al plazo fijado para el pago, debidamente conformada por el área responsable de cada hospital.
ARTÍCULO 20° PLAZO DE PAGO. El plazo para el pago de las facturas será de SESENTA (60) días corridos. Sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán, considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativa vigente.
ARTÍCULO 21º FORMA DE PAGO: El pago estará a cargo de la Tesorería de la Facultad de Ciencias Médicas (Área Central) se hará contra la presentación de la Factura Original y el remito conformado correspondiente según las normas fiscales vigentes. El mismo se realizará mediante transferencia bancaria a cuenta del proveedor, dentro de los plazos administrativos que implique el procesamiento de la facturación (previa presentación de Declaración Jurada Interbanking por única vez).
ARTÍCULO 22° GASTOS POR CUENTA DEL PROVEEDOR. Si el producto tuviera envase especial y éste debiera devolverse, el flete y acarreo respectivo, ida y vuelta, desde el mismo lugar y por los mismos medios de envío a emplear para la devolución serán por cuenta del proveedor.
ARTÍCULO 23° CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS Las mismas serán difundidas para su consulta en el Portal de Compras Públicas de la UNC.
ARTICULO 24º JURISDICCION. Por cualquier diferendo derivado del presente procedimiento las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de Córdoba.
ARTICULO 25° VISITA AL ESTABLECIMIENTO. La UNC podrá realizar una visita a las instalaciones antes de contratar el servicio por medio de una comunicación al oferente con 24 hs. de antelación.
ARTICULO 26° VISITA PREVIA OBLIGATORIA A LOS HOSPITALES. Los interesados deberán realizar una visita obligatoria al establecimiento donde se prestará el servicio a los fines de conocer los respectivos lugares y determinar la magnitud del trabajo a realizar; la visita deberá realizarse dentro de las 72 hs. hábiles de antelación a la fecha de apertura, de lunes a viernes de 7 a 14 hs. Para ello deberá contactarse al Ing. Federico Brunelli al correo: Fbrunelli@unc.edu.ar Cel: 351-761 3985 quien deberá presentar un certificado de visita enviado por Gde a fcm@compras.unc.edu.ar
ANEXO I
A FORMA DE COTIZAR: En su oferta económica, los proponentes deberán cotizar conforme a los Ítems detallados, teniendo en cuenta que el precio deberá ser final por todo concepto, incluyendo todos los gravámenes que correspondan y respetando las Especificaciones Técnicas que integran el presente pliego.
B VIGENCIA DE LA ORDEN DE PROVISION:
La misma tendrá una duración aproximada de 6 meses, comenzando a regir desde que es efectivamente notificada por ésta Dirección de Compras.
C CONTROL DE GESTION: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad estará a cargo del Área de Ropería dependiente de la Dirección del Hospital Nacional de Clínicas teléfono 4337025 – 4337054 y del Área Servicios Generales de Hospital Universitario de Maternidad y Neonatología telefóno 5353980 int. 71080, considerando el cumplimiento de los siguientes requisitos:
*La calidad del servicio de lavado, planchado.
*La cantidad de ropa entregada según lo solicitado por el hospital.
*La entrega de ropa solicitada, recibida en horario y periodicidad fijados por el hospital.
*El hospital se reserva el derecho de supervisar y controlar periódicamente que la calidad del servicio se efectúe ciñéndose estrictamente a los términos preestablecidos.
*El servicio se efectuará en los lugares indicados por el oferente y la entrega y recojo de la ropa se realizará en el hospital, en los espacios preestablecidos para tal fin.
La conformidad en la recepción no invalida el posterior reclamo por parte del hospital, por inadecuación a las especificaciones técnicas u otras situaciones anómalas, no verificables de manera inmediata.
El Hospital podrá en cualquier instancia de la ejecución de la prestación, realizar los controles que estime pertinentes sobre el desarrollo de las actividades contratadas, como parte de la gestión de contralor.
Asimismo, dicho personal conjuntamente con la Comisión de Recepción podrá efectuar una visita de reconocimiento de las instalaciones de la firma oferente, a los fines de evaluar su posible adjudicación.
El lavadero no puede estar bajo ningún concepto en una dirección distinta a la declarada en el contrato.
D DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO:
En caso de que los titulares de la empresa prestataria no dirijan en forma personal el servicio, deberán designar un responsable o representante, que coordinará la prestación del servicio siendo el nexo entre la empresa y el hospital.
La eventual circulación por el establecimiento, de personal perteneciente a la prestataria, responderá a tareas propias de la prestación.
E RESPONSABILIDADES
*El proveedor será responsable de los daños, pérdidas y/o sustracciones del mobiliario y/o infraestructura del nosocomio, que pudiera ocasionar su personal, debiendo en su caso hacer las reparaciones o reemplazos necesarios. Si en el término de quince días corridos no realizara la reparación o reemplazo, el hospital descontará automáticamente el valor de la misma, de los valores pendientes de cancelación.
*En caso de daños ó pérdida de ropa hospitalaria, el hospital se responsabilizará de la reposición directa de la pieza en número y calidad, en el plazo no mayor a treinta días corridos a contra factura, a costo actual del mercado, este será facturado por separado.
*El proveedor es responsable directo del personal asignado para el control de la ropa sucia, no existiendo ningún vínculo de dependencia laboral con el hospital.
*El proveedor es responsable de las remuneraciones de su personal destacado, así como de todos los importes, que por el pago de tales remuneraciones pudieran devengarse por conceptos de leyes, beneficios sociales, seguro social, indemnización por tiempo de servicios, tributos creados o por crearse, etc
*Al hospital no le corresponderá ninguna responsabilidad en caso de accidentes, enfermedades, daños, mutilaciones, invalidez o muerte de los trabajadores de la empresa contratada o terceras personas, que pudieran ocurrir en la ejecución del contrato, con ocasión o como consecuencia del mismo.
*Todo objeto hallado entre las prendas deberá ser entregado de inmediato a las autoridades responsables del hospital.
*El Oferente deberá contar con las instalaciones y máquinas correspondientes para proveer del servicio requerido en tiempo y forma a demanda del Nosocomio. Se deberá informar mediante un listado detallado el equipamiento que cuenta el oferente, así como permitir al personal del Nosocomio una inspección del lugar donde se realiza dichos trabajos.
*La empresa oferente deberá cumplir con las normas de bioseguridad establecidas, situación que podrá ser verificada in-situ por representantes del hospital.
*La empresa oferente deberá contar con unidades de transporte para ropa limpia y unidades de transporte de ropa sucia acondicionadas, que garanticen el recojo y entrega de la ropa hospitalaria en los horarios establecidos por el nosocomio. Las citadas actividades deberán realizarse en medios de trasporte diferentes, para evitar la contaminación de la ropa.
*El Oferente deberá proporcionar dos (2) operarios de ocho (8) horas diarias de lunes a sábados, que llevarán a cabo tareas de Hotelería en las instalaciones de HNC, su labor consistirá en colaborar con la institución en el control y reposición de la ropa limpia, así como en el seguimiento y conteo de la ropa sucia que se envía para su procesamiento.
F INTERRUPCION DEL SERVICIO
La interrupción total y/o parcial bajo cualquier circunstancia, deberá justificarse y acreditarse fehacientemente dentro de las 24 horas de producida, ante las autoridades del hospital.
G ELEMENTOS Y MAQUINARIAS – PROVISION
La prestación se llevará a cabo en instalaciones propias del oferente y la provisión de todos los elementos y/o maquinarias que se empleen, como también la reposición de los mismos correrán por cuenta de la prestataria.
El personal designado por las autoridades del hospital, podrán controlar los elementos y/o productos empleados y en cualquier momento podrán recoger muestras de los mismos, para su análisis, pudiendo fundamentalmente rechazarlos y/o decomisarlos total o parcialmente, según normas establecidas.
Las instalaciones deberán contar con las medidas sanitarias correspondientes exigidas por los organismos de Salud pertinentes.
Se deberá proveer un stock permanente, dentro de la institución, para el funcionamiento habitual de 24 horas de quirófanos e internados en general, con el objetivo de hacer frente a posibles imprevistos.
Con el objetivo de prevenir, eliminar y aislar los riesgos en la actividad, a fin de proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los trabajadores y pacientes garantizando servicios de calidad el oferente deberá poseer un Sistema de Barrera Sanitaria destinada a combatir las infecciones cruzadas en las lavanderías, el mismo tendrá como características poseer doble entrada, una para el sector de ropa limpia y el otro para ropa sucia, para lo cual deberá poseer como mínimo dos máquinas lava centrifugadoras con sistema de doble entrada.
H SANCIONES
Se considera el incumplimiento de lo previsto en el presente pliego cuando se constate:
*Carencia de elementos, equipos y máquinas necesarias para prestar el servicio
*No respetar la frecuencia y horarios que serán establecidos por el hospital.
*Interrupción del servicio sin notificación alguna con 72 hs de anticipación.
*Toda otra anormalidad o deficiencia que afecte a la más correcta y completa ejecución de los servicios contratados y vulnere las demás condiciones establecidas en el pliego.
I INCUMPLIMIENTO
Ante el incumplimiento de la referida Orden de Compra, se aplicarán las sanciones establecidas por la legislación vigente mencionada en el Pliego General de Bases, Pliego de Condiciones particulares y Especificaciones técnicas.
J DE LA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
El prestatario será responsable de los daños y perjuicios que por causas imputables a él o al personal designado por éste pudieran ocasionarse en la salud o la vida de las personas o en el patrimonio del Establecimiento, haciéndose cargo además de todo gasto asistencial que este hecho genere. En tal caso el prestatario deberá reponer los bienes desaparecidos o dañados o reintegrar el importe del daño ocasionado, que será determinado por el Organismo Contratante.
Todo objeto hallado dentro de las áreas donde desarrolla sus actividades la empresa Prestataria, deberá ser entregado de inmediato a las autoridades responsables del Establecimiento.
K DOCUMENTACION REFENTE A LOS PROCEDIMIENTOS:
-Es condición imprescindible, que los oferentes presenten las normas de bioseguridad que aplican durante el proceso del lavado de ropa hospitalaria que es provista.
-Se deberá informar mediante un listado detallado el equipamiento que cuenta el oferente, así como permitir al personal del Nosocomio una inspección del lugar donde se realiza dichos trabajos.
ANEXO II
Especificaciones para el suministro de ropa de hotelería y quirófano para el Hospital Nacional de Clínicas:
A -HORARIOS A CUMPLIR DIARIAMENTE:
De lunes a viernes
Retiro de ropa sucia:
1º retiro: 07:30 horas
2º retiro: 12:30 horas
Entrega de ropa limpia
1º entrega: 07:00 horas
2º entrega: 12:30 horas
Sábados
Retiro de ropa sucia:
1º retiro: 07:30 horas
2º retiro: 12:30 horas
Entrega de ropa limpia
1º entrega: 07:30 horas
2º entrega: 12:30 horas
El hospital podrá establecer cambios en los horarios de los turnos de prestación, cuando lo considere necesario para mejorar el servicio, lo cual no incidirá en el costo total de la cotización.
Ante los feriados o fin de semanas largos, el oferente deberá prever la continuidad del servicio, garantizando la prestación sin excepción.
B- CLASIFICACIÓN DE ROPA
*Ropa sucia normal: es aquella que proviene de pacientes comunes y se encuentra seca en el momento de retirarla de la cama del enfermo
*Ropa sucia contaminada: es aquella que ha estado en contacto con pacientes infectados o que se encuentran en aislamiento, o bien cuando está manchada con sangre, materia fecal o secreciones del cuerpo humano.
C PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCION
*Recojo y recepción de la ropa en el lugar y horarios fijados.
*La provisión de ropa hospitalaria y equipo de quirófano se realizará utilizando las técnicas y materiales adecuados que garanticen la calidad del servicio y del producto entregado sobre todo lo referente a la bioseguridad en las prendas solicitadas.
*La ropa deberá ser entregada en bolsas destinadas a tal fin, con rótulo que especifique de forma clara y destacada el área asistencial para el cual fue solicitada para su debido registro.
D REGISTRO DE LAS PRENDAS
El registro de las prendas hospitalarias se realizará en el Área de Ropería dependiente de la Dirección del Hospital Nacional de Clínicas teléfono 4337025 – 4337054, en el que se verificará que las prendas solicitadas ingresen al Nosocomio correctamente limpias y planchadas, debiendo cumplimentar lo siguiente:
*Empacadas por: tipo.
*Cantidad: número de piezas
La empresa se hará responsable de la calidad, funcionalidad y cantidad de ropa que recibe y hasta que la entregue formalmente al nosocomio.
La entrega de ropa se realizará por tipo de prenda, las que deberán empaquetarse adecuadamente en paquetes, a fin de facilitar su manipulación y conteo.
*La ropa deberá retirarse y entregarse en bolsas. Las cuales deberán ser de colores claramente diferenciables (sucia y limpia), y de un espesor mínimo de 60 micrones.
E TRANSPORTE
Los vehículos de transporte de la ropa limpia deberán estar acondicionados de tal modo que impidan el contacto de las prendas con paredes y pisos del mismo
F ITEMS REQUERIDOS:
La propuesta deberá satisfacer las necesidades de la institución según las 254 camas y el promedio anual de
4.200 cirugías. Este aspecto deberá ser considerado en la cotización del servicio mensual, conforme el comportamiento según la estructura y los niveles de actividad actuales.
Debiendo proveer:
A quirófano: ambos, equipos completos según las diferentes especialidades, lavado de compresas, cubre tubos de oxígeno. Los equipos deberán ser supervisados y aprobados por los responsables del Quirófano
A salas: sábanas, fundas de almohada, polar (invierno), cubre cama, toallas, bata paciente, cubre sillones para internación de día,
A consultorios: cubre camilla, cubre paciente, bata paciente, cubre sillones para internación de día. Ropa para el personal del equipo médico (ambos):
- Los Equipos Deben Ser Armados Por Personal De Hotelería Del Hnc.
-Área de Medicina Crítica (UTI, UCI, UCO): 2 médicos y 2 enfermeros en cada una de las tres terapias.
-Guardia Central: 1 jefe de guardia y 2 médicos clínicos por día
-Laboratorio Central (guardia): 2 por día
-Hemoterapia: 1 por día
Detalle de prendas de HOTELERÍA: a fin de ser considerado en la cotización del servicio mensual, se detalla la cantidad de prendas que requiere la institución y que serán exigidas para mantener el correcto funcionamiento del hospital
Sábanas, stock inicial: 1.500 unidades limpias
ENTREGAS: lunes a viernes, 750 sábanas LIMPIAS. Sábado 750 sábanas LIMPIAS
Fundas, stock inicial: 300 unidades
Frazadas, stock inicial: 300 unidades
Fundas de camillas, stock inicial: 100 unidades Ambos, stock inicial: 300 unidades
Toallas, stock inicial: 300 unidades
Cubrecamas, stock inicial: 300 unidades
Camisolines/poncho, stock inicial: 70 unidades
Campos, stock inicial: 310 unidades
Fundas para Arco en C, stock inicial: 30 unidades Conos/pierneras, stock inicial: 40 unidades
Fundas tubos de oxígeno, stock inicial: 60 unidades
Traversos/sales (1.50 x 0.60 cm, reforzado), stock inicial: 800 unidades Bolsillos (30x30cm): 15 unidades
Detalle de equipos DIARIOS para QUIRÓFANO, a entregar:
Cardiología B1: 4 paquetes Cardiología B2: 4 paquetes
Flebología: 8 paquetes
Cx General: 30 paquetes
Hemodinamia: 6 paquetes
Neurología 1: 4 paquetes
Neurología 2: 4 paquetes Oftalmología E2: 20 paquetes Traumatología D1: 10 paquetes Traumatología D2: 10 paquetes
DESCRIPCION de EQUIPOS especiales para QUIRÓFANO
Cardiología B1: 1 sábana de mesa grande, 6 batas, 16 compresas 1x1, 4 compresas 1x1, 2 bolsillos, 1 cobertor Cardiología B2: 1sábana de mesa grande, 7 sábanas cerradas, 1 cobertor,
Hemodinamia: 1 sábana de mesa grande, 1 sábana cerrada, 1 sábana fenestrada grande, 3 compresas chicas 1x1, 2 batas, 1 cobertor
Traumatología D1: 1 sábana de mesa grande, 5 batas, 7 compresas 1x1, 1 cobertor
Traumatología D2: 1 sábana de mesa grande, 1 sábana fenestrada grande, 7 sábanas grandes, 1 cobertor
ANEXO III
Especificaciones para el suministro de ropa de hotelería y quirófano para el Hospital Universitario de Maternidad y Neonatología:
Prendas Cantidad por día
botas 20
bolsas 5
camilleras 10
camisas 10
chaquetas 30
compresas 100
cubrecamas 32
frazadas 25
fundas 25
lienzos 10
pantalones 30
sábanas 90
toalla de mano 5
toallones 10
paños para secar 10
Las sábanas son para el internado y para la residencia médica. Medidas estándar 170 cm x 270 cm corresponde a 1 plaza.
El servicio de lavandería debe realizar el lavado, planchado y entrega de la ropa en los siguientes días y horarios.
Lunes de 6 hs a 8 hs retiro de ropa.
Martes a viernes de 6hs a 8hs retiro y entrega de ropa.
Sábado de 6 hs a 8 hs retiro de ropa.
Sábado de 12 hs a 13 hs entrega de ropa del día.
La entrega y retiro de ropa debe realizarse en bolsas cerradas, sector del lavadero entrando por calle Santa Rosa.
Se establece como tiempo de entrega 48 hs desde retiro de ropa contaminada (sábanas y gasas de cirugía).
Toda prenda en condición de DEPRECIACIÓN se evalúa en calidad de RESAGO y deben ser reintegradas a este hospital regularmente. |