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    UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA      
Portal de Compras Públicas
Licitación Privada LPR 1/2025

CONVOCATORIA

Contratación del servicio de limpieza, asepsia y mantenimiento, para el período de 3 meses.
07-HOSPITAL NACIONAL DE CLINICAS
EXP:1080477/2024
09/01/2025
Sin Modalidad
De etapa única nacional
17/01/2025 10:00

 

Descarga de documentación

 

Pliego de base y condiciones particulares
Contratación del servicio de limpieza, asepsia y mantenimiento, para el período de 3 meses.

 

Retiro del Pliego Consulta del Pliego
Portal de Compras Publicas www.unc.edu.ar (5000), CORDOBA, Córdoba
al correo compras-hnc@fcm.unc.edu.ar (5000), CORDOBA, Córdoba
Desde el 09/01/2025 hasta el 16/01/2025 de 8 a 14 hs.
Desde el 09/01/2025 hasta el 16/01/2025 de 8 a 14 hs.
$ 0,00
 

 

Presentación de Ofertas Acto de Apertura
Al correo hnc@compras.unc.edu.ar (5000), CORDOBA, Córdoba
Santa Rosa 1564 B° Alberdi (Dpto Compras del HNC) (5000), CORDOBA, Córdoba
09/01/2025
17/01/2025
17/01/2025
11:00
10:00
 
 

 

Renglones
Renglón Descripción del renglón Entrega muestra Permite prórroga Cantidad Unidad medida Rubro Catálogo bienes y servicios Tipo
1 Servicio mensual de Limpieza, Asepsia y Mantenimiento para el Hospital Nacional de Clínicas,según condiciones establecidas en el Pliego y sus anexos.
Especificaciones técnicas:

SERVICIO

CANTIDAD DE TURNOS DE 8HS TURNO MAÑANA

CANTIDAD DE TURNOS 8HS TURNO TARDE

CANTIDAD DE TURNOS 8HS TURNO NOCHE

Hemodiálisis

1

1

N/A

Vacunatorio

Nefrología

Cirugía Plástica

Sala de Cultivos - Laboratorio

Guardia Central + Hemoterapia

1

1

N/A

Pabellón de Oncología – Hogar de día

1

1

N/A

Sala de Internación 4-6

1

1

N/A

Endocrinología

Consultorios externos

Laboratorio Central

Cocina Central

Medicina Familiar

Sala Internación Terapia Intensiva

1

1

N/A

Sala de Internación Ramón Carrillo

1

1

N/A

Sala de Internación UCO

1

1

N/A

Quirófanos Oftalmología

1

1

N/A

Quirófanos Central + Hemodinamia

1

1

N/A

Cardiología

1

N/A

N/A

Auditoria médica

Recepción de pacientes

Asistente Social

Neumología

Nutrición

Traumatología

Medicina Familiar

Neurocirugía

Área de Facturación

Auditoría de Internación

Fisioterapia

1

N/A

N/A

Dirección General Laboratorio

Capilla

Oficina Patrimonio

Reumatología

Jardín Maternal

Anatomía Patológica

Consultorios Oncología

1

N/A

N/A

Ropería

Costurería

Pabellón de Morgue

Pabellón Residentes

Cocina Central

Farmacia Central

1

N/A

N/A

Central de Esterilización

Dirección de Enfermería

Cistoscopía

Administración (primer y segundo piso)

1

N/A

N/A

C.E. Psicopatología

1

N/A

N/A

Flebología

Ostomizados

Endoscopia

Servicios Generales

Patios, galerías, ascensores y baños públicos

1

1

N/A

Recolección de Patógenos

1

N/A

N/A

TOTAL

17

10

2

       

CUBRE FRANCOS

9

 

 

 

TOTAL GENERAL

38

   

 


Tolerancia:
Plazo entrega:
Áreas destinatarias: HOSPITAL NACIONAL DE CLINICAS (3,00)
Lugar de entrega: SANTA ROSA 1564 (5000) CORDOBA
NO NO 3,00 POR MES MANT. REPARACION Y LIMPIEZA SERV. LIMPIEZA HOSPITALARIA (3.3.5.03902) Servicio
Artículos del pliego
Número Tipo de artículo Título Descripción
1 Otro Especificaciones.

Art. 1º) PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS

El procedimiento se regirá por las disposiciones de este Pliego Único de Bases y Condiciones, el Dto. 1023/01, Dto. 1030/16, la Ordenanza HCS 05/13, Resolución SGI 71/24, Resolución Rectoral 505/2020 (en lo que corresponda) y la orden de compra respectiva al procedimiento en trámite.

Las propuestas serán presentadas según la modalidad de contratación dispuesta en el procedimiento de compras y se receptarán únicamente las ofertas presentadas vía correo electrónico a la casilla de correo hnc@compras.unc.edu.ar, según la modalidad que se detalla a continuación:

•   Los oferentes deberán remitir, en primera instancia, hasta la hora del cierre de presentación de Ofertas el “hash” del sellado a través de la plataforma multiservicios - Sistema Blockchain Federal Argentina (https://bfa.ar) conforme el Instructivo del Anexo II de la Resolución Rectoral UNC 505-2020.

•  Luego de finalizado el plazo para el cierre de convocatoria, solo los oferentes que hayan presentado su Hash en tiempo y forma, deberán enviar a la casilla de correo hnc@compras.unc.edu.ar el archivo que fue sellado con BFA en formato PDF, hasta el día y horario fijado para el Acta de Apertura (lapso entre el cierre de presentación de ofertas y el horario de acto de apertura), a los fines de verificar por la UOC la validez del mismo.

• Todo SELLADO “HASH” relativo al presente procedimiento que se presente después del plazo fijado para el cierre de convocatoria será indefectiblemente rechazado.

• No se considerará válida la oferta enviada hasta el día y horario fijado para el Acta de Apertura que no haya sido registrada con el sello a tiempo BFA recibido hasta el cierre de convocatoria.

•  La presentación de la Oferta significará para el oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen el procedimiento de selección. 

Art.2º) DE LA APERTURA

Si por cualquier causa, el día fijado fuese declarado no laboral o inhábil para la Administración Pública Nacional, la apertura tendrá lugar el primer día hábil siguiente a la misma hora.

Art.3º) DEL CONTENIDO DE LAS CARPETAS EN SOBRE ÚNICO

De conformidad a lo establecido por el Art. 55 del Dto. 1030/2016, el proveedor deberá presentar los siguientes requisitos:

•  Propuesta económica básica, debidamente enviada según el Art. 1° del presente pliego. No serán admitidas cotizaciones que modifiquen la forma de pago establecidas en el presente pliego.

•  La oferta deberá ajustarse a lo dispuesto en los artículos 51, 52 y 53 del Decreto Nº 1030/16.

• Garantía de mantenimiento de oferta en las condiciones establecidas en el Art. 31 del Decreto N°1023/01 y Art. 54 y 78 del Dto. N° 1030/16 (5% del monto total de la oferta).

•    Antecedentes y documentación del Oferente:

1.   Original y/o copia autenticada del poder o autorización de quien/es tengan el uso de la Razón Social (en caso de no ser el titular el oferente) y/o acta constitutiva, en caso de no corresponder el poder.

2. Declaración jurada constituyendo el domicilio legal en Córdoba. En este domicilio, se efectuarán las comunicaciones, reclamos, aclaraciones, etc., las que tendrán validez absoluta.

3.   Constancia de inscripción ante ARCA, Constancia de Inscripción ante el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Régimen local o Convenio Multilateral, en caso de corresponder) e Inscripción Municipal.

4.   Copia de la habilitación municipal, donde tiene fijado el domicilio legal de la casa central de la empresa, depósito y/o fábrica de la misma.

5. Declaración jurada mediante la cual el proponente manifieste su expresa renuncia al fuero provincial o cualquier otro de excepción que le pudiese corresponder y su sometimiento a la jurisdicción de competencia de las Cámaras Federales de la ciudad de Córdoba.

6.  Los Oferentes deberán cumplir con los requisitos que se detallan a continuación, presentando la documentación que así lo acredite en la oportunidad de presentación de su oferta. El cumplimiento de estos requisitos tendrá carácter obligatorio y excluyente, sin los cuales no se procederá a realizar la evaluación técnica:

6.1. Certificado de Visita Obligatorio. Los Oferentes deberán concurrir obligatoriamente al edificio a fin de tomar conocimiento de sus características, desarrollo funcional, dimensional y de toda otra información que les permita formular sus propuestas. Dichas inspecciones se realizarán hasta tres (3) días hábiles anteriores a la fecha de presentación de las ofertas. A tales fines, los interesados deberán coordinar la visita con el Sr. Daniel Rodríguez - Jefe del Área de Servicios Generales -, comunicándose al cel 3512710111 y al correo electrónico serv.generales-hnc@fcm.unc.edu.ar. 

Finalizada la vista, el HNC emitirá certificado que deberá ser acompañado a la documentación que se presentará junto a la oferta.

6.2. Acreditar, al menos, tres (3) antecedentes de prestaciones similares ante organismos nacionales, provinciales o municipales y/u otras entidades estatales y/o privadas, dentro de los últimos tres (3) años. Lo anterior se acreditará mediante la presentación de notas expedidas por autoridad competente o representante legal del cliente, en donde se manifieste que el servicio se prestó satisfactoriamente y donde constarán las características, tipo y plazo del servicio prestado. Adicionalmente, podrán los Oferentes acompañar nómina de clientes y antecedentes de trabajos análogos.

6.3. Antigüedad Empresarial. Deberán acreditar una antigüedad mínima en el rubro correspondiente a la presente Licitación de cuatro (4) años. Lo anterior se acreditará adjuntando:

-   Para personas jurídicas, estatuto o contrato social y constancia de inscripción ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), donde pueda visualizarse que la empresa tributa bajo actividades afines al objeto de la presente licitación.

- Para personas físicas, constancia de inscripción ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), donde pueda visualizarse que la empresa tributa bajo actividades afines al objeto de la presente licitación.

6.4. Deberán presentar un plan operativo que deberá incluir el método para la prevención de riesgos y accidentes laborales.

7.  Según Resolución General 4164-E y Comunicación ONC Nº 90, la dependencia consultará ante la AFIP la situación tributaria del oferente (registro de deuda y/o incumplimientos). La consulta se realizará una vez recibidas las ofertas. IMPORTANTE

Los oferentes deberán estar INCORPORADOS al SIPRO (Sistema de Información de Proveedores) y presentar la documentación respectiva conforme lo dispone el Art. 41 del Decreto 1030/16 y los que no lo estuvieran, deberán dar cumplimiento a lo prescrito por el Art. 112 del Decreto 1030/16, a tal fin puede consultarse su situación en el sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones: https://comprar.gob.ar

Los oferentes que ya estuvieran incorporados al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), deberán presentar junto con la oferta, completo y firmado, el formulario de Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional. Asimismo, deberán presentar la constancia de incorporación al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), que se obtiene del sitio de Internet ya citado.

En aquellos casos que sea necesaria la incorporación, modificación de datos y/o renovación de la vigencia del SIPRO deberán adjuntar los formularios establecidos por la Disposición Nº 64/2016 de la Oficina Nacional de Contrataciones)

Las inscripciones de los proveedores que pretendan participar en procedimientos gestionados a través del sistema electrónico de contrataciones deberán efectuarse, en todos los casos, a través de la metodología descripta en la Disposición 64 E/2016, de la ONC.

Art.4º) DEL MANTENIMIENTO DE LA OFERTA

Los proponentes deben mantener sus ofertas por el término de 60 (sesenta) días corridos. Vencido el plazo de la misma y sin manifestación expresa contraria del oferente, se considerará prorrogada por otro lapso igual conforme lo dispone el Art. 54 del Decreto.1030/16.

Art.5º) DE LAS GARANTÍAS

Importante: El proveedor deberá enviar conjuntamente con la Oferta, el documento digital que acredita la Garantía solicitada por la UOC en el Art 5º, a la dirección de email establecida en el Art. 1o (hnc@compras.unc.edu.ar).

Para afianzar el cumplimiento de sus obligaciones, los proponentes y adjudicatarios, deben presentar obligatoriamente las siguientes garantías

  • DE OFERTA: Documento de garantía por un importe igual al 5% del valor de la oferta presentada. ( PAGARÉ con firma autenticada por escribano público o entidad bancaria hasta un monto límite de pesos un millón quinientos($1.500.000))

En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calculará sobre el mayor valor propuesto. 

En caso de utilizarse pagaré, sólo se aceptarán pagarés a la vista con firma certificada y suscritos por quienes tengan el uso de la firma social o actuaren con poderes suficientes (la firma deberá contar con certificación Bancaria o estar autenticada por Escribano Público) y hasta un monto límite de 260 (Valor del Módulo $458.941 Ordenanza HCS 05/13, Resolución SGI 71/24, solo para el caso de la GARANTÍA DE OFERTA).

  • DE ADJUDICACIÓN: equivalente al 10% del valor total adjudicado, debiendo presentarse dentro de los 10 (diez) días de notificada la Orden de Compra respectiva. La no presentación de dicha garantía de adjudicación será motivo de rescisión del contrato. 
  • DE IMPUGNACIÓN: equivalente al 3% del valor monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo valor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.

La Póliza de caución que se constituya para ser presentada como garantía de mantenimiento de oferta o bien como garantía de adjudicación, se podrá constituir con bancos u otras compañías aseguradoras; dichas Instituciones deberán fijar domicilio en la ciudad de Córdoba y expresar sometimiento a la jurisdicción de competencia de las Cámaras en lo Contencioso Administrativo de la ciudad de Córdoba.

La firma y la acreditación de que el firmante de la póliza tiene las facultades para que la compañía de seguros asuma el riesgo, serán certificadas por escribano público.

Se considerará como institución radicada en Córdoba aquella que tenga su asiento principal, sucursal o agencia establecida en esta ciudad.
 

Art.6º) DEL RECHAZO DE LAS PROPUESTAS

Serán objeto de rechazo, las propuestas:

A.  Que estén condicionadas o que se aparten de las bases de la contratación previstas en el pliego de bases y condiciones generales, particulares y/o de especificaciones técnicas.

B.  Que no estén firmadas por el Oferente o su responsable legal.

C.   Que los Oferentes estén dados de baja, suspendidos o inhabilitados en rubros que no guarden relación con los elementos o servicios pedidos.

D.   Que no acompañen la garantía correspondiente o, cuando ésta sea documentada, no constare la certificación de las firmas.

E.   Que el proveedor no se encuentre INCORPORADO al SIPRO. 

Art.7º) DE LA ADJUDICACIÓN

La adjudicación recaerá en la propuesta que, ajustada a las bases y condiciones de la contratación, resulte económicamente más conveniente.

La misma será comunicada a los adjudicatarios por medio fehaciente y documentado, en el domicilio constituido por los oferentes.

Esta comunicación produce el perfeccionamiento del contrato y la orden para cumplimentar el mismo y, en consecuencia, constituye para las partes título suficiente para exigir el cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas de la presente contratación.

La adjudicación será TOTAL a un solo Oferente.

El análisis y estudio comparativo de las propuestas estará a cargo de la Comisión Evaluadora designada a tal efecto.

La Comisión Evaluadora seleccionará la mejor propuesta no solo por criterios económicos, sino atendiendo a la totalidad de las condiciones técnicas de la oferta y toda otra particularidad que, a criterio de tal Comisión, implique una ventaja comparativa en beneficio del HNC, criterios que se harán constar explícitamente en el correspondiente dictamen de pre-adjudicación.

El HNC se reserva el derecho de dejar sin efecto este procedimiento de selección de ofertas, en forma total o parcial, en cualquier momento previo al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.

Art. 8º) DE LAS CONSULTAS

Los Oferentes podrán realizar consultas previas a la presentación de las ofertas para aclarar todos los detalles técnicos que pudieren no estar incluidos en el presente pliego. El plazo para la solicitud de aclaraciones o consultas caducará 48 hrs. antes de la fecha para presentar las ofertas. Para el citado plazo, se tomarán en cuenta sólo las jornadas hábiles para la Administración Pública. Las consultas administrativas aclaratorias se llevarán a cabo mediante correo electrónico a la dirección compras-hnc@fcm.unc.edu.ar, y las consultas técnicas deberán realizarse presencialmente en el Área de Servicios Generales, en el horario de 8 a 14 hs.

Art. 9º) MEJORAS DE PROPUESTAS

Si entre las distintas propuestas que se presentaren y fueran seleccionadas en primera instancia no hubiera una diferencia de por lo menos un cinco por ciento (5%) entre ellas sobre la oferta económica más conveniente, se procederá a convocar una mejora de propuesta, cuya fecha de apertura no podrá ser más allá de los diez (10) días hábiles siguientes al acto de la presente Contratación.

Art. 10º) CONDICIONES GENERALES

En todos los casos deberá acompañarse con la oferta una declaración jurada del oferente de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Nacional.

Asimismo, deberán denunciar con carácter de declaración jurada si mantienen o no juicios con el estado nacional, o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado y secretaría y entidad demandada.

No se aceptarán ofertas de firmas que mantengan cuestiones litigiosas con la Universidad Nacional de Córdoba.

El HNC no adelantará fondos bajo ningún concepto y se reserva el derecho de adjudicar a la oferta que estime más conveniente y no necesariamente a la de menor precio, siendo este el criterio de evaluación a realizar por la Comisión.

Asimismo, se aclara que no pueden contratar con el HNC:

A.  Quienes se encontraren concursados y/o quebrados.

B.  Quienes fueren deudores del estado nacional, provincial y/o municipal.

C.  Quienes no hubieren cumplido sus contratos con la UNC anteriormente o se encontraren en situación de litigio con la misma.

D.   Quienes se hallaren bajo relación de dependencia con la UNC.

E.   Los inhibidos.

Art.11º) FORMA DE COTIZACIÓN

El Oferente deberá cotizar el precio final unitario del servicio que se contrata y el precio total por el plazo estimado en el presente procedimiento, según cantidades solicitadas. La cotización deberá ser expresada en pesos, en moneda argentina.

Los importes cotizados no podrán contener cláusulas de actualización monetarias,indexación por precios o, variaciones de costo. El no cumplimiento de este requisito dará lugar a la desestimación de la oferta.

Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas, si las hubiere, deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la oferta.

Deberán indicar claramente, en los casos en que se efectúen ofertas alternativas y/o variantes, cual es la oferta base y cuáles las alternativas o variantes. En todos los casos deberá existir una oferta base. El no cumplimiento de este requisito dará lugar a la desestimación de la oferta.

Art.12º) SEGURO

La Adjudicataria deberá presentar en el HNC, al inicio de la contratación del Servicio de Limpieza, la respectiva constancia de seguro de ART por los trabajadores afectados a tal fin (Art. 3 - Ley 24557). Además, se deberá comunicar fehacientemente al Área de Servicios Generales del Hospital una nómina del personal, incluyendo lugar asignado y horario en que realiza las tareas, que estará involucrado en los servicios a prestarse bajo la presente contratación.

Art.13º) FORMA DE PAGO Y PLAZO DE PAGO

El pago estará a cargo de la Tesorería del Hospital Nacional de Clínicas,y se hará contra la presentación de la Factura Original y el remito conformado por la responsable del Área Servicios Generales del HNC, según las normas fiscales vigentes.

El mismo se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta del proveedor. El plazo para el pago de las facturas será de SESENTA (60) días corridos.

Art.14º) DE LOS ADJUDICATARIOS

Todo adjudicatario será evaluado y calificado en el Registro de Evaluación de Proveedores de la Universidad Nacional de Córdoba (REP UNC), de acuerdo con lo establecido en la Resolución Rectoral Nº 2516/2013.

Art.15º) DEL INCUMPLIMIENTO

La Comisión de Recepción tendrá la responsabilidad de verificar si la Adjudicataria cumple o no las condiciones establecidas en el presente Pliego. En el caso en que se verificará que los servicios no cumplen con lo solicitado, se aplicarán las acciones correspondientes según lo estipulado en el artículo 29 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios, cuando incurran en las causales reguladas en el reglamento aprobado por el Decreto Nº1030/16.

Art. 16°) PENALIDADES Y SANCIONES. APLICACIÓN DE MULTAS.

La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones detalladas en el presente Pliego y sus Anexos, será penalizada por esta Administración conforme lo dispuesto en el artículo anterior.

En ningún caso las multas podrán superar el CIEN POR CIENTO (100%) del valor del contrato.

A los efectos de cuantificar el nivel de cumplimiento del adjudicatario, se considerarán las siguientes pautas:

En caso de que el Adjudicatario cumpla en forma parcial o no cumpla con los servicios estipulados en el Punto 2.A. - PLAN DE TRABAJO. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. - Especificaciones Técnicas, se aplicará un APERCIBIMIENTO.

Todo incumplimiento será debidamente notificado mediante correo electrónico al representante de los servicios.

Si la reiteración de las faltas a los servicios detallados en el Punto 2.A. PLAN DE TRABAJO. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. – Especificaciones Técnicas, durante el período de un (1) mes llegarán al número de tres (3) APERCIBIMIENTOS, será considerada FALTA MENOR.

La FALTA MENOR podrá ser acumulativa dentro de un mismo período mensual, con tope de dos FALTAS MENORES por mensual.

No obstante, en lo sucesivo, por cada falta que implique un incumplimiento del Adjudicatario en forma parcial o con los servicios estipulados, cualquiera fuera su motivo, luego de haberse aplicado ya dos FALTAS MENORES, se procederá a la aplicación de una FALTA MAYOR.

Por cada día que el Adjudicatario no preste el correspondiente servicio, entendiendo por ello la inasistencia parcial o total de su personal, además de la aplicación del régimen de penalidades antes descrito, se procederá al descuento del valor del jornal o turno que no se prestará.

En consecuencia, FALTA MENOR y FALTA MAYOR dentro del mismo período mensual, serán acumulativas teniendo como tope el valor total del renglón para ese período, pudiendo el adjudicatario no percibir retribución mensual alguna debido a la acumulación de penalidades.

Aplicación de porcentajes por penalidad Penalidad:

APERCIBIMIENTO: -

FALTA MENOR: Cinco (5) por ciento del monto mensual a facturar FALTA MAYOR: Diez (10) por ciento del monto mensual a facturar

Las penalidades a aplicar serán notificadas al Adjudicatario a través de correo electrónico, dentro de los quince (15) días hábiles de finalizado el mes al que corresponde el incumplimiento. De conformidad con el Artículo 104 del Decreto N° 1030/16 se afectarán las facturas al cobro emergente del contrato o de otros contratos de la jurisdicción o entidad contratante. En caso de no ser posible, se procederá conforme a lo establecido por los incisos b) y c) del citado artículo.

Art.17º) CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS

La Institución podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al pliego de bases y condiciones particulares, de oficio o como respuesta a consultas, según Art 50 del Dto. 1030/16.

Art.18º) OPCIONES A FAVOR DE LA ADMINISTRACIÓN

El derecho de la entidad contratante respecto de la prórroga, aumento o disminución de los contratos, en los términos del artículo 12 del Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios, según Artículo 100 del Dto. 1030/16, se sujetará a las siguientes pautas:

Aumentos y Disminuciones:

El aumento o la disminución del monto total del contrato será una facultad unilateral de la jurisdicción o entidad contratante, hasta el límite del VEINTE POR CIENTO (20%) establecido en el inciso b) del citado artículo 12. En los casos en que resulte imprescindible para la jurisdicción o entidad contratante, el aumento o la disminución podrán exceder el VEINTE POR CIENTO (20%), situación que requiere la conformidad del cocontratante. Si ésta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del monto total del contrato, aún con consentimiento del cocontratante.

Las modificaciones autorizadas en el inciso b) del artículo 12 del Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios, deberán realizarse sin variar las condiciones y los precios unitarios adjudicados y con la adecuación de los plazos respectivos.

Los aumentos o las disminuciones podrán incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra o contrato. En ningún caso el aumento o la disminución podrá exceder los porcentajes antes citados del importe de los renglones sobre los cuales recaiga el aumento o la disminución.

El aumento o la disminución de la prestación podrá tener lugar en oportunidad de dictarse el acto de adjudicación o durante la ejecución del contrato, incluida la prórroga en su caso o, como máximo, hasta TRES (3) meses después de cumplido el plazo del contrato.

Cuando por la naturaleza de la prestación exista imposibilidad de fraccionar las unidades para entregar la cantidad exacta contratada, las entregas podrán ser aceptadas en más o en menos, según lo permita el mínimo fraccionable. Estas diferencias serán aumentadas o disminuidas del monto de la facturación correspondiente, sin otro requisito.

La prerrogativa de aumentar o disminuir el monto total del contrato no podrá en ningún caso ser utilizada para aumentar o disminuir el plazo de duración del mismo.

Art.19º) ANTECEDENTES:

Declaración Jurada de Intereses - Proveedores SIPRO Declaración Jurada de Intereses - Proveedores SIPRO: La Oficina Nacional de Contrataciones informa que el día 22 de marzo de 2017 entró en vigencia el Decreto Nº 202/17, el cual establece –con carácter obligatorio– la presentación de una "Declaración Jurada de Intereses", en los términos y con los alcances indicados tanto en dicha norma como en la Resolución de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN Nº RESOL2017-11-APN- OA#MJ, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el día 23 de mayo de 2017.En virtud de ello y de acuerdo con lo establecido en la Comunicación General ONC Nº 76, de fecha 19 de junio de 2017, quienes ya estuvieran incorporados en el Sistema de Información de proveedores (SIPRO) deberán: Ingresar al portal TAD, seleccionar el trámite correspondiente a la actualización y completar el formulario “Declaración Jurada de Intereses” En dicha “Declaración Jurada de Intereses” deberán declarar si se encuentran o no alcanzados por alguno de los supuestos de vinculación establecidos en los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 202/2017. En oportunidad de presentarse como oferentes en un procedimiento de selección en particular, deberán verificar si corresponde modificar algo de lo declarado, principalmente en relación a la vinculación referida en el artículo 2º del Decreto Nº 202/2017, es decir la relativa a funcionarios de rango inferior a ministro que tenga competencia o capacidad para decidir sobre el procedimiento en cuestión. Para ello, deberán ingresar al portal TAD, seleccionar el trámite correspondiente a la actualización y consignar en el formulario los datos que correspondan.

A los fines de la DDJJ de Intereses se indica:

DECANO, DR.Pizzi, Rogelio Daniel DIRECTORA, Dra. Munizaga, Marcela Fabiana

Por último, se recuerda que la omisión de presentar la “Declaración Jurada de Intereses” podrá ser considerada causal suficiente de exclusión del procedimiento correspondiente, mientras que la falsedad en la información consignada en la que se hubiere presentado resultará susceptible de ser encuadrada en los artículos 66 inciso a) y 106 inciso b) apartado 2.2. del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios, sin perjuicio de otras consecuencias que pudieren corresponder de conformidad con la normativa vigente

Art. 20º) ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - CONDICIONES BÁSICAS GENERALES – ANEXO I

SERVICIO DE LIMPIEZA, ASEPSIA Y MANTENIMIENTO

A.1. ALCANCE.

El servicio de limpieza, asepsia y mantenimiento comprenderá:

Limpieza: El servicio de limpieza se realizará de acuerdo al Plan de Trabajo presentado por el Oferente y comprenderá todas las tareas de limpieza integral a realizar en los distintos sectores que conforman el hospital: espacios generales, internación común y de cuidados críticos, block quirúrgico y/u obstétrico, emergencia, consultorios, diagnóstico y tratamiento, anatomía patológica y morgue. También comprenderá las áreas de administración, cocina, ropería, sectores de mantenimiento y de servicios generales; bioterios y áreas de experimentación, sus elementos terminales de instalaciones de servicios de infraestructura (artefactos sanitarios y de cocina, grifería, luminarias, etc.) y de todos los elementos muebles y accesorios que los mismos contienen. Incluirá la provisión de todos los elementos y materiales de limpieza que resulten necesarios para llevar a cabo las tareas.

Mantenimiento: Las tareas de mantenimiento tienen por objeto conservar en correcto estado la higiene de las dependencias del HNC, ejecutándolas diariamente tantas veces como se requiera e incluyendo la provisión de todos los elementos y materiales de limpieza que resulten necesarios para llevar a cabo las mismas. Dicho mantenimiento deberá realizarse durante las horas de atención al público y de tareas del personal y/o cuando así lo requieren los distintos servicios en función a las necesidades que surjan. Mantenimiento de parques, jardines y exteriores: Comprende el mantenimiento de los espacios verdes interiores, exteriores y veredas del edificio. Asimismo, incluye tareas de limpieza de espacios semicubiertos, playas de estacionamiento, terrazas, expansiones, corredores, etc.

El Adjudicatario se compromete a ejecutar el trabajo conforme a los requerimientos de las normativas laborales, sanitarias, de seguridad y control ambiental vigentes y de aplicación obligatoria y/o indicativa para la actividad. Cumplimentar con la resolución HCS 989/2009.

A.2.   PLAN DE TRABAJO. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. ESPECIFICIDADES.

Se deberá tener en cuenta que el siguiente listado de actividades no constituye en modo alguno un plan taxativo de trabajo, teniendo como único fin brindar un marco referencial global de las actividades a realizar, debiéndose además atender, en lo que sea aplicable, a las Normas Mínimas de Procedimiento y de Seguridad que en el Anexo IV se estipulan. Asimismo, el hospital deberá, al inicio del servicio, aprobar el plan de trabajo que presente la adjudicataria en las que se determinarán tareas y frecuencias, pudiendo luego, por razones de servicio, solicitar la modificación de las mismas cuando la Dirección lo considere/n pertinente y siempre que estas modificaciones no impliquen alterar los alcances del servicio.

A.2.1. BAÑOS.

Se deberán limpiar baños públicos, particulares, de uso de los técnicos de la salud, aquellos ubicados en habitaciones de internación, etc.

Diariamente, se efectuará una limpieza intensiva en los artefactos sanitarios, pisos, azulejos, tabiques, puertas y espejos, para conservar su perfecta higiene. Se ejecutará con productos desinfectantes con enjuague y secado posterior. En caso de ser necesario, se procederá a efectuar la limpieza con producto anti sarro. Se prohíbe el uso de ácidos de cualquier tipo, especialmente el muriático, para la limpieza de los baños.

En los baños públicos, se deberán colocar en su interior desodorantes de agradable aroma y se repondrá el papel higiénico, jabones en los dispensers y toallas de papel en cuanto se produzca su faltante.

El mantenimiento de los baños se realizará cuatro (4) veces al día, espaciadas de acuerdo al uso y carga que cada baño posea en lo particular. La totalidad de baños deberá tener en su acceso principal una cartilla de control de los trabajos donde se indique: fecha y hora de la limpieza realizada con el nombre del empleado y su firma a los efectos de realizar un contralor de los mismos.

Desobstrucción de artefactos sanitarios: los artefactos que se encuentren obstruidos se desobstruirán con sopapas y/o manualmente con la ayuda de pinzas adecuadas (retiro de trapos, papeles, restos de comida, etc.). Aquellos en los cuales no funcione la técnica mencionada, deberá ser desobstruido con pasado de cinta/cable desobstructor. En caso de no poder solucionar este inconveniente mediante las técnicas antes descriptas, se dará aviso inmediato a la Dirección de Mantenimiento, asentando el hecho con fecha y hora, en el libro de órdenes de servicio. De manera idéntica a esto último se procederá con toda otra novedad similar a la detectada y que requiera atención de Mantenimiento (pérdidas de agua, cortocircuitos, cables sin sostén, etc.).

A.2.2. COCINAS Y KITCHENETTE.

Diariamente, se realizará la limpieza de pisos, azulejos, piletas de lavar, artefactos de cocina, rejillas, canillas y electrodomésticos, excepto vajillas y dispensers de agua.

Mensualmente, o cuando resulte necesario, se deberán desarmar las rejillas y limpiar su depósito de residuos.

A.2.3. PISOS, ZÓCALOS y ESCALERAS.

•    Pisos interiores:

Diariamente, los pisos serán barridos y lavados, incorporándose acondicionadores según las características de cada material. Deberán limpiarse todas las partes libres y debajo de los muebles.

Quincenalmente, se realizará una limpieza profunda de pisos, comprendiendo el desengrasado y lavado de mosaicos, mármol, parquet y del tipo flexiplast, utilizando en cada caso productos y técnicas específicas. Siempre trabajar por sector no impidiendo el tránsito de personal y advirtiendo mediante vallados y cintas los trabajos que se están realizando. En caso de existir pisos alfombrados, deberán aspirarse profundamente.

•    Pisos exteriores:

Diariamente, o cuando resulte necesario, los patios interiores, playas de estacionamientos, aceras, terrazas y balcones serán barridos y lavados, cuidando que la basura no tape rejillas ni desagües.

            •    Escaleras.

Diariamente, se deberán limpiar y desinfectar los pisos de escalera y pasamanos. Se hará, siempre que el ancho de la escalera lo permita, por mitades, colocando vallados y carteles de advertencia los que no se habilitarán hasta que estén completamente secos y aptos para su tránsito, y de los pisos superiores hacia los inferiores, tantas veces por día como por plan de trabajo se determine en función de su tránsito. Se eliminarán manchas y escrituras en paredes, si las hubiera

A.2.4. PAREDES, REVESTIMIENTOS y CIELORRASOS.

Mensualmente, deberán higienizarse paredes - interiores y exteriores -, revestimientos y cielorrasos considerando las pautas que a continuación se indican:

•   En relación a las paredes, las que son pintadas serán repasadas en las partes afectadas por el roce diario con productos que no deterioren la pintura.

•  En las paredes exteriores y frentes, se hará una limpieza general en las mismas, incluyendo las persianas. En aquellos casos afectados por manchas o suciedad por el roce diario, deberán ser lavados sin deterioro de la pintura.

•  Los cielorrasos, se mantendrán continuamente en perfecto estado de limpieza sin recurrir a productos que puedan deteriorar el material.

A.2.5. CRISTALES, VIDRIOS Y ESPEJOS. MAMPARAS DIVISORIAS.

Semanalmente, se repasarán los cristales, vidrios, espejos y mamparas en los lugares afectados por el roce diario, según las pautas que se indican a continuación:

• Vidrios interiores, deberán limpiarse independientemente la altura que tengan, siempre y cuando tengan acceso a los mismos desde el interior del edificio.

• Las mamparas de vidrio serán repasadas con el mismo tratamiento que se utiliza para el resto de los vidrios internos existentes. Las mamparas se limpiarán de acuerdo al material con que estén armadas.

Mensualmente, los vidrios exteriores, cuya altura no supere los 2 mts., se lavarán con productos adecuados a los efectos de lograr su perfecto mantenimiento y evitar la acumulación del polvo y marcas del agua de lluvia.

•    De acuerdo a la acción del clima y si es requerido, podrá ser modificada la periodicidad de ejecución del servicio de una (1) vez por mes hasta un máximo de tres (3) veces mensuales.

•  Con respecto a la limpieza de vidrios exteriores, se deberá autorizar la entrada de personal especializado en horas y días a designar. A tales efectos, el Contratista deberá solicitar autorización a esta Administración, con una anticipación de cuarenta y ocho (48) horas hábiles a la realización de las tareas.

A.2.6. ASCENSORES.

Diariamente, se limpiará la caja propiamente dicha, en todas sus caras (incluido los espejos) y cada puerta por piso, teniendo en cuenta las características de los mismos y, en el caso de poseer frentes de bronce u otros materiales, se eliminarán las manchas producidas por el roce con limpia metales apropiados.

A.2.7.      MUEBLES, SILLAS, SILLONES, ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN, EQUIPOS INFORMÁTICOS Y ESTANTERÍAS.

Diariamente, se quitará el polvo de escritorios, mesas, sillas, mostradores, mesas de reunión, cuadros colgantes, carteles, etc. Cuando su estado lo requiera, se procederá a retirar los cristales que cubran los escritorios, mesas y mostradores, para limpiarlos por ambas caras, de igual manera que las tapas donde se apoyan. Las esculturas, los cuadros y las obras de arte serán repasadas solo con plumero.

Quincenalmente, se limpiarán los artefactos de iluminación con productos adecuados y se realizará limpieza exterior de estufas, artefactos de acondicionamiento de aire frío y/o calor y de ventilación.

A.2.8. PARQUES, JARDINES, TERRAZAS Y BALCONES. TANQUES Y CISTERNAS. Diariamente, se deberán barrer los pisos embaldosados y todo espacio destinado a veredas, rampa, escaleras, terrazas, balcones, galerías, etc.

Semanalmente, o cuando así se requiera, se deberá cortar el césped con máquina adecuada, con su posterior barrido y retiro de residuos. Asimismo, se deberán baldear todos los espacios destinados a veredas, rampa, escaleras, terrazas, balcones, galerías, etc.

Mensualmente, se realizará la limpieza y desinfección de tanques y cisternas.

A.2.9. HALL DE INGRESO.

Diariamente, o cuando se requiera, los espacios destinados al hall de ingresos serán barridos y lavados profundamente y conservados convenientemente según la afluencia de público.

A.2.10. PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO. SALA DE MAQUINAS. DEPÓSITOS.

Semanalmente, las playas de estacionamiento deberán serán barridas.

Las salas de máquinas, cuando sea requerido, deberán ser barridas y lavadas con agua jabonosa quitando toda mancha de aceite, grasa, etc., y todo elemento extraño a los mismos.

En relación a los depósitos, en caso de que sean desocupados, se deberán barrer y sacar de los mismos toda basura que quede.

A.2.11. CORTINAS.

Mensualmente, a las cortinas americanas se les quitará el polvo en su totalidad de ambos lados, con la ayuda de un trapo húmedo y/o plumero.

A.2.12. UNIDAD QUIRÚRGICA CENTRAL

•    Quirófanos generales y de oftalmología

Diariamente, o luego de cada intervención, debe realizarse la limpieza de los quirófanos según protocolo de limpieza. Se deben limpiar pisos, superficies, mobiliario, lavabos y áreas de recuperación utilizando insumos y productos de limpieza que sean adecuados para el lugar que se está interviniendo.

Durante la tarde, se deberá realizar limpieza profunda de cada quirófano debiendo limpiar paredes, azulejos, pisos, superficies y todo el mobiliario.

•    Cistoscopia y Urodinamia (sala de estudios)

Diariamente, o luego de cada estudio, deben limpiarse las salas siguiendo las pautas establecidas en el protocolo que se adjunta al presente.

A.2.13. GUARDIA.

Diariamente, o cuando así se requiera, se deberán limpiar las camas y sus respectivas bombas, paneles, puertas, pisos y baños. En aquellas salas donde haya camas con equipamiento no se puede baldear, solo se puede limpiar utilizando trapo húmedo. Una vez por turno debe limpiarse la habitación del médico y su respectivo baño.

Semanalmente, deberán realizarse limpieza profunda, limpiando mobiliario, vidrios, puertas, etc.

En relación a la limpieza del Showroom (área crítica) la limpieza del equipamiento de cada cama debe realizarse ante cada alta de paciente.

A.2.14. UNIDAD CORONARIA (UCO) – UNIDAD DE TERAPIA INTENSIVA (UTI) Diariamente, o cuando así se requiera, se deberán limpiar los pisos, paneles, camas con su respectivo equipamiento (bomba), baños internos, vestuario y habitación y baño correspondiente al médico.

Semanalmente, o cuando así se requiera, deberán limpiarse las paredes, el equipamiento que no está en la habitación, vidrios y cortinas blackout (limpiar con trapo húmedo). Los pisos deben barrerse y limpiarse con trapo, evitando baldear la zona.

A.2.15. CONSULTORIOS EXTERNOS Y OFICINAS.

Diariamente, o cuando así se requiera, se deberán barrera y trapear los pisos y limpiar muebles (escritorios, camillas, sillas, etc).

Semanalmente, deberán limpiarse vidrios, paredes, puertas y ventanas.

A.2.16. FARMACIA.

Diariamente, o cuando así se requiera, deberán limpiarse los pisos, mesadas, zócalos sanitarios, y guardas.

Semanalmente, deberán limpiarse puertas, vidrios y ventanas, matafuegos, mobiliario, drogueros, lámparas, estantes, etc.

En relación al depósito de la farmacia, deberá ser limpiado cuando así lo requiera personal del Área de Farmacia.

Respecto al Laboratorio de farmacia, personal del Área de Farmacia dará las instrucciones en relación a la forma e insumos que deben utilizarse para su limpieza. Lavado de envases para formulaciones: la limpieza será diaria y deberá utilizarse una técnica especial para el aseo de los mismos, la cual será explicada por personal del Área de Farmacia.

A.2.17. COCINA GENERAL.

Diariamente, deberán barrerse y trapearse los pisos y limpiarse las bachas, mesadas (interiores y exteriores), azulejos, electrodomésticos y puertas. El lavado de vajilla está a cargo del personal del hospital.

Asimismo, se deberá limpiar el consultorio de nutrición y el baño que se encuentra junto al mismo.

Dos veces por semana, deberá realizarse limpieza general, incluyendo la misma la limpieza de la campana, anafe, horno (por fuera) , maquinarias, vidrios y cerámicos. En todos los casos, se utilizará lavandina y productos antigrasa.

A.2.18 LABORATORIO y CENTRAL DE ESTERILIZACIÓN.

Diariamente, o cuando así se requiera, deberán limpiarse los pisos, mesadas, zócalos sanitarios, y guardas.

Semanalmente, deberán limpiarse puertas, vidrios y ventanas, matafuegos, mobiliario, drogueros, lámparas, estantes, etc.

A.2.19. SALAS DE INTERNACIÓN.

Diariamente, o cuando así se requiera, se deberán limpiar los pisos, paneles, camas con su respectivo equipamiento (bomba), baños internos, vestuario y habitación y baño correspondiente al médico.

Semanalmente, o cuando así se requiera, deberán limpiarse las paredes, el equipamiento que no está en la habitación, vidrios y cortinas blackout (limpiar con trapo húmedo). Los pisos deben barrerse y limpiarse con trapo, evitando baldear la zona.

A.2.20. JARDÍN DE INFANTES.

Diariamente, o cuando así se requiera, se deberán limpiar los pisos, baños, salas y espacios comunes.

A.2.21. RETIRO DE RESIDUOS. Se incluyen las siguientes tareas:

•  Recolección y/o retiro de residuos que se encuentren esparcidos en las diferentes áreas interiores y exteriores, sobre elementos muebles, en cestos de papeles y contenedores;

•    Limpieza de cestos y contenedores;

•  Provisión y colocación de nuevas bolsas de polietileno de los espesores y colores adecuados.

•  Ubicación de cestos y contenedores en sus respectivos lugares. Los cestos serán provistos por el Hospital.

• Disposición de los residuos, en bolsas cerradas y en contenedores, en los sectores especialmente asignados, tanto para residuos patológicos, como para residuos comunes. No estará a cargo de la prestataria del servicio de limpieza, la provisión de bolsas rojas ni de descartadores de materiales corto punzantes.

A los efectos de establecer las frecuencias de retiro de residuos por cada sector del hospital, se deberá tener en cuenta la capacidad de producción y de almacenamiento de los mismos en su lugar de generación, las condicionantes ambientales y su consecuente potencialidad séptica brindándose a continuación un listado no taxativo de frecuencias mínimas de retiro diario, la cual podrá ser modificada por Anexo y/o por plan de trabajo, a saber:

UNIDAD  CANTIDAD DE RETIROS DIARIOS OPORTUNIDAD

Quirófanos 4  Mañana - mediodía - tarde - tarde/noche

Unidades de cuidados intensivos 4   Mañana - mediodía - tarde - tarde/noche

 Unidades de internación 4   Mañana - mediodía - tarde - tarde/noche

 Hospital de día  3  Mañana - mediodía - tarde

Sala de internación de Oncología    4     Mañana - mediodía - tarde - tarde/noche

 Radiología  4  Mañana - mediodía - tarde - tarde/noche

Medicina nuclear    3     Mañana - mediodía - tarde 

Hemodiálisis 4    Mañana - mediodía - tarde - tarde/noche

Anatomía patológica y morgue  3       Mañana - mediodía - tarde

 Guardia  4   Mañana - mediodía - tarde - tarde/noche 

Consultorios externos  3      Mañana - mediodía - tarde

Laboratorios bioquímicos 4   Mañana - mediodía - tarde - tarde/noche 

Oficinas, Consultorios, Áreas comunes 1    Mañana

Administración       1      Mañana

En el caso de residuos Patógenos, la frecuencia se podrá aumentar de acuerdo a las

necesidades de los servicios.

El horario de uso de ascensores y montacargas, tanto para el traslado de residuos patológicos como comunes, deberá ser acordado con la Dirección, debiéndolos transportar en carros cerrados y con bolsas cerradas, hasta los ámbitos de disposición final ubicados dentro del Establecimiento.

Características del servicio de recolección de residuos patógenos:

• Se utilizará el sistema de doble bolsa, debiendo existir en cada sector consignado un recipiente conteniendo bolsas a tal efecto.

• Debe existir un recipiente específico para cada tipo de residuos en cada sector.

• El personal de limpieza procederá a cerrar y retirar las bolsas, colocarlas en una bolsa más grande    cuando así se disponga.

• Los recipientes deberán ser lavados (según técnica determinada por la legislación vigente) y se colocará en ellos una nueva bolsa.

• Las bolsas que se retiran serán trasladadas hasta el contenedor pertinente.

• Los contenedores de basura deben permanecer cerrados con candado y mantenerse limpios y desinfectados con lavado diario.

• La manipulación y desecho de RESIDUOS PATÓGENOS, deberá realizarse por personal del ente generador (PERSONAL DEL HOSPITAL).

• Las acciones de etiquetado, precintado, acopio transitorio, pesado y entrega de bolsas a la empresa recolectora, será a cargo de Personal de la Empresa de Limpieza adjudicada.

•  Deberá conservar en óptimas condiciones de limpieza y bioseguridad los contenedores, carros de transporte y depósito.

•  Para la manipulación y acopio transitorio de los RESIDUOS PATOGÉNICOS, deberán respetarse las normas Municipales y de Salubridad, que se encuentren vigentes o en el futuro se dicten.

•  Deberán cumplimentar con el procedimiento de Residuos Patógenos del Hospital Nacional de Clínicas.

B.  DEL PERSONAL

B.1. HORARIO DEL PERSONAL DE LIMPIEZA.

Las tareas de limpieza se realizarán de acuerdo a lo indicado en el ANEXO IV y considerando el Plan de Trabajo que deberá presentar la Adjudicataria.

B.2. UNIFORME.

El personal de limpieza deberá tener uniforme con oblea identificatoria donde se muestre: foto del empleado, número de documento y ART a la que está inscripta la empresa.

B.3. COMUNICACIONES.

El personal Jefe Encargado de la cuadrilla de limpieza deberá tener un teléfono celular a los efectos de su ubicación para realizar reclamos o pedidos de emergencia. Este número deberá ser comunicado al Director del Establecimiento para que lo distribuya a quien considere habilitado para efectuar comunicaciones entre Comitente y contratista.

B.4. CAPACITACIÓN.

Todo el personal operativo, ya sea de supervisión, ejecución de tareas y/o control de calidad, deberá ser instruido al iniciar su actividad y luego mediante un programa de capacitación continua, al menos sobre los siguientes aspectos:

1.   Capacitación para cumplimiento de las tareas que le hayan sido encomendadas, instruyéndolos en el uso adecuado de productos de limpieza integral y en la ejecución de los diferentes procedimientos de trabajo, atendiendo a las normas vigentes de prevención y control de infecciones hospitalarias y de bioseguridad de aplicación a la actividad, pautas establecidas por el propio Hospital y a lo estipulado en las Normas Mínimas de Higiene Hospitalaria y Procedimientos de Seguridad que acompañan a este Pliego de Especificaciones Técnicas.

2.   Capacitación en el uso adecuado de las instalaciones del Hospital, instruyéndolos respecto a las medidas de seguridad a adoptar en sectores de uso habitual de materiales radioactivos, contaminantes biopatológicos, inflamables, etc., así como en sectores de servicios generales donde se ubiquen tableros eléctricos, celdas de media tensión, calderas, etc., sectores de diagnóstico y tratamiento con profusión de equipos eléctricos de gran porte alimentados por fuerza motriz y/o termo electromecánicos (tomógrafos, equipos de radiología, autoclaves, etc.); sectores de cuidados intensivos con pacientes conectados a equipos de trabajo y de protección adecuados.

Las capacitaciones estarán a cargo del Adjudicatario.

B.5. PERSONAL PERMANENTE

Considerando lo dispuesto por el artículo 1 de la Resolución Rectoral Nº 3189/2011, la empresa adjudicataria del servicio de limpieza deberá asignar personal permanente en funciones establecidas en sus lugares asignados, evitando las rotaciones continuas de los mismos.

El HNC cuenta con áreas críticas para atención de pacientes y, por cuestiones sanitarias, de protocolos médicos y capacitación, la Adjudicataria deberá asignar personal fijo en las siguientes áreas (enumeración no taxativa):

•    Quirófanos.

•    Farmacia.

•    Salas de internación, UCO Y UTI.

•    Guardia.

•    Hospital de día de Oncología.

La adjudicataria podrá rotar el personal afectado a estas unidades por casos de urgencia y/o fuerza mayor, debiendo comunicar a la Institución de la situación con la antelación necesaria para prever la capacitación del nuevo personal.

B.6. DOTACIÓN DE PERSONAL.

La cantidad de personal deberá ser acorde a los requerimientos dispuestos en el ANEXO IV del presente pliego.

Esta cantidad de personal podrá ser disminuida o incrementada hasta un 20% conforme sea requerido por parte del Nosocomio, debiendo la Adjudicataria dar cumplimiento a dicho requerimiento.

La Adjudicataria deberá entregar semanalmente nómina del personal que cumplirá funciones durante ese período, incluyendo el personal asignado al turno noche, guardias y cubre francos. La nómina deberá contener nombre y apellido, DNI y lugar asignado de trabajo, así como el jefe de turno respectivo con su teléfono de contacto.

Las faltas, bajas y ausencias temporales del personal deben comunicarse por escrito y,además, ser cubiertas de forma inmediata. En caso de no cumplirse con lo acá dispuesto, se aplicarán las sanciones correspondientes.

El personal de limpieza deberá registrar su asistencia en el reloj marcador que pondrá a disposición el Hospital.

C.   TÉCNICAS DE LIMPIEZA

Las técnicas de limpieza utilizadas deben responder a las pautas determinadas por la normativa vigente de Prevención y Control de Infecciones Hospitalarias, de aplicación a la actividad, así como aquellas que sobre el particular desarrolle en el hospital, en consonancia con la normativa, el Comité respectivo.

D.   PRODUCTOS PARA LA LIMPIEZA

Todos los productos para la limpieza serán provistos por la Adjudicataria incluyendo todo tipo de bolsas de residuos que sean necesarias (no se incluyen las bolsas rojas para residuos patógenos y las amarillas destinadas a Ropería). El establecimiento supervisará su calidad y concentración periódicamente.

La Adjudicataria podrá utilizar hipoclorito de Na (en concentración adecuada), detergente, perfuminas y/o desodorantes, productos para limpieza de muebles y metales, desinfectantes, productos limpia vidrios, trapos rejilla y de pisos, baldes, guantes, escobas y escobillones, lampazos, plumeros y limpia techos, secadores de piso, carro con ruedas porta elementos, escaleras de altura suficiente para realizar la limpieza de vidrios interiores y exteriores (estos últimos, hasta determinada altura). Asimismo, la Adjudicataria debe aportar las máquinas y/o equipos necesarios (tales como aspiradoras, lustradoras, etc.) que permitan una adecuada limpieza de superficies.

La empresa de servicios de limpieza deberá observar y respetar las normas de prevención y control de infecciones y bioseguridad de aplicación obligatoria nacional y las impuestas por el Ministerio de Salud y Seguridad Social, en los casos de las áreas críticas antes descritas.

La Dirección del Hospital o quien esta designe deberá aprobar todos los productos utilizados, y podrá solicitar pruebas de efecto de los mismos y/o de contaminación, las que deberán realizarse en laboratorios oficiales reconocidos como el Centro para la Excelencia en la Producción de la Provincia de Córdoba (CEPROCOR) y/o en el Centro de Química Aplicada (CEQUIMAP) de la Universidad de Córdoba.

E.   INSUMOS PARA BAÑOS

La Adjudicataria deberá proveer jabón líquido y papel higiénico (mínimo 1 rollo por baño por día). En el caso de baños públicos, se exigirá que no falte este insumo en ningún momento, por ello se deberá contabilizar un mínimo de tres unidades por inodoro

Asimismo, deberá proveer - a pedido del Hospital - jabón líquido y toallas descartables en salas y consultorios en la cantidad necesaria, consensuada entre las partes, con un mínimo de 600 toallas mensuales descartables por “dispenser”. Cada “dispenser” deberá estar ubicado en lugar a indicar por el Comité de Prevención y Control de Infecciones del HNC.

F.   AUDITORÍA Y/O CONTROLES DE PRESTACIÓN DE SERVICIO

F.1. PLAN DE TRABAJO

El Oferente deberá presentar con su oferta un Plan de Trabajo que describirá la planificación de la limpieza, asepsia, mantenimiento y recolección de residuos en los distintos sectores, la metodología de trabajo a utilizarse, la cantidad de personal asignado en espacios abiertos y cerrados y el cronograma de trabajo.

A los treinta (30) días de iniciada la actividad, la empresa que resulte adjudicada deberá presentar carpeta acreditando la planificación definitiva, los procedimientos de limpieza utilizados, la que deberá ser aprobada por el Hospital. En caso de no cumplir con este requisito, está sometido a las penalidades establecidas en el presente pliego y en el decreto 1030/16 y 1023/01.

F.2. CONTROL DE PERSONAL

El Hospital, a través de los distintos sectores, arbitrará los medios necesarios para verificar la cantidad e identidad de los empleados de la empresa contratada que cumplan labores en los mismos, como así también la puntualidad y la calidad del trabajo realizado. Los informes derivados serán notificados a la Adjudicataria y constituirán la base de aplicación de multas por incumplimiento.

F.3. INSPECCIÓN DE CALIDAD

Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, el Hospital podrá instrumentar diversos controles de calidad sobre el servicio prestado por la empresa contratista a través de las áreas competentes. Las eventuales irregularidades que pudieren surgir, serán pasibles de multas.

Asimismo, la empresa contratista deberá someterse a las observaciones que pudieren surgir de las auditorías que el Ministerio de Salud disponga a través de sus organismos técnicos. El incumplimiento a las conductas correctivas derivadas de las observaciones que pudieren surgir, serán pasibles de multas.

Art. 21º) CONDICIONES BÁSICAS GENERALES – ANEXO II “NORMAS MÍNIMAS DE HIGIENE HOSPITALARIA” OBJETO

La presente normativa tiene como objeto principal prevenir cualquier tipo de infección intrahospitalaria, considerando que todo lo que rodea al paciente deberá ser motivo de una rigurosa higiene, a efectos de disminuir microorganismos contaminantes.

CONDICIONES GENERALES

La metodología de limpieza será similar para todo el Hospital, pero se deberán establecer adaptaciones especiales respecto a la frecuencia y pasos a seguir en determinadas superficies y áreas especiales (habitaciones, corredores, quirófanos, unidades de asistencia nutricional, etc.).

Se tendrá en cuenta que la remoción física de microorganismos con fregado con solución detergente (dilución mínima para detergentes aniónicos 3% y/o indicación del fabricante y/o del Comité de Prevención y Control de Infecciones del Hospital, mandando este último) y trapo limpio, es más importante que el efecto de una solución desinfectante. No se debe mezclar detergente con hipoclorito de sodio (agua lavandina), pues contienen compuestos que reaccionan entre sí produciendo vapores tóxicos y reduciendo el efecto del desinfectante.

La solución de lavandina deberá corresponder a una concentración mínima de 40 gr de materia activa por litro de hipoclorito de sodio. Para su empleo como desinfectante siempre deben efectuarse diluciones del producto comercial, por cuanto la efectividad de la lavandina pura (concentrada) se encuentra sensiblemente reducida. Las diluciones así preparadas deben guardarse en recipientes oscuros al abrigo de la luz y utilizarse dentro de las 24 horas de la preparación. Deben realizarse titulaciones periódicas de la lavandina comercial, a fin de controlar la estabilidad de la misma.

Para desinfección de superficies se utilizarán 125 cm3 de solución de lavandina comercial al 8% (80 gr/l) en un recipiente diluida con agua hasta completar 10 (diez) litros (solución al 0,1%).

Para descontaminación de superficies se utilizarán 125 cm3 de solución de lavandina al 8% en un recipiente completado a 1 (un) litro con agua (solución al 1%).

Cuando haya derrames de sangre y/o secreciones de cualquier tipo, se cubrirá la misma con papel absorbente, para luego cubrirla con una solución de hipoclorito de sodio al 1% (descontaminación), y se esperará un mínimo de 20 (veinte) minutos. Posteriormente se absorbe nuevamente con papel de diario, se recoge éste con ayuda de pala y/o pinzas adecuadas, y se limpia con solución de detergente y agua.

No se deben utilizar métodos secos de limpieza, excepto por necesidad.

Se utilizarán para el agua proveniente del lavado, y para el lavado de elementos de limpieza, las piletas e instalaciones que a tal fin el Hospital estipule.

Los artefactos sanitarios se pulirán en seco, se desengrasarán, y luego se efectuará un enjuague con solución de hipoclorito de sodio.

La higiene de mesadas y paredes de locales sanitarios también se realizará a diario de acuerdo a la técnica del doble balde y doble trapo, con desinfección final.

El sentido de la limpieza es de arriba hacia abajo en superficies verticales; de zonas más limpias a zonas más sucias en superficies horizontales.

No se ha comprobado que haya beneficios adicionales por el uso de aerosoles o vaporizadores con desinfectantes (formol, amonios cuaternarios, iodopovidona). No han probado ser tan eficaces y agregan la posibilidad de producir efectos tóxicos.

Las bolsas de residuos serán de los espesores que a continuación se detallan: Bolsas negras para pequeños contenedores de residuos: 20 micrones;

Bolsas negras para contención de bolsas ubicadas en pequeños contenedores: 40 micrones;

CLASIFICACION DE AREAS DE HIGIENE HOSPITALARIA

ÁREAS NEGRAS: Áreas exteriores descubiertas, circulaciones semicubiertas y principales, accesos, sector administrativo y sector servicios generales..

LIMPIEZA: Según procedimiento general, desinfectado con hipoclorito de sodio al 1%. 

ÁREAS GRISES: Consultorios externos, Diagnóstico y Tratamiento, Emergencias, Anatomía Patológica y Morgue.

LIMPIEZA: Áreas de uso matutino: 1 vez por día. Áreas de uso matutino y vespertino: 2 veces por día. Áreas de uso matutino, vespertino y nocturno: 3 veces por día.

ÁREAS BLANCAS: Quirófanos, Salas de Parto, Unidades de Terapia Intensiva, Unidades Coronarias, Unidades de Trasplante, Neonatología, Áreas de Punción, de Preparación de Soluciones Parenterales, de Siembra de Laboratorios, de Endoscopía, etc.

LIMPIEZA: Se limpiará el sector una vez por día, como rutina y toda vez que resulte necesario después de cada práctica (intervención quirúrgica, partos, etc.).

El personal de estos circuitos, deberá portar ropa y equipos especiales, deberá poseer identificación visible del área donde presta servicios, y no podrá circular fuera del sector dentro de su horario de trabajo

DE LAS ÁREAS LIMPIAS Y SUCIAS DE ENFERMERÍA

D.1.   Office limpio

Debe entenderse por office limpio un lugar físico que se utiliza para la preparación de medicación, planes parenterales, instrumental para maniobras (venopunturas, cateterización vesical, material para curaciones, etc.) y toda actividad que implique el manejo de material limpio y estéril. El mismo debe contar con pileta, elementos para lavado de manos (jabón, toalla, agua), mesada, ventilación, iluminación y puertas adecuadas. Debe ser de acceso restringido para todo aquel que no pertenezca al equipo asistencial de esa área.

D.2.   Office sucio

Debe entenderse como office sucio al lugar físico donde se lava todo el material que ha sido usado con los pacientes (cajas de curaciones, guantes, etc.) Aquí también es necesario contar con pileta, mesada, ventilación y elementos para correcto lavado y secado de manos. La puerta de este recinto debe permanecer cerrada en forma permanente y su acceso será restringido.

TURNOS PARA SERVICIO DE LIMPIEZA.

Mañana de 06:00 a 14:00 hs

Tarde de 14:00 a 22:00 hs.

Noche de 22:00 a 06:00 hs.

Art. 21º) CONDICIONES BÁSICAS GENERALES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS – ANEXO III 

“NORMAS MÍNIMAS DE PROCEDIMIENTO Y DE SEGURIDAD”

Se deberán tener en cuenta las siguientes normas de procedimiento mínimas, más todas aquellas que el Adjudicatario considere necesarias para obtener los resultados que se requieren.

Cierre de instalaciones – Clausura de locales.

Se deberá comunicar a la Dirección - o a quien corresponda - todo cierre temporal de instalaciones centrales y/o desconexión de equipos, determinándose en el Plan de Trabajo los procedimientos necesarios, si esto constituyera tarea de rutina. De la misma forma se procederá toda vez que, operativamente, sea necesario clausurar locales.

Trabajos en altura.

Cuando se realicen trabajos en altura, se deberán colocar vallados de protección para evitar el paso del público debajo del área (toda vez que esto sea posible), tomándose además las medidas de seguridad correspondientes y legalmente obligatorias. Quedará enteramente a cargo del Adjudicatario el estudio y ejecución de los trabajos que sean necesarios para asegurar silletas, balancines, andamiajes y/o toda otra estructura de soporte de personas, equipos y materiales de limpieza. Para ello, deberá presentar para su aprobación a la Dirección del Hospital y/o a quien corresponda los correspondientes estudios para la fijación de ménsulas, grampas, ganchos, para la ejecución de toda otra tarea previa que se deba realizar y que pueda afectar estéticamente la fachada del edificio.

Equipos eléctricos.

Los equipos eléctricos de trabajo, propiedad de la empresa adjudicataria, deberán estar en óptimas condiciones de uso, debiéndose acordar con la Dirección del Hospital - o con quien ésta designe -, los toma corriente a los que podrán ser conectados. En caso contrario, el adjudicatario será responsable por todo daño que pueda surgir de la desconexión de equipos del hospital y/o por las consecuencias de una sobrecarga eléctrica y/o por las interferencias que se puedan producir sobre equipos eléctricos del hospital y/o por descargas eléctricas que puedan afectar a terceros.

Se evitará, toda vez que esto sea posible, cruzar con cables de conexión de equipos áreas de circulación de público.

Nivel de ruido.

La maquinaria a utilizar por la empresa adjudicataria deberá ser del tipo silencioso, atendiendo a normativas vigentes en lo relativo al nivel de ruido diurno y nocturno; caso contrario la Dirección y/o quien ésta designe, podrán decidir que no se utilice y/o no se utilice en determinadas áreas y/o se utilice solo en determinados horarios.

Se acordará expresamente el horario de utilización de maquinaria de alto nivel de ruido, tales como cortadoras de césped, pulidoras de piso, etc.

Vallados de separación y seguridad.

En pasillos de circulación, esperas, corredores, escaleras, etc. y siempre que sus anchos lo permitan, se deberán efectuar las tareas de limpieza por mitades, en sentido longitudinal, colocando vallas de separación, a fin de no interrumpir la circulación del público y evitar que se produzcan caídas de personas por resbalamiento. Siempre se deberá advertir mediante carteles indicadores la existencia de piso húmedo o resbaladizo y evitar, vallado mediante, que persona ingrese a dicho sector hasta que la superficie se encuentre completamente seca y apta para el tránsito.

Cuando se realice la limpieza general de locales, se comenzará por cielorrasos, se seguirá por paredes, carpinterías, vidrios, artefactos empotrados y/o adheridos y/o pendientes, alacenas, mesadas y bajo- mesadas, banquinas, etc. acabando con los solados. Cuando se utilicen escaleras, nunca se deberán ubicar frente a puertas que abran hacia ellas, a menos que se clausure o vigile el sector.

Técnicas secas de limpieza (como excepción).

Se evitará la aplicación de técnicas secas de limpieza, ya que remueven el polvo y producen elevados índices de contaminación ambiental; en caso de no ser esto posible (equipos electromecánicos, electromédicos; etc) se utilizarán técnicas específicas (limpieza por aire; trapeado seco, plumerado, aspiración mecánica) tomando los resguardos necesarios para que ésta situación no afecte la calidad del medio.

Limpieza de cielorrasos.

Para efectuar la limpieza de cielorrasos y artefactos empotrados y/o pendientes y/o adheridos, se tendrá en cuenta que las escaleras deberán estar en buenas condiciones de uso, no pudiéndose apoyar en ellas baldes u otros elementos de limpieza que puedan caerse, evitándose además el uso de escaleras metálicas toda vez que se esté en presencia de equipos y/o artefactos eléctricos.

Limpieza de paredes.

Para efectuar la limpieza de paredes, se procederá de arriba hacia abajo, en forma circular, con paños húmedos, poniendo especial cuidado en aquellos sectores donde se ubiquen tomacorrientes y/o se conecten equipos eléctricos, así como también bocas de salidas de gases medicinales. Se prestará principal atención con superficies que presentan aristas y ángulos y en especial, juntas de cualquier tipo.Limpieza de puertas y ventanas.

Para efectuar la limpieza de puertas y ventanas, se comenzará por los marcos y luego por las hojas. Se pondrá especial atención a la presencia de rieles de carpinterías de tipo corredizo, como así también las ventanas de tipo guillotina.

Limpieza de suelos.

Los suelosse limpiarán con técnica de doble balde y doble trapo toda vez que no se trate de áreas donde por normas particulares se indique otra técnica.

Limpieza de artefactos y locales sanitarios.

Los artefactos y locales sanitarios se limpiarán y desinfectarán utilizando productos antisépticos y bactericidas específicos.

Carros de limpieza.

Los carros que transporten artículos de limpieza deberán ser de acero inoxidable o plástico resistente al impacto y a los químicos, de superficie pulida que permita su fácil higiene, la cual se efectuará con cada recarga de artículos.

Recipientes contenedores de residuos y descartables de material cortopunzante. Los recipientes contenedores de residuos y los descartadores de elementos cortopunzantes deberán ser provistos por el adjudicatario de servicios de limpieza integral. Serán de volumen normalizado, de color rojo los que contengan residuos patogénicos y negros o grises, los de residuos comunes, pudiéndose, previa aceptación del hospital, utilizarse otros colores en recipientes a ubicar en jardines y áreas negras en general. Los recipientes pequeños que contengan tanto residuos patogénicos como comunes (recipientes ubicados en Consultorios, Internación común, etc.), deberán ser del tipo con tapa, con accionamiento a pedal, y de volumen adecuado a la producción de residuos estimada; preferentemente serán de material plástico, fácilmente higienizables y resistentes a la acción de desinfectantes. Se lavarán con agua y detergente y descontaminarán con solución de hipoclorito de sodio al 1% con cada recambio de bolsa, de acuerdo a las frecuencias preestablecidas por este pliego y/o por plan de trabajo y conforme al procedimiento que establece el presente pliego.

Bolsas contenedoras de residuos.

Las bolsas de residuos NO patógenos (negras) serán provistas por el adjudicatario, en el tamaño y espesor establecidos por la legislación vigente, y deberán cambiarse cada vez que se realice la limpieza del sector donde se ubiquen sus respectivos recipientes contenedores y/o toda vez que se halle colmada su capacidad, prohibiéndose expresamente el volcado de residuos de una bolsa a otra.

Las bolsas rojas grandes y los contenedores de cartón, para tratamiento de residuos patogénicos serán provistos por el Establecimiento usuario en los casos que el servicio de recolección y traslado de estos residuos no se encuentre concesionado.

Previo a la firma del contrato, el adjudicatario deberá presentar al Hospital muestras de recipientes contenedores y bolsas de residuos, en sus diversos tamaños, para su aprobación. El adjudicatario no proveerá bolsas para la ropa sucia.

Carros de residuos comunes.

Los carros que transporten residuos comunes se utilizarán a este sólo fin y deberán ser limpiados con manguera de chorro a presión y desinfectados una vez por día como mínimo, debiéndose poner especial atención a derrames de residuos que se pudieran producir en su interior por rotura de bolsas, en cuyo caso se deberán lavar y desinfectar inmediatamente. Deberán portar leyenda identificatoria y no podrán, salvo autorización expresa del Hospital, ingresar a los circuitos cerrados ni a las áreas de internación común de pacientes.

Personal de transporte de residuos comunes.

El personal que transporte los residuos comunes no podrá ejercer otra función mientras se halle abocado a la ejecución de ésta tarea, debiendo estar munido de guantes y demás elementos de protección. Al finalizar la tarea y luego de una conveniente higiene y cambio de equipo de trabajo, podrá ejecutar otras tareas, en los circuitos abiertos.

Carros de transporte de residuos patogénicos.

Los carros que transporten residuos patogénicos deberán ser utilizados a este solo fin, siendo válidas las consideraciones efectuadas para los residuos comunes respecto de las medidas higiénicas a emplear. Su construcción deberá responder a las exigencias de la normativa de aplicación vigente. Deberán portar leyenda identificatoria y no podrán, salvo expresa autorización del Hospital, ingresar por los circuitos cerrados ni a las áreas de internación común de pacientes, debiéndose realizar la transferencia de las bolsas cerradas fuera de estos ámbitos, donde se depositarán sobre los carros.

Sector de almacenamiento de residuos patogénicos.

Las bolsas rojas y contenedores de cartón que contengan residuos patogénicos se dispondrán preferentemente sobre entramados metálicos horizontales; a una altura mínima de 10 (diez) cm sobre nivel de piso, para permitir el correcto lavado del solado y el drenaje de eventuales pérdidas de líquido.

Toda vez que, por escasez de espacio, se deberán almacenar recipientes conteniendo residuos en los sectores de producción de residuos (offices), se ubicarán en un nivel superior, sobre entramado, los residuos comunes y en el nivel inferior y sobre entramado a un mínimo de 10 (diez) cm sobre nivel de piso terminado los patogénicos para que, en caso de producirse un derrame, los residuos comunes se viertan sobre los patogénicos y no a la inversa, ya que esto ocasionaría la contaminación de los comunes. Estos entramados serán provistos por el adjudicatario, serán de características similares a las descriptas en el párrafo anterior y pasarán a ser propiedad del hospital finalizada la concesión.

Armado de contenedores de cartón para residuos patógenos.

En caso de estar concesionado el servicio de tratamiento de residuos patogénicos, si bien la provisión de dichos contenedores quedará a cargo de la empresa concesionaria de dicho servicio, el armado de los contenedores de cartón y el acondicionamiento de las bolsas en el interior de los mismos, quedará a cargo de la empresa adjudicataria del servicio de limpieza.

Personal de transporte de residuos patogénicos.

El personal que transporte residuos patogénicos no podrá ejercer otra función mientras se halle abocado a la ejecución de esta tarea, debiendo estar munido de guantes, y demás elementos de protección. Al finalizar la tarea, y luego de una conveniente higiene y cambio de equipo de trabajo, podrá ejecutar otras tareas, en los circuitos abiertos.

Transporte de residuos sólidos.

No podrán transportarse residuos comunes y patogénicos en forma conjunta. Tampoco se permitirá transportar en ascensores bolsas de residuos sin carros y/o contenedores.

Traslado de residuos por ascensores y montacargas.

Toda vez que se utilicen ascensores y/o montacargas para la recolección de residuos, se lavarán y desinfectarán convenientemente pisos y paredes de cabinas.

Se deberá poner especial cuidado en el trato de puertas de cabina de ascensores y en las de las distintas paradas, para que no se derramen residuos líquidos y/o sólidos por los pasadizos. Caso contrario, se deberá proceder a efectuar la limpieza dentro de un tiempo discrecional, a establecer por la Dirección, el que no podrá ser superior a 24 horas, en días hábiles.

Paro de ascensores y montacargas.

Todo paro de ascensores y/o montacargas fuera de rutina deberá contar con la correspondiente autorización por parte de la Dirección y/o quien se delegue, a excepción de los que expresamente se programen por rutina y/o aquellos que puedan realizarse en horarios que no afecten la normal circulación de público.

Limpieza y desinfección de fosos y pasadizos de ascensores y montacargas.

Las tareas de limpieza de fosos y pasadizos de ascensores y montacargas se deberán realizar en horario nocturno preferentemente, toda vez que esto constituya una tarea de rutina. Se deberá solicitar el asesoramiento de personal de mantenimiento de ascensores para la ejecución de esta tarea, debiéndose tomar los recaudos necesarios.

En caso de existir puertas automáticas y/o puertas comunes (no del tipo tijera) donde los fosos no pueden ser vistos por el público, la limpieza de los mismos será efectuada por el personal de mantenimiento de ascensores.

Respecto de los pasadizos, se deberá poner especial atención a los derramos de distintos elementos (comidas, residuos, medicamentos, sangre, etc.) que puedan producirse especialmente en ascensores cuyas puertas de cabina son del tipo tijera, ensuciando los muros de entrepiso. En tal caso, se procederá a efectuar la limpieza de las áreas afectadas dentro de un tiempo discrecional, que no podrá exceder de 24 horas en días hábiles y siempre y cuando esto no constituya un foco posible de sepsis. Para efectuar esta tarea, de frecuencia mínima mensual, se deberá solicitar el asesoramiento de personal de mantenimiento de ascensores, debiéndose tomar los recaudos necesarios. En caso de existir puertas automáticas y/o puertas comunes (no del tipo tijera), la limpieza de los muros de entrepiso que no queden expuestos a la vista, serán limpiados por personal de mantenimiento de ascensores.

Evaluaciones de higiene ambiental.

El hospital y/o los organismos técnicos centralizados del Ministerio de Salud y/o los que éste expresamente autorice, efectuarán las evaluaciones de higiene ambiental en los tiempos y formas que consideren convenientes, realizando las correspondientes notas de reclamos para la corrección / regularización del servicio independientemente de la penalización que se deba aplicar por incumplimiento del contrato.

Intensificación de limpieza de accesos en días lluviosos

En días de lluvia, se deberán intensificar las frecuencias de limpieza de los accesos a espacios interiores, duplicándose en el caso de limpieza de pisos. No se admitirá la colocación de cartones de embalaje de materiales como galletas, para tales efectos se deberá proveer una alfombra de material absorbente o papel industrial descartable.

Limpieza de sistemas de desagüe pluvial.

Después de tormentas de lluvia y/o viento, y cada quince días como rutina, se deberán extraer hojas de árboles, tierra y/u otros elementos que se ubiquen próximos y/u obturen rejillas, embudos, canaletas, albañales, y caños de lluvia de los sistemas de desagüe pluvial. En todos los casos se deberá recoger la basura con pala, no permitiéndose arrojarla en los mencionados elementos de desagüe, ya que podrían producir su obturación.

Equipo básico de limpieza general.

El equipo básico de cada empleado estará constituido por:

•    (dos) baldes de 8 litros

•    (uno) balde de 20 litros

•    (dos) trapos rejilla

•    (dos) trapos de piso (o mopas)

•    (uno) secador o escurridor

•    detergente

•    solución desinfectante

•    vestimenta: guantes de goma y botas de goma

Procedimiento básico de limpieza general.

La limpieza general se efectuará por la técnica de doble balde, a saber: Llenar un balde con agua limpia y detergente (para hacer espuma);

Lavar la superficie limpiando vigorosamente con un trapo limpio embebido en solución detergente;

Enjuagar con agua limpia pasando el trapo por la superficie, se deberá cambiar el agua tantas veces como sea necesario para que nunca esté notoriamente sucia;

Llenar el otro balde con dilución de lavandina correspondiente a la superficie a tratar; Repasar con el segundo trapo y la solución de lavandina dejando secar;

Enjuagar baldes y trapos utilizados, dejar secar los baldes boca abajo, los trapos extendidos y los cepillos hacia arriba;

Los materiales de limpieza deberán permanecer depositados en el office sucio;

Las diluciones de lavandina preparadas deberán utilizarse en el día (dentro de las 24 horas).

Limpieza de áreas altamente contaminadas.

El Comité de Prevención y Control de Infecciones Hospitalarias determinará la necesidad de que en áreas altamente contaminadas y/o donde existan conductos o tuberías de instalaciones inaccesibles habitualmente (rejillas de ventilación, cañerías de desagüe, etc.) y/o equipos especiales (tuberías de aire acondicionado central, extractores, campanas extractoras, etc.) se proceda a formalizar con vapores de formaldehido al 40%, a razón de 5 ml de solución de formol o 2 gr de formalina (paraformaldehido) por metro cúbico del volumen del local, dejando actuar 24 horas y habiendo sellado previamente las aberturas que comuniquen con otros locales. Cumplido el tiempo se ventilará el local, lavando luego todas sus partes: paredes, molduras, bocas de salida de instalaciones centrales, pisos y equipamiento, mediante la técnica de doble balde.

En este último caso, se deberá poner especial atención a la intercomunicación de los locales a través de las redes de instalaciones centrales de infraestructura (tuberías de aire acondicionado, conductos de ventilación, etc.), ya que de no sellarse sus bocas en los locales intercomunicados y/o bloquearse los ramales de interconexión, se diseminarían los vapores en estos últimos.

Tolvas de descarga de ropa.

Si su uso está autorizado en el Hospital, se deberá poner especial cuidado en la desinfección de las tolvas de descarga de ropa sucia, tarea que deberá realizarse de acuerdo a la frecuencia predeterminada por rutina (quince días mínimo), poniendo especial cuidado en el sellado previo de las bocas, en la colocación de carteles de señalización durante la ejecución de los trabajos, y en la implementación de dispositivos alternativos de recolección de la ropa mientras dure el procedimiento.

Sectores de pacientes con patologías infectocontagiosas.

Todo sector del Hospital donde se hayan alojado pacientes con patologías infectocontagiosas, o bien haya sido escenario de procedimientos altamente contaminantes (meningitis, intervenciones de pacientes con gangrenas gaseosas, etc.), deberán ser descontaminados mediante la técnica de formolización antes descrita y/o con todo otro procedimiento que indique el Comité de Prevención y Control de Infecciones Hospitalarias y/o la Dirección del Hospital.

Vestimenta de protección del personal.

El personal deberá portar el uniforme correspondiente, guantes y calzado adecuado y si correspondiera por área de trabajo, delantal plástico y/o ropa hemorrepelente, gorro, barbijo y botas.

Presentación del personal.

El personal deberá llevar el pelo corto o recogido, sin excepción. Si por área de trabajo correspondiera, deberá llevar gorro. El uso del pelo corto y/o de barba protegida con gorro y barbijo respectivamente, será de aplicación obligatoria en áreas críticas de riesgo de transmisión de contaminación (Áreas Blancas).

Diversificación de tareas.

En todos los casos, se deberá evitar la diversificación de tareas del personal destinado a la limpieza.

Recepción de ofertas
Nro. comprobante Fecha y hora de recepción Oferente Observaciones Anulado Modalidad
CRO:13126 15/01/2025 16:13 GLOSYC S.R.L. OFERENTE N° 1 NO Tradicional
Oficina de contratación
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